Top

Quién es Alicia Freidenberg, la jueza tucumana que manejó por la vereda y en contramano

¡QUÉ PASADO!

La vocal de la Cámara Penal Conclusional II protagonizó un riesgoso momento durante la marcha por el Día de la Mujer. Pero su nombre ya había sido antes materia prima para títulos de tapa de diarios, con decisiones que costaron desde fugas de presos, liberaciones y hasta su destitución.

Alicia freindenberg, vocal de la Cámara Penal Conclusional II. (Foto: TucumánHoy.com)





Alicia Freidenberg es el nombre de la jueza más famosa del momento. Fama que ganó por conducir su auto por encima de la vereda, en contra mano y por entre medio de decenas de manifestantes que participaban en ese momento de la marcha por el Día de la Mujer, en cercanías a la Plaza Independencia de la capital tucumana, el pasado martes 8 de marzo. Horas después de conocido el video del momento, pidió disculpas y aseguró que pudo atravesar la manifestación gracias a que una de las mujeres que la lideraba la reconoció, le dio las gracias por su labor y le besó la mano para finalmente abrirle paso.




Pero, el nombre de la magistrada, vocal de la Cámara Penal Conclusional II, ya era famoso desde mucho antes. El origen de ese renombre podría remontarse al lejano 2006, cuando fue destituida de su cargo por la Legislatura tucumana. Ese año, el Jury de Enjuiciamiento resolvía –con 22 votos a favor y cinco en contra- quitarle la investidura tribunalicia por considerar que su accionar permitió la fuga de un peligroso recluso, Alberto Tolosa, condenado por el brutal asesinato del remisero Luis Cisterna en 1997, a quien apuñaló una docena de veces por la espalda.

Aquella vez, y ajustándose al artículo 166 de la Ley de Ejecución de Pena Preventiva de Libertad (24.660), la jueza Freindenberg le concedió a Tolosa el 12 de agosto de 2005 la salida transitoria para visitar a familiares. El condenado aprovechó la oportunidad para fugarse, siendo recapturado seis meses después en inmediaciones de la ruta 307. 

Art. 166, Ley 24.660:

El interno será autorizado, en caso de enfermedad o accidente grave o fallecimiento de familiares o allegados con derecho a visita o correspondencia, para cumplir con sus deberes morales, excepto cuando se tuviesen serios y fundamentados motivos para resolver lo contrario.

En los casos de las personas procesadas o condenadas por los delitos previstos en el Título III del Libro Segundo del Código Penal, o respecto de otros delitos cuando el juez lo estimare pertinente, se exigirá en todos los casos el acompañamiento de dos (2) empleados del Servicio de Custodia, Traslados y Objetivos Fijos del Servicio Penitenciario Federal.

 

Tres años después, la entonces ex magistrada fue restituida en su cargo por la Corte Suprema de Justicia de Tucumán, al considerar que su desplazamiento “afectó la garantía de inamovilidad de los jueces”. Según el voto de Claudia Sbdar, al que adhirieron la mayoría de los vocales del máximo tribunal, “la magistrada había sido removida de su cargo por reprochársele decisiones que resultan de una determinada interpretación de la ley regulatoria de la ejecución de las penas privativas de libertad”.

Una vez restituida en su puesto, Freidenberg acusó a la Legislatura de querer interferir en la tarea del Poder Judicial. “Ellos (los legisladores) creyeron que, con la interpretación de una ley, el Poder Judicial interfiere en lo político y son ellos los que interfirieron en mi trabajo. Me preocupa que, con mi destitución, la Legislatura haya enviado a la justicia el mensaje de que ‘con la justicia hacemos lo que queremos’”, había dicho a los medios, días después de conocerse la decisión de la Corte.

Ya en funciones, en julio de 2019, se conoció una segunda decisión polémica de la nuevamente jueza: le concedió a Eduardo Di Lella, ex secretario de Seguridad durante la gobernación de José Alperovich, que había sido condenado en febrero de ese año por el encubrimiento del femicidio de Paulina Lebbos, la “libertad inmediata”. El condenado, que se encontraba cumpliendo con una medida de prisión preventiva, aguardaba que la sentencia quede firme. En aquella ocasión, Emilio Mrad, representante legal de Alberto Lebbos, padre de la víctima y querellante, recusó a la magistrada al aducir que “tomó esta decisión sin convocar a las partes a una audiencia de prisión preventiva, ni tampoco corrió el visto al Ministerio Público Fiscal, lo cual viola el código procesal penal y el derecho de la víctima a ser escuchada”. Tres meses después, al quedar firme la condena, el sentenciado debió ser trasladado otra vez al Penal de Villa Urquiza.

El mismo año, mientras se ultimaban detalles para la elevación a juicio del ex fiscal Carlos Albaca, acusado de entorpecer el esclarecimiento del crimen de Paulina durante más de siete años, Freindenberg realizó comentarios negativos contra Lebbos, a quien endilgó, con el léxico característico de los abogados, que el padre de la víctima era parte responsable de que el caso no se resuelva. “Quiero hacer constar en el acta que la mayoría de las dilaciones han sido provocadas por planteos de las partes, especialmente del querellante. Se han perjudicado los pilares del juicio oral: la inmediatez, la economía y la celeridad”, había expresado la jueza. Sus dichos terminaron costándole su apartamiento de la causa.

