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Para un fiscal federal, sólo Cerisola falsificó la construcción de la Ciudad Universitaria cuya edificación ordena la Ley 14.771

MEGA ESTAFA A LA UNT

Por primera vez en cinco años, el público tucumano podrá acceder aquí a la polémica investigación de la Justicia Federal a cargo del fiscal Federal Carlos Brito con derivaciones de proporciones gigantescas. Pedido de Acceso a la Información Pública.

Juan Alberto Cerisola, José Hugo Saab, lapicera en mano, y Luis Sacca.





Las utilidades líquidas y realizadas que arrojen los balances se distribuirán en la siguiente forma:

a) El sesenta por ciento (60%) para la provincia de Catamarca. Hasta el 7 de junio de 1968, o antes si se concluyera en menos tiempo la Ciudad Universitaria, el porcentaje establecido se reducirá al 50% del total general, destinándose el 10% restante a la referida construcción emprendida por la Universidad Nacional de Tucumán;

b) El cuarenta por ciento restante (40%) será destinado para la terminación de la Ciudad Universitaria, conforme a los planos ya aprobados;

c) Una vez cumplidos los propósitos señalados en el punto anterior de ese porcentaje del cuarenta por ciento (40%), se destinará el cincuenta por ciento (50%) a la Universidad Nacional de Tucumán y el cincuenta por ciento (50%) restante a la formación de un fondo nacional que será distribuido entre las demás universidades del Estado.

Texto del artículo 18, de la Ley 14.771 de creación de Yacimientos Mineros de Agua de Dionisio (YMAD) publicada en el Boletín Oficial de la Nación el 9 de enero de 1959.

La ley de creación de YMAD está vigente, sin embargo la Ciudad Universitaria que la norma ordena concluir y terminar “conforme a los planos ya aprobados” es parte de una negación contumaz de rectores, consejeros superiores y funcionarios de la Casa de Altos estudios tucumana.

Aunque la Ley 14.771 esté plenamente vigente a la fecha de escribirse ésta nota, de la Ciudad Universitaria solo quedan algunos vestigios de comienzos de construcción como las viviendas residenciales, parte de la estructura del funicular y el primer tramo del bloque para la residencia de varones, del que solo se construyó la estructura de hormigón que todavía reposa inerte y abandonada en el cerro San Javier desde 1955.

Sin embargo, la Gran Ciudad Universitaria que manda construir la Ley en San Javier se dio por culminada el 2 de enero de 2008 pasando las regalías mineras a libre disponibilidad de las autoridades universitarias, reduciendo las mismas del 40% al 20% y ya sin la obligación de construir la Ciudad Universitaria que ordena la ley. La investigación por el (des) manejo de los fondos de YMAD comenzó en 2010 a partir de una denuncia del arquitecto Ramón Eudal, a la que se sumaron otras acusaciones del peronista disidente Oscar López y de la Sindicatura General de la Nación.

En 2017, el fiscal federal Antonio Gustavo Gómez solicitó la detención del exrector Juan Alberto Cerisola y de los exfuncionarios Olga Cudmani, Luis Sacca, Osvaldo Venturino. Además, requirió la citación a indagatoria del director de Jurídico de la UNT Augusto González Navarro y de José Hugo Saab, secretario general desde hace 40 años en la UNT, todavía funcionarios de la UNT. El 25 de octubre de 2018, el fiscal federal Carlos Brito pidió la elevación a juicio de la causa, que descansa en el Tribunal Oral Federal de Tucumán, sin fecha para el inicio de la que "sería la primera grande por corrupción que llega a juicio en nuestra provincia" al decir del diario La Gaceta, cuyo interés en la pesquisa cayó notoriamente desde que José Hugo Saab retornó al rectorado de la mano de Alicia Bardón, luego de un breve interregno en el segundo mandato de Cerisola al frente de la UNT.

La falsa construcción de la Ciudad Universitaria está probada para Brito, desde que Cerisola le aseguró a YMAD haber construído en el acta firmada el 2 de enero de 2008 "advirtiendo además la llamativa fecha que se firmó".

En efecto, para Brito la falsa construcción de la Ciudad Universitaria - que aún hoy atenta contra los intereses de toda la comunidad tucumana en general, y de la UNT en particular-  quedó de manifiesto con "el Convenio Nº 6 UNT - YMAD, de fecha 02/01/2008 en el que dio se dió por satisfecha la obligación del YMAD de distribuir el porcentaje del 40% de sus utilidades, previsto en el art. 18, inc. "b" de la Ley 14.771". 

Así, según el fiscal Federal Carlos Brito, la idea y ejecución del plan de estafa a la UNT mediante la falsa construcción de la Ciudad Universitaria a la UNT, y el daño a la Educación superior de todos los tucumanos, fue una decisión exclusiva de Cerisola al rubricar dicho convenio con YMAD - apurado según los diarios de la época por los directores de YMAD Mario Marigliano y Rodolfo Campero, ex rectores y dirigentes de la Unión Cívica Radical al igual que Cerisola-.

