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Fiscal Federal General conmina a la Cámara Federal de Tucumán a iniciar el juicio por el robo de la Ciudad Universitaria a la UNT

estafa a la unt

El fiscal Gustavo Gómez recriminó la “evidente dilación” que va “en desmedro de la determinación de la verdad histórica" sobre el mayor latrocinio de la historia de Tucumán y les recordó a los camaristas que la causa "lleva más de 13 años de instrucción" por lo que su accionar está dañando el interés público.

Los integrantes de la Cámara Federal de Tucumán Marina Cossio, Ricardo Mario San Juan, sonrientes junto al supremo Lorenzetti y el juez Fernando Poviña que instruyó deficientemente la causa del robo de la Ciudad Universitaria en San Javier.





En el marco de nuevas dilaciones en la causa por el robo de la Ciudad Universitaria de la Universidad Nacional de Tucumán, caratulada CERISOLA, JUAN ALBERTO Y OTROS S/ LEGAJO DE INVESTIGACIÓN” - EXPTE. N° FTU 400360/2010/2, el fiscal General Federal de la provincia, Gustavo Gómez, solicitó el pronto despacho del expediente que lleva ya 13 años, y que no evidencia movimientos desde hace más de dos meses. 

“Vengo en legal tiempo y forma a solicitar pronto despacho toda vez que la causa se encuentra sin movimiento según la última consulta del día de la fecha en el sistema Lex 100, desde el día 15 de mayo de 2023, fecha en la cual se decidió que pasaran los autos a despacho para resolver”, explicó el funcionario judicial en un escrito presentado este jueves. 

Con esta presentación, el Tribunal integrado por Marina Cossio, Ricardo Mario San Juan (a quien muchos en los pasillos federales sindican vínculos con José Hugo Saab) y Mario Rodolfo Leal (ex funcionario de Cerisola) tiene un plazo de tres días para que “evalúe las condiciones intrínsecas y extrínsecas del recurso (art. 464 del C.P.P.N.)”. “Es decir, desde la fecha mencionada y  hasta el día de hoy han transcurrido 2 meses y 19 días sin pronunciamiento de ese Tribunal en el presente incidente, en una causa principal que se iniciara en el mes de abril de 2010, es decir que lleva más de 13 años de instrucción”, detalló.

Gómez recordó que “para casos de mora en la gestión de expedientes, se estableció un remedio procesal tendiente a subsanar dicha alteración. El mismo está  legislado en el art. 127 de la Ley Adjetiva, que reza: ‘Vencido el término en que deba  dictarse una resolución, el interesado podrá pedir pronto despacho y, si dentro de tres (3) días no lo obtuviere, podrá denunciar el retardo al tribunal que ejerza la  superintendencia, el que, previo informe del denunciado, proveerá enseguida lo que  corresponda’”. “Si la demora fuere imputable al presidente o a un miembro de un tribunal colegiado, la queja podrá formularse ante este mismo tribunal; y si lo fuere a la Corte Suprema de Justicia, el interesado podrá ejercitar los derechos que le acuerda la Constitución”. En base a lo estatuido es que la Procuración General de la Nación a través de la Resolución N° 33/05 dispone velar por el efectivo cumplimiento de los plazos y formas que ordena nuestro código de rito”, especificó.



“La dilación evidente, va en desmedro de la determinación de la verdad histórica, en contra de los plazos estrictamente estipulados en el Código de Forma. El derecho a la tutela judicial efectiva exige a los jueces, que dirijan el proceso de modo de evitar que dilaciones injustificadas e indebidas conduzcan a la impunidad, frustrando así la debida protección judicial del interés público”, señaló.


Por estas razones, Goméz interpuso el presente pronto despacho y puntualizó que "para el supuesto caso de que lo requerido en el acápite precedente no fuere  resuelto en el término de ley, formulo reserva de articular recurso de queja por retardo justicia dirigido ante la Alzada, en los términos del art. 127 del Código Procesal Penal  de la Nación".

Y pidió a la Cámara de apelaciones: "se tenga por interpuesto este pedido de pronto despacho y la reserva de queja por retardo de justicia".


El robo de la Ciudad Universitaria a Tucumán



El proyecto de la Ciudad Universitaria de la UNT en San Javier fue el más ambicioso del Siglo XX en Tucumán. Sin embargo, en 1965  fue reemplazado por el campus de la denominada Quinta Agronómica, lapidando el perfil regional de la UNT. 