“Esta señora, que es la vocal decana de la Cámara Penal, tuvo epítetos duros contra nosotros acusándonos de destruir los pilares básicos del proceso penal. Ella ya los había roto antes. Se extralimitó al dictar el cese de la prisión del condenado Di Lella sin escucharnos. Miente porque no hemos provocado dilaciones más allá de esta impugnación y lesiona el derecho de la víctima”, aseguró Mrad, en ese entonces, en respuesta a esas declaraciones.

Un tercer y último episodio polémico  tuvo lugar en septiembre de 2021. Se trata de la fuga de Roberto Rejas, ex guardiacárcel condenado a prisión perpetua por el femicidio de Milagros Avellaneda y de su hijo Benicio, de dos años. En la sentencia, la jueza votó en contra del dictado de prisión preventiva de Rejas hasta que la condena quede firme. Consideraba que el asesino siempre estuvo a disposición de la Justicia, pese a que la familia de las víctimas solicitaba la medida para preservar su seguridad. A continuación, su fundamento:

“En el acuerdo de esta resolución manifesté la innecesariedad del dictado de prisión preventiva. He tenido en cuenta que el imputado estuvo privado de su libertad por casi dos años, recuperada la misma estuvo a disposición permanente de la Justicia hasta el día de hoy e incluso sin oponer resistencia a su detención inicial. Es por ello que no advertí los riesgos enunciados especialmente en lo referente a la posibilidad de entorpecimiento del proceso y riesgo procesal, si bien se hace referencia a la protección del núcleo familiar de las víctimas no he advertido durante el proceso hechos que pongan en peligro al mismo, ya que no fueron denunciados. Ello no implica el incumplimiento de las normas convencionales ni leyes especiales, sin embargo, como en la votación la mayoría resolvió disponer la prisión preventiva en los términos que preceden seguiré el mismo procedimiento establecido para el dictado de una sentencia de fondo”. 

Por orden del tribunal integrado por Freidenberg, Rejas fue trasladado a la Dirección de Bomberos de la Policía de Tucumán a sabiendas de la advertencia del propio jefe de Bomberos, que aseguraba que las instalaciones no garantizaban una correcta seguridad. Apenas horas después del traslado, el condenado perpetró su fuga, siendo recapturado casi un mes después en la provincia de Salta.

El Colegio de Abogados de la provincia no se guardó críticas en contra de Freidenberg y compañía, a quienes acusó de carecer de lógica: “La desacertada orden impartida por el tribunal integrado por Stella Maris Arce, Alicia Freidenberg y Eduardo Romero Lascano, que condenó al prófugo Rejas a perpetua por el doble crimen, a ser trasladado hasta el cuartel de la Dirección General de Bomberos, carece de lógica. Más aún con la advertencia del propio Jefe de Bomberos, que por nota a los magistrados señaló que el lugar no reunía las más mínimas condiciones de seguridad”.

Este viernes se conoció que, por el episodio protagonizado el 8 de marzo, la jueza Alicia Freidenberg fue multada por la Subsecretaría de Transporte de la Municipalidad de Capital, que conduce Enrique Romero. La magistrada se había ofrecido, en cambio, a dictar un curso de Educación Vial, algo a lo que el funcionario municipal se opuso rotundamente en un cruce televisivo sin desperdicios, que se dio en Telefe Tucumán. “No me diga su señoría porque pasó de moda”, le increpó Freidenberg a Romero, mientras éste intentaba explicarle porque no podía enseñar las leyes del tránsito a otros infractores como ella.


Jueces tucumanos y la vía pública

Freidenberg no es la primera autoridad judicial que salta a la fama por su manera de actuar en la vía pública. En junio de 2021, el ex vocal del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones, Orlando Stoyanoff Isas, agarró a patadas a un repartidor con el que colisionó con su vehículo en la avenida principal de Yerba Buena. El momento fue filmado por transeúntes y, una vez hecho públicos los hechos a través de los medios, el juez fue sometido a juicio político y destituido, posteriormente, en noviembre del mismo año.

"Me dijo que me iba a hacer daño la moto y también mi propia vida. Luego me gritaba que corra, que no sabía quién era él y que no sabía con quién me estaba metiendo", había declarado el trabajador en aquel momento sobre el incidente que protagonizó con el magistrado.

Por su parte, Stoyanoff eligió un diario local para pedir disculpas y sostuvo –en todo momento- que él no le rompió la moto al repartidor. “Está dada la disculpa, es muy amplia mi disculpa. Lo invito a que lea lo que está publicado en el diario de hoy que es mi texto, no es el del diario. Le pido gentilmente replíquenlo, tienen mi autorización para replicar. No tengo porqué mandarlo a otro lugar, ya me expresé en el medio masivo”, declaró e insistió: “Yo no le rompí la motocicleta”.