Según el fiscal federal Brito, la mega estafa a la UNT sobre su Ciudad Universitaria fue tomada en exclusiva por Cerisola de "manera arbitraria y sin un examen fundado de especialistas en la materia, es decir que no existe ningún antecedente y/o informe técnico que avalase tal decisión" con lo que echa por tierra el argumento de Cerisola de haber reformulado el mandato de la ley mediante un nuevo concepto de ciudad universitaria realizado por el hijo de Marigliano, nobel arquitecto sin experiencia pero con la petulancia para rebatir el diseño de Sacriste que la ley ordena cumplir a pesar de la negación de la camarilla gobernante de la UNT.

Pero la mega estafa a la UNT no termina en la desaparición de la Ciudad que Perón, Descole y Sacriste proyectaron sino que el fiscal federal Carlos Brito logró determinar que "incluso previamente a la firma del citado convenio, las utilidades giradas por YMAD a la Universidad nunca alcanzaron el porcentaje del 40 % determinado por la Ley 14.771, así en el 2006 se giró un 19,28 %, equivalente a $ 57.112.000; en el 2007 un 25,35 % por lo que se recibieron $ 233.000.000, e incluso después de la rúbrica del convenio, tampoco se alcanzó el "nuevo" porcentaje legal del 20%, así en el 2008 se giró un 10,15 %, que resultaron unos $ 36.800.000 y en el 2009 un 6,41 % equivalentes a $ 26.300.000, adviértase que en su declaración indagatoria el procesado Cerisola manifestó "no es función del rector de la Universidad, ni de la Universidad controlar la exactitud de los montos recibidos'’, (fs. 1619 vta.).

"Ahora bien, respecto a las utilidades percibidas por la empresa YMAD, según los estados de resultados con fecha de cierre al 31 de diciembre de los años 2006 al 2009, es dable señalar que las ganancias del ejercicio del año 2006 fueron de $ 296.183.332,32, las ganancias de! ejercido del año 2007 ascendieron a la suma de $ 884.307.553,13, las ganancias del ejercicio del año 2008 fueron de $ 362.426.327,81 y las del año 2009 alcanzaron la suma de $ 410.257.132,77, Es decir, no existe evidencia alguna de que durante la gestión del procesado Cerisola se hubiese realizado algún control sobre el YMAD, a los fines de determinar si las utilidades recibidas por la Casa de Altos Estudios, eran efectivamente las que fe correspondían percibir”, completa Brito el racconto del mega daño que aún se le provoca a la UNT y todos los tucumanos por parte de una camarilla que se dice radical con apoyo de pseudo kirchneristas.

Semejante estafa a la UNT habría sido producida para obtener la libre disponibilidad que prevé la Ley 14.771 y por ello, el fiscal federal sostuvo que Cerisola "creó un mecanismo normativo paralelo -N. de la R. mecanismo basado en un dictamen de Asuntos Jurídicos firmado por Augusto Gonzalez Navarro- incumpliendo el sistema de contrataciones vigente, con la finalidad de eludir tos procedimientos contractuales que limitan la discrecionalidad en el uso de los fondos públicos, para evitar así la transparencia de los procedimientos. 

Este mecanismo fue dado a conocer por el diario eltucumano al denunciar la llamada Doctrina Hochi, ideada por González Navarro para convertir los fondos públicos en privados. Fue esa maniobra del director de Asuntos Jurídicos de la UNT la que facilitó -en palabras de Brito- "la arbitrariedad en la asignación de los contratos, reconociendo erogaciones no previstas, incluso eludiendo todo mecanismo que haya sido diseñado para garantizar que las contrataciones se realizaran bajo el dominio de los principios de razonabilidad, eficiencia, transparencia, publicidad, responsabilidad, concurrencia e igualdad".

La causa por la falsa construcción de la Ciudad Universitaria y por la administración fraudulenta de fondos universitarios -que en 2010 se estimó $ 340 millones o U$S 85,5 millones corre riesgo de quedar impune por la proscripción de los delitos endilgados a los acusados. A esos montos deben sumarse las regalías no cobradas de YMAD, los intereses que generaron millonarios plazos fijos en dudosas entidades financieras nunca declarados y todo un ardid delictivo ignorado u obviado por Brito, cuyo dictamen hoy se da a conocer a la sociedad tucumana en su conjunto por primera vez.

El diario eltucumano.com, a través de su responsable editorial realizó un pedido de acceso a la Justicia  -que se encuentra en trámite- para acceder a la información pública ante el Tribunal Oral Federal, con el objetivo de encarar la divulgación mediática de la trayectoria judicial del expediente desde un trabajo editorial serio y responsable que permita a la ciudadanía toda contar con elementos de análisis que den cuenta del posible robo de una Ciudad Universitaria asegurada por ley y el accionar judicial en la dilucidación de los hechos hasta el día de hoy, y considerando que se trata de la causa más importante que se tramita en este tribunal.

 

El sueño y ocaso de la Ciudad Universitaria

A fines de la década del '30, el Doctor Abel Peirano, químico de la Universidad Nacional de Tucumán (UNT) y del Instituto Miguel Lillo, descubrió la mina Farallón Negro en el departamento Hualfín, en una zona llamada Agua de Dionisio, en Catamarca: allí encontró evidencias metalíferas que tenían fundamentos vetiformes de oro y pata. 