La Fiebre del Oro en la UNT y la llegada de regalías de Yacimientos Mineros Aguas de Dionisio (YMAD) volvieron a traer a la luz el proyecto de la Ciudad Universitaria. El 60% de las utilidades de YMAD eran para Catamarca ("hasta el 7 de junio de 1968, o antes si se concluyera en menos tiempo la Ciudad Universitaria, el porcentaje establecido se reducirá al 50% del total general, destinándose el 10% restante a la referida construcción emprendida por la Universidad Nacional de Tucumán") mientras que "el cuarenta por ciento restante (40%) será destinado para la terminación de la Ciudad Universitaria, conforme a los planos ya aprobados".

"Una vez cumplidos los propósitos señalados en el punto anterior de ese porcentaje del cuarenta por ciento (40%), se destinará el cincuenta por ciento (50%) a la Universidad Nacional de Tucumán y el cincuenta por ciento (50%) restante a la formación de un fondo nacional que será distribuido entre las demás universidades del Estado", reza el inciso C del artículo 18 de la Ley 14.771.

Tal como publico eltucumano.com, el complot para el robo de la Ciudad Universitaria a la UNT se originó con la decisión del directorio de YMAD del 27 de diciembre de 2007 promovida por los exrectores y -dirigentes de la Unión Cívica Radical- Rodolfo Martín Campero y Mario Marigliano, donde se redactó y adjuntó el modelo de acta que firmaran una semana después, el 2 de enero de 2008, el rector Juan Alberto Cerisola y Alberto Salmuni en representación de la empresa interestatal. En dicha acta se acordó dar por “satisfecha la obligación de distribuir a favor de dicha universidad el porcentaje del cuarenta por ciento (40%) contemplado en el artículo 18, inciso b), de la Ley 14.771 (Nota de la R. la obligación legal citada en dicho inciso refiere a "la terminación de la ciudad universitaria, conforme a los planos ya aprobados”).

La trama del contubernio se completa con la participación directa del Director General de Asuntos Jurídicos de la UNT, Augusto González Navarro, quién a través de sus dictámenes pergeñó el mecanismo para el robo de la Ciudad Universitaria.

En un intercambio que roza la ficción, el histórico secretario general de la UNT, José Hugo Saab, le escribió a su amigo personal González Navarro el 4 de junio de 2007 -seis meses antes del acta del directorio de YMAD 498, que originó el latrocinio de la Ciudad Universitaria a la UNT- para consultarle por "las remesas dinerarias recibidas por la UNT provenientes de la empresa YMAD" y específicamente "sobre el destino y aplicaciones que corresponde dar a los fondos remitidos en tal carácter, así como a los intereses obtenidos por los mismos, efectuándose un análisis de los alcances y objetivos de la citada norma legal en lo que se refiere a la UNT".

Casi un año antes, el 8 de agosto de 2006, se había producido un hecho inédito en la historia de la UNT: el desembolso del primer pago de las utilidades mineras de YMAD, por $18.360.000 y que se realizó sin que la UNT lo haya destinado a construir la Ciudad Universitaria o a ninguna construcción alguna del plan de obras de Cerisola. Casi 50 años después de la promulgación de la Ley 14.771, la Casa de Altos Estudios se beneficiaba de aquel acuerdo propio de la generosidad de Abel Peirano, de la decisión del gobierno de Juan Domingo Perón de comprar las 18.000 hectáreas (el equivalente al tamaño que tenía la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) de la estancia San Javier y la posterior sanción de la Ley 14.771 de creación de YMAD durante el gobierno del radical Arturo Frondizi en 1958 que obligaba a destinar los mismos a construir la Ciudad Universitaria que proyectó Horacio Descole y que diseñaron los arquitectos Eduardo Sacriste, Horacio Caminos y Jorge Vivanco.

González Navarro, director de Asuntos Jurídicos de la Universidad Nacional de Tucumán, omitió deliberadamente que la Ciudad Universitaria debía construirse "conforme los planos ya aprobados" en su dictamen ante la secretaría General de la UNT: "Las utilidades líquidas y realizadas que arrojen los balances se distribuirán en la siguiente forma (...) inc. b) el cuarenta por ciento (40%), será destinado para la terminación de la Ciudad Universitaria...". Los puntos suspensivos en lugar de la letra de la ley son toda una confesión de su delictivo accionar ya que allí debió decir: conforme a los planos ya aprobados", planos que estuvieron ocultos por décadas hasta la investigación de eltucumano.com que los encontró en mayo de este año.

Prueba documental de la omisión maliciosa del jefe del servicio jurídico de la UNT que habilitó el robo de la Ciudad