A la espera del juicio por abuso sexual, la Justicia ordenó que Burgos no se acerque a su hija menor
La Fiscalía de Instrucción de Violencia de Género y Delitos contra la Integridad Sexual, dio lugar a una prohibición de acercamiento solicitada por Daniela Moris, expareja del presidente de Canal 10, que en 2021 lo denunció por el abuso sexual de su hija.

Rodolfo Tercero Burgos.-
La Fiscalía de Instrucción de Violencia de Género y Delitos contra la Integridad Sexual de la Capital dispuso una prohibición de acercamiento a Rodolfo Tercero Burgos, actual presidente de Canal 10 de Tucumán, docente de la facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Tucumán (UNT) y abogado querellante contratado por la UNT en la causa YMAD, que investiga el robo de la Ciudad Universitaria.
La perimetral fue solicitada por la querella en la causa iniciada en 2021 contra Burgos, tras haber sido denunciado por el abuso sexual de su hija menor. Por esta razón, el imputado no podrá acercarse a las personas de la querellante Daniela Marina Moris y la menor, “en un radio de 300 metros, como así también, deberá de abstenerse de realizar cualquier acto de turbación, perturbación y/o intimidación directa o indirecta a dicho grupo familiar, por cualquier medio de contacto, telefónico, redes sociales y demás”.
Además, establecieron que “el personal policial deberá tomar todos los recaudos pertinentes a fin de resguardar la integridad física y moral de Marina Moris y de su hija, medida que se extenderá hasta la culminación del presente proceso”.
La expareja y denunciante de Burgos, también había pedido que impidan al imputado “salir del país y de la Provincia, salvo caso de urgencia debidamente acreditado y retención del pasaporte del mismo- por el momento, atento a los considerado”, algo que fue rechazado por la Fiscalía.
“Al entender que el imputado Burgos Rodolfo Tercero ha demostrado estar a disposición del proceso y de los operadores judiciales al concurrir a todas las citaciones que se le formularon durante el mismo. De allí que no se advierta la concurrencia de circunstancias que permitan hacer operativa la excepción a la regla que reza que ‘toda persona a quien se le atribuya la participación en un delito permanecerá en libertad durante el proceso’, no deberá hacerse lugar por el momento”, explicaron.
A fines de 2022, Raúl Armando Cardozo, Juez de Instrucción Penal de la IV Nominación del Centro Judicial Capital decidió disponer la elevación a juicio oral y público contra Burgos.
La decisión del magistrado se da tras “no hacer lugar al planteo de nulidad y oposición” al requerimiento de elevación a juicio realizado en octubre por el fiscal Subrogante de Instrucción de Violencia de Género y Delitos contra la Integridad Sexual, Fernando Blanno. También rechazaron el planteo de sobreseimiento que hizo la defensa de Burgos.
El junio del año pasado, la fiscalía a cargo de Blanno había expresado que se encontraba acreditado el delito en contra de la menor, que por ese entonces tenía 3 años. “En relación al planteo de ampliación de la imputación a los fines de encuadrar los hechos en el delito de ‘Corrupción de Menores’, cabe señalar que, a criterio de esta acusación, los hechos atribuidos al imputado Burgos Rodolfo se encuentran adecuadamente intimados de acuerdo a las pruebas incorporadas, especialmente, la declaración testimonial de la víctima realizada a través de Cámara Gesell. Que dicho episodio lícito encuadra, prima facie, en el delito de ‘Abuso sexual agravado’, ello sin perjuicio de la probable variación posterior de la situación”, habían expresado en un decreto en el que también se decidió “no hacer lugar” al pedido de ampliación de la denuncia por “Corrupción de Menores”.