En 1948, este enamorado de la mineralogía decide donar sus derechos mineros a la UNT, y en 1949 el presidente Juan Domingo Perón ordena la estatización de varias áreas mineras, entre ellas la zona conocida como El Bajo de La Alumbrera

Un año antes, por decreto del propio Perón, se expropiaron 17.000 hectáreas en la Sierra de San Javier para ejecutar el Proyecto Ciudad Universitaria, que buscaba erigir allí los edificios y espacios necesarios para el emplazamiento de las dependencias de la UNT dentro de la Reserva Natural. 

En 1958, bajo el gobierno de Arturo Frondizi, se decide la creación de una empresa interestadual integrada por el Gobierno de Catamarca y la UNT. El 9 de enero de 1959 se publica en el Boletín Oficial la ley 14771, que da origen formal a Yacimientos Mineros Agua de Dionisio (YMAD).

El Acuerdo de Farallón Negro (1958) estableció que un 60% de las utilidades serían para Catamarca y el 40% para la UNT: El artículo 18 dice que ese 40% está destinado a terminar la Ciudad Universitaria y que al concluirse esta se debía repartir el 20% de libre disponibilidad y el otro 20% a las otras universidades. 

La ley es clara respecto a que no refiere a cualquier "Ciudad Universitaria", ni hace alusión a que se pueda reformular el concepto de Ciudad Universitaria tal como ocurrió en el contubernio de rectores radicales y altos funcionarios que ha privado a generaciones y generaciones de tucumanos y tucumanas de la educación superior de calidad que soñó el rector Horacio Descole.

Los autores del proyecto fueron los arquitectos Horacio Caminos, Eduardo Sacriste y Jorge Vivanco, quienes llegaron desde Buenos Aires a desempeñarse en la Escuela de Arquitectura. Susana Villavivencio, repasó en su escrito 'La Ciudad Universitaria de Tucumán: contexto y circunstancia de una utopía' que "Vivanco, Caminos y Sacriste sostenían que “el clima bochornoso” de San Miguel de Tucumán dificultaba el estudio y la investigación".

Contemplando que a nuestra UNT asistían y asisten estudiantes de toda la región Noroeste se soñó que "allí se les podría brindar alojamiento adecuado a todos; al mismo tiempo que el contacto con la naturaleza propiciaba las condiciones óptimas para el desarrollo intelectual, moral y físico de los jóvenes".

El proyecto fue aprobado y la obra de la Ciudad Universitaria de la Universidad Nacional de Tucumán fue incluida en el primer Plan Quinquenal del Gobierno de Perón. La Ciudad Universitaria de Córdoba recibe a 100.000 personas por día y la de Tucumán es un sueño robado.

El ambicioso proyecto estaba pensado para 30.000 habitantes con un casco principal en San Javier y un segundo casco en Horco Molle, destinado inicialmente a un centro hospitalario, una Escuela de Agricultura e institutos de enseñanza secundaria: ambos cascos estarían vinculados mediante un funicular y un camino de montaña, mientras que la comunicación con las grandes urbes tucumanas se concretaría a través de la avenida Aconquija.

En Café de las Ciudades, Damián L. Capano subraya que "el terreno que se compró para tal fin, en el que cabe dos veces la isla de Manhattan, tiene aproximadamente el área de la Capital Federal de la República Argentina. Sobre el funicular ideado, detalla: "Un funicular de 2,5 km subía en 9 minutos los 500 metros de altura hasta el casco principal en la cima plana del cerro. A 1.200 m s. n. m., una mega-terraza desde la que se podía ver todo Tucumán sobre el campo".

"Desde la sombra de las bóvedas, se podía ver un edificio de viviendas tan largo como el Empire State Building recostado, puenteando un lago artificial. Entonces se ingresaba en un sistema de plataformas deportivas y educativas que acomodan las pendientes del cerro para que se posaran sobre ellas los 8 monobloques de 120 metros de largo cada uno. Dos diques regulaban un embalse en el corazón verde de un triángulo y dos anfiteatros en los vértices completaban un suelo común al que se adhería aquel bestiario formado por pesados mastodontes de hormigón", destaca el autor.

Los planos del proyecto “ya aprobados” dan cuenta de su magnitud. Villavicencio define la Ciudad Universitaria como "el proyecto más ambicioso del siglo XX para Tucumán", aunque repasa que hacia 1949 el Gobierno "redujo drásticamente los fondos asignados para las obras", Descole renunció; en 1950 lo hizo Sacriste y Vivanco, que siguió desempeñándose como docente hasta 1952. El equipo de arquitectos se disolvió, la UNT fue intervenida en el '52 y el golpe de la Revolución Fusiladora de 1955 llevaron a "la paralización irreversible de las obras".


Imagen 1: Plano de conjunto de la Ciudad Universitaria en San Javier-Tucumán.

Imagen 2: Planta del bloque tipo para el sector de enseñanza

Fuente: La Ciudad Universitaria de Tucumán (1950), tomados de 'La Ciudad Universitaria de Tucumán, contexto y circunstancia de una utopía', Susana Villavicencio.

Comparación de la Ciudad Universitaria y la Acrópolis de Atenas en la misma escala. Imagen tomada de Café de las Ciudades.

Enero de 1948. Se confirma la transacción entre la UNT representada por Descole y los dueños de Estancia San Javier, que fueron cedidos al precio de $30 por hectárea por “la naturaleza de la obra que motiva esta compraventa, que representaba una gran contribución al progreso y la cultura de nuestra provincia”. Fuente: La Gaceta



En los '60 YMAD comenzó a desarrollar un programa de exploración y perforación minera y a mediados de los '80 se estudia la explotación de una capa superficial y en 1994 Minera Alumbrera firma el contrato de explotación con YMAD y comenzaba a preverse la llegada de importantes regalías de la minería a la Casa de Altos Estudios, que se concretó a principios del Siglo XXI en la llamada Fiebre del Oro en la UNT, ya con los exrectores Rodolfo Martín Campero y Mario Marigliano sentados en el directorio de YMAD en representación de la Casa de Altos Estudios cuando el rector Juan Alberto Cerisola presentaba su plan de obras de obras 2006/2009, que dio por culminada la Ciudad Universitaria de San Javier.

En octubre de 2007, desde la Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios de la UNT se redefinió el concepto de Ciudad Universitaria a pedido del rector Cerisola donde se lee que "desde una perspectiva contemporánea, repensar nuestra Ciudad Universitaria no significa completar el proyecto en San Javier" y que "planificar la infraestructura universitaria significa hoy replantear el empleo racional de los espacios, flexibilizar sus usos, incorporar nuevas tecnologías y equipamiento", y se presentó el nuevo plan de obras que devino en un escándalo de sobreprecios y malversación de fondos y dejó a generaciones de tucumanos y tucumanas sin la Ciudad Universitaria que les corresponde por ley.


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El 2 de enero de 2008 - con la UNT en pleno receso de verano- Cerisola firmó con YMAD -siendo los exrectores Marigliano y Campero representando a la UNT ante YMAD-  el acta que dio por terminada la Ciudad Universitaria cuando la UNT recibió $36.000.000 "a cuenta de futuras utilidades líquidas y realizables correspondientes al ejercicio que cierra el 31 de diciembre de 2007".

Y a través de esa acta, la UNT también deja sentado expresamente por intermedio de su Rector: 

  1. Que con los fondos que su mandante recibe en esta ocasión se da por satisfecha la obligación de distribuir a favor de dicha universidad el porcentaje del cuarenta por ciento (40%) contemplado en el artículo 18, inciso b), de la Ley 14.771.
  2. Que como consecuencia de lo indicado en a), toda suma que en el futuro pudiere percibir la Universidad "a cuenta de futuras utilidades líquidas y realizables" o en concepto de "utilidades líquidas y realizadas", será calculada aplicando el porcentaje del veinte por ciento (20%) que surge de lo previsto en el artículo 18, inciso c) de la Ley 14.771.

Bien vale recordar qué rezan los citados artículos de la Ley 14.771:

b) El cuarenta por ciento restante (40%) será destinado para la terminación de la Ciudad Universitaria, conforme a los planos ya aprobados;

c) Una vez cumplidos los propósitos señalados en el punto anterior de ese porcentaje del cuarenta por ciento (40%), se destinará el cincuenta por ciento (50%) a la Universidad Nacional de Tucumán y el cincuenta por ciento (50%) restante a la formación de un fondo nacional que será distribuido entre las demás universidades del Estado.



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Para llegar a declarar concluida la "Ciudad Universitaria", Cerisola se valió de una "redefinición y resignificación" del "concepto" Ciudad Universitaria, que logró en junio del 2006, valiéndose de los aportes teóricos de la Tesis doctoral del Dr. Arq. Franco Marigliano, hijo del exRector Mario Marigliano; para el diseño del Plan de Obras (Expediente Nº 713-2006).

Para Brito no hay dudas de que no es posible que el por entonces Rector Cerisola ni los representantes de la UNT en el directorio de YMAD, Rodolfo Campero y Mario Marigliano, hayan podido ignorar tamañas violaciones al Estatuto de la UNT, ya que el acta rubricada por el exRector no pasó por el Consejo Superior, órgano que debe autorizar la disposición de bienes universitarios y causó un perjuicio a la Casa de Altos Estudios.

Siguiendo la investigaciòn del fiscal federal, un punto llamativo del acta del 2 de enero que firmaron Cerisola e YMAD es que el 13 de septiembre de 2007, menos de cuatro meses antes del acta que daba por culminadas las obras de la Ciudad Universitaria, los vocales directores de YMAD Marigliano y Campero requerían a Cerisola "la documentación necesaria que permita ponderar la marcha de los trabajos y/o actos conducentes a obras para la construcción de la Ciudad Universitaria" ya que "a la fecha no se encuentra concluida la Ciudad Universitaria, por lo cual la recepción de los fondos se hace en el marco del precitado inciso".

Años después, en 2015, la comisión investigadora del Consejo Superior de la UNT manifestó que "nunca se declaró el fin de los trabajos de la Ciudad Universitaria ni se encontró respaldo documental que demuestre la urgencia de concluirlos", y que "Asuntos Jurídicos dictaminó que Cerisola no tenía potestades para decidir sobre los bienes de la Universidad" pero que "nunca se debatió ni decidió la conclusión de la Ciudad Universitaria". 

La falsificación de la conclusión de la Ciudad Universitaria fue reconocida por un funcionario públicamente recién en septiembre de 2022, cuando Roberto Toledo, actual representante de la UNT en el directorio de YMAD admitió que "la UNT por medio de su Rector (Juan Alberto Cerisola), firmó un acta dando por concluida la Ciudad Universitaria cuando no estaba concluida", en diálogo con Omar Nóblega en Los Primeros.

"La ley decía que una vez que se concluya la Ciudad los fondos de la Universidad dejaban de ser del 40% de las utilidades netas de la empresa y bajaban al 20%. Desde esa fecha hemos bajado del 40% al 20%. ¿Por qué se hizo eso? Tendrá que saberse en el juicio. Se presume que fue porque eso era de libre disponibilidad y en consecuencia no estaba sujeto al destino específico de la inversión en obras", sentenció Toledo.

 

La causa contra Cerisola

La causa contra el exRector Cerisola comenzó en 2010 y lleva más de doce años en trámite. La misma partió de una denuncia del arquitecto Ramón Eudal, a la que se sumaron otras acusaciones del peronista disidente Oscar López y de la Sindicatura General de la Nación. La investigación a cargo del fiscal federal N°1, Carlos Brito, constató irregularidades en el manejo de utilidades por $ 340 millones -o U$S 85,5 millones, según la cotización en 2010- que la UNT recibió de YMAD. 

En 2017, el fiscal federal Antonio Gustavo Gómez solicitó la detención del exrector Cerisola como también de la por entonces suspendida directora general de Construcciones Universitarias, Olga Cudmani; del ex subsecretario de Políticas Administrativas y Gestión, y ex diputado nacional radical Luis Sacca (empleado no docente de la UNT con la máxima categoría), y del jubilado director de Inversiones y Contrataciones, Osvaldo Venturino.

Gómez describió "el plan" al sostener que "la inconducta endilgada a los imputados fue cuidadosamente ideada, diseñada y ejecutada" y denunciar que "el manejo del volumen de los dineros ingresados a la administración universitaria provenientes de YMAD, motivo la confección de un plan de obras y la elaboración de las resoluciones N° 365/366/367 en el año 2008 aprobadas formalmente por todas las instancias administrativas intervinientes en su análisis". Para el fiscal, el plan de obras fue motivado por el ingreso de los fondos de YMAD a las arcas universitarias.

Gómez además requirió la citación a indagatoria de Augusto González Navarro, todavía director General de Asuntos Jurídicos del Rectorado de la UNT y es además profesor titular de la cátedra de Derecho Administrativo, y del hoy secretario general del Rectorado de la UNT, José Hugo Saab:

En el pedido de detención de Cerisola se lee: "Sin la intervención de esta Dirección hubiera resultado imposible el misce in scene tendiente a defraudar a la administración pública. Por ello es que cabe y así postulo la citación a indagatoria de Augusto González Navarro, responsable de la Dirección General de Asuntos Jurídicos". Además, se establece que "el contexto de la inconducta indica, el Sr. José Hugo Saab en su condición de Secretario General de la Universidad, impulso con carácter de “urgente” la definición sobre las formas y procedimientos a seguir para concretar del plan de obras en la Universidad (vr. fs. 1694). Esto habilita la convocatoria de Saab a prestar declaración indagatoria".

El 25 de octubre de 2018, el Fiscal Federal Nº1 Carlos Brito pidió la elevación a juicio de la causa.


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En 2019, los coimputados lograron diferir el inicio de la audiencia en el TOF mediante el pedido de dos peritajes adicionales (uno contable y otro de ingeniería civil). Las acefalías en el Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOF) llevaron al Poder Judicial a reprogramar las declaraciones indagatorias previstas para junio de 2021. Los magistrados subrogantes Enrique Lilljedahl (Catamarca) y Jorge Abelardo Basbus (Santiago del Estero) debieron cumplir compromisos en sus jurisdicciones y reprogramaron las audiencias de la causa YMAD. 

Del requerimiento de elevación a juicio presentado por el Fiscal Federal Nº1 Carlos Brito se desprende que la UNT nunca jamás controló los fondos que recibió de YMAD, un perjuicio que podría extenderse desde hace décadas.



Burgos, el querellante de la UNT que jamás la defendió 

En el Tribunal Oral Federal de Tucumán desconocen la actuación de la querella en defensa de la UNT dispuesta por el Consejo Superior en 2014. Dicha “querella” está encabezada por el abogado Rodolfo Tercero Burgos, a propuesta de la Rectora Alicia Bardón y del director de Asuntos Jurídicos, Augusto González Navarro.

La Universidad Nacional de Tucumán se ha constituido en querellante en la causa que se tramita en la Justicia Federal por las irregularidades detectadas en el manejo de utilidades mineras donde se espera que a la brevedad sean sometidos a juicio el exRector Juan Alberto Cerisola y los imputados Luis Sacca (ex diputado nacional de la UCR), Olga Cudmani y Osvaldo Venturino.

En septiembre de 2019, tras la renuncia del abogado Diego Lammoglia a desarrollar la querella de la UNT, el Rector José García y el secretario general del Rectorado, José Hugo Saab, resolvieron contratar para impulsar esa querella nada más y nada menos que a Rodolfo Tercero Burgos, presidente de Canal 10 y docente de la cátedra de Derecho Constitucional de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, por el plazo de un año "con la retribución que establezca el acuerdo de locación de servicios correspondiente", según informó La Gaceta.

En el Tribunal Oral Federal de Tucumán no aducen registro de los avances de la querella a cargo de Burgos en la causa contra Cerisola. Esto no impidió que a comienzos de febrero la UNT lo volviera a contratar como letrado defensor de los intereses universitarios, y que esta decisión sea la primera resolución “publicada” por el Rector Sergio Pagani en el portal de Datos Abiertos de la Universidad en 2023, pero que hasta el cierre de esta nota permanecía oculta ya que al intentar descargar el documento, el archivo arroja el error "404 Page Not Found". 

El contrato y la actividad de Burgos como el súper abogado de la UNT son secretos de Estado por disposición del Director de Asuntos Jurídicos de la UNT. En efecto, para González Navarro el millonario contrato con el letrado imputado por abuso sexual y la rendición de cuentas por su (in)actividad como el superdefensor de los intereses de la Universidad Pública de Tucumán se encuentra enmarcada en el artículo 8 de la ley de Información Pública.

 

Así investigó Brito

En su dictamen, donde pide la elevación de la causa a juicio, Brito pone en tercer lugar "la disminución del porcentaje que debía recibir la UNT respecto del dinero proveniente del YMAD", por detrás de la administración fraudulenta por $60.000.000 de los fondos del plan de obras 2006-2009 con sobreprecios por $28.346.052,17 y de "las colocaciones financieras de los fondos provenientes del YMAD".

El fiscal federal advierte que "el rector de la Universidad Nacional de Tucumán, al dictar la resolución nº 367/2008 colocó al frente de la dirección general de construcciones universitarias a la procesada (N. de la R: Cudmani), quien autorizó la ejecución de obras y convocó a licitaciones, sin respetar la normativa prevista en la ley nacional de obras públicas Nº 13.064", y subraya que "de las 20 obras selecciones por verificación por Gendarmería nacional, solo 4 se ajustaban a la normativa del régimen de licitación pública".

De esas obras, para el fiscal "bajo el régimen de licitación privada fueron encuadradas 12 obras (...) siendo que todas ellas debían encuadrarse bajo el régimen de licitación pública", maniobra únicamente posible bajo el manto de la Doctrina Hochi.

De la Declaración Indagatoria de Juan Carlos Reimundín se desprende que las resoluciones que permitieron poner "en vigencia un régimen para la contratación de obras con los fondos de YMAD fueron "redactadas contando con el asesoramiento jurídico de la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Universidad, y también con la intervención de la auditoría interna de la Universidad...", por lo que resulta incomprensible que no se haya avanzado sobre ese "detalle" en la indagatoria a González Navarro.

Lo propio ratificó en su declaración la procesada Olga Cudmani, quien subrayó:

"El Rectorado dictó las resoluciones Nº365, 366 y 367 todas del 2008. En la primera (365) estableció el régimen de contrataciones de obras de infraestructura edilicia y de servicios de la UNT financiadas con fondos de YMAD, la que fue dictada previa consulta de la autoridad universitaria a la dirección general de asuntos jurídicos de la UNT y a la unidad de auditoría interna, los que opinaron favorablemente, por lo que cualquier tipo de reproche les cabría a todos ellos...".

Al prestar declaración indagatoria, Luis Sacca expuso que "siendo uno de los principios fundamentales para la minimización del riego, se decidió por diversificar el mismo en más de diez entidades financieras reguladas por el Banco Central, decisiones que fueron correctas en Salvaguarda de los recursos del Estado", y que al colocar los fondos en entidades no reconocidas incluso por el Banco Central "permitieron un rendimiento adicional de entre el 17 y 21% que están perfectamente plasmados en la rentabilidad obtenida", a pesar de que no se rindió cuenta del ingreso de esos intereses a las arcas universitarias.

Cerisola, finalmente señalado por Brito como el principal -y casi único- responsable de la administración fraudulenta, sostuvo en su declaración que todos los hechos denunciados tuvieron lugar en el marco del "quiebre político" del Rectorado y de "una campaña política feroz" desde la fórmula opositora que en aquel entonces encabezaban la vicerrectora María Rossi Hernández y Pablo Holgado.

El encartado exRector también ratificó que "los fondos que genera YMAD no son fondos públicos ya que no provienen del sistema presupuestario, es decir que no tienen origen el Tesoro de la Nación, y este hecho es fundamental para entender distintos aspectos de esta causa", repitiendo al pie de la letra los enunciados de la Doctrina Hochi.

También afirmó el denunciado radical respecto del plan de obras en cuestión que "todas esas obras, los planos de las mismas, suman $267.669,000, este valor de este plan de obras es sumamente superior a que si solamente hubiésemos pensado en construir la vieja Ciudad Universitaria del cerro San Javier", como también que el mismo fue elevado y avalado por YMAD, donde los exrectores Campero y Marigliano debían defender los intereses de la Casa de Altos Estudios.

Sobre los fondos que debían ingresar a la UNT desde YMAD, Cerisola sentenció: "No es función del rector de la Universidad, ni de la Universidad controlar la exactitud de los montos recibidos...".

También compareció ante la Justicia el propio González Navarro, el 6 de julio de 2018, pero en la misma se limitó a responder que "sí hay antecedentes en los cuales el CPN Juan A. Cerisola se apartó de los dictámenes", y puso como ejemplo de los pagos a la firma Betón por las obras en la Facultad de Derecho, pero no se indagó sobre los dictámenes de la Dirección de Asuntos Jurídicos que permitieron disponer de fondos públicos al margen de la Ley de Obras Públicas.

Para Brito, Cerisola y Sacca "generaron un grave perjuicio a la Universidad Nacional de Tucumán, en más de $ 60.000.000 (sesenta millones de pesos) que se generaron en intereses y que no fueron reingresados al patrimonio de la Universidad", y es un misterio dónde están. 

De acuerdo a dineroeneltiempo, portal que calcula los efectos inflacionarios, esa cifra equivale a $6,224,076,343.49 en 2023. La querella a cargo de Rodolfo Burgos no pudo aportar ninguna evidencia o pista respecto del posible destino de los mismos. Por esos años la UNT también estuvo en la mira judicial por el manejo de $9 millones del programa Capital Semilla.

"Claramente se verificó que los fondos recibidos de YMAD fueron administrados caprichosamente en inversiones no formalizadas, a largo plazo y colocadas en entidades financieras de escasa consistencia, a tasas por debajo de las que ofrecían bancos en plaza de mayor solidez económica y trayectoria", manifiesta el fiscal federal, y subraya que los depósitos incluso tenían "alto riesgo de recupero".

 

El informe de la PROCELAC

Brito resalta que "los investigados realizaron maniobras ilícitas consistentes en contrariar el principio de Cuenta Única del Tesoro (CUT), no solicitaron la autorización al Ministerio de Economía para la apertura de cuentas de depósito de fondos, tal como lo establece la Ley de Administración financiera N°24.156".

También que en la UNT "se asignaron los depósitos entre entidades sin un procedimiento de licitación pública" y "obviaron la obligatoriedad de solicitar opinión previa a la Tesorería General de la Nación para las inversiones temporales en entidades financieras".

Lo más alarmante es que se llegó a la conclusión que "se decidió arbitrariamente el monto y plazo de los depósitos" y que "existieron serias inconsistencias entre la información presentada por el Rectorado y las que surgen de las respuestas dadas por las entidades financieras".

Para la PROCELAC existieron "severas discrepancias, entre los rendimientos de las colocaciones informadas por la Universidad y las que surgen de aplicar tas tasas declaradas".

El punto más grave es que "no surge de la documentación agregada al expediente que la UNT haya verificado esa información que presenta YMAD sobre sus utilidades; no se solicitó una auditoría para determinar el monto exacto de las utilidades (20%) que debían ser transferidas obligatoriamente por YMAD, dándose por satisfechos de manera discrecional con los fondos remitidos".

 

Así disponían Cerisola y Sacca de los fondos

"El procedimiento consistía en la recepción del cheque enviado por YMAD, el cual se depositaba, y una vez acreditado los fondos siempre existía una instrucción hacia la Tesorera General o el Sr. Director General de Administración, ordenando entidad, importe y plazos para la constitución del plazo fijo. Luego se formalizaba esa decisión con una providencia resolutiva que firmaba el Sr. Rector, o una nota que confeccionaba la Tesorera General u autorizaba con su firma el Sr. Sub Secretario Administrativo... El trámite quedaba concluido con una nota donde se comunicaba a los bancos lo resuelto por las autoridades universitarias mencionadas precedentemente. 3º) Que en resumen, las renovaciones de los plazos fijos se comunicaban a través de una nota hacia el banco con la firma del personal administrativo autorizado (ver resolución rectoral Nº 1572/2008) donde previamente existía una autorización telefónica o verbal del ex Rector Cr. Juan Alberto Cerisola o el ex Sub-secretario Administrativo Cr. Luis Fernando Sacca)..." (fs. 1227 vta.). Así también se acompañaron notas de disposición, autorizadas por el CPN Luis Sacca", se lee en el dictamen de Brito a partir de un informe de la Dirección General de Administración acompañado por González Navarro.

En el mismo se indica que Cerisola y Sacca "tenían el deber de administrar las cuantiosas e importantes sumas de dinero" pero "incumplieron regímenes legales vigentes para la realización de inversiones con fondos públicos" y lo hicieron "reemplazando para ello normas de aplicación obligatoria, sistema basado en la informalidad, que se apoyaba en las denominadas "notas de disposición de fondos", las cuales “no cumplían los requisitos mínimos de forma, en las que no se hacía mención alguna sobre los antecedentes determinantes para la realización de una u otra inversión, encontrándose incluso en alguna oportunidad, confeccionadas en forma manuscrita, y presentadas ante las respectivas entidades financieras con fecha posterior a la que se consignaba como de concretación de las inversiones".

El fiscal Brito apunta que el manejo y colocación de fondos de la Universidad en entidades financieras supera los $193.000.000 a octubre de 2018, lo que equivaldría de acuerdo al citado portal a $1,770,814,510.19 de hoy.

A continuación, Brito enfatiza en el acta firmada el 2 de enero: 

“Ahora bien, merece especial análisis la conducta del ex Rector Juan Alberto Cerisola, al rubricar, como representante de la Universidad Nacional de Tucumán, el Convenio Nº 6 UNT - YMAD, de fecha 02/01/2008 en el que dio por satisfecha la obligación del YMAD de distribuir el porcentaje del 40% de sus utilidades, previsto en el art. 18, inc. "b" de la Ley 14.771, reduciendo el porcentaje al 20 % de manera arbitraria y sin un examen fundado de especialistas en la materia, es decir que no existe ningún antecedente y/o informe técnico que avalase tal decisión, advirtiendo además la llamativa fecha que se firmó.

Sumado a ello, se determinó que incluso previamente a la firma del citado convenio las utilidades giradas por YMAD a la Universidad, nunca alcanzaron el porcentaje del 40 % determinado por la Ley 14.771, en el 2006 se giró un 19,28%, equivalente a $57.112.000; en el 2007 un 26,35% por lo que se recibieron $233.000.000, e incluso después de la rúbrica del convenio, tampoco se alcanzó el "nuevo" porcentaje legal del 20%, así en el 2008 se giró un 10,15%, que resultaron unos $36.800.000 y en el 2009 un 6,41% equivalentes a $ 26.300.000, adviértase que en su declaración indagatoria el procesado Cerisola manifestó "no es función del rector de la Universidad, ni de la Universidad controlar la exactitud de los montos recibidos". (fs.1619 vta.)

Ahora bien, respecto a las utilidades percibidas por la empresa YMAD, según los estados de resultados con fecha de cierre al 31 de diciembre de los años 2006 al 2009, es dable señalar que las ganancias del ejercicio del año 2006 fueron de $ 296.183.332,32, las ganancias del ejercicio del año 2007 ascendieron a la suma de $ 884.307.553,13, las ganancias del ejercicio del año 2008 fueron de $ 362.426.327,81 y la del año 2009 alcanzaron la suma de $ 410.257.132,77. Es decir, no existe evidencia alguna de que durante la gestión del procesado Cerisola se hubiese realizado algún control sobre el YMAD, a los fines de determinar si las utilidades recibidas por la Casa de tos Estudios, eran efectivamente las que le correspondían percibir”.

Así, vemos que YMAD nunca pagó ni siquiera el 40% de las regalías mineras que le correspondían a la UNT: en 2006, los $57.112.000 girados no llegaban al 20% cuando debían pagar el 40% de sus regalías, es decir por lo menos $114.224.000, lo que a valores de 2023 equivaldría a más de $21.000.000.000. Esto se repite en los años siguientes y podría constituir un fraude a la UNT de parte de YMAD no advertido por los directores que representan a la UNT en el directorio de la firma ni a la querella a cargo de Burgos ni el propio Brito.

El fiscal Brito describe la Doctrina Hochi pero no apunta contra su autor ni la Dirección a su cargo: "El imputado (Cerisola) creó un mecanismo normativo paralelo, incumpliendo el sistema de contrataciones vigente, con la finalidad de eludir tos procedimientos contractuales que limitan la discrecionalidad en el uso de los fondos públicos, para evitar así la transparencia de los procedimientos, facilitando la arbitrariedad en la asignación de los contratos, reconociendo erogaciones no previstas, incluso eludiendo todo mecanismo que haya sido diseñado para garantizar que las contrataciones se realizaran bajo el dominio de los principios de razonabilidad, eficiencia, transparencia, publicidad, responsabilidad, concurrencia e igualdad que consagra la Ley Nº 13,064 y el Decreto 1023/2001 y que se constituye en el Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional".

"La Universidad se dotó a sí misma de un régimen propio de contrataciones de obras con fondos del YMAD, aprobado mediante la Resolución Nº 365/08, la que fue dictada amparándose en el criterio de que esos fondos eran de carácter privado", manifiesta.


En 1958, la Universidad Nacional de Tucumán publicó un trabajo de Abel Peirano titulado “Una historia minera”, donde se leía: “Ahora sólo queda extraer y beneficiar ese tesoro que (…) debe ser explotado íntegramente para beneficio total del pueblo argentino, y no de grupos favorecidos por su fortuna o colocación, de este país o del que fuere, ya que ahora más que nunca esta Nación necesita de sus recursos naturales, para encaminarse por la senda de la prosperidad necesaria para su elevación en todos los órdenes de la vida material (…) Quien ose entregarlos a grupos reducidos tendrá que dar cuenta, al pueblo entero de nuestro país, de sus acciones contrarias al bienestar del mismo”.


El dictamen completo del fiscal Carlos Brito:


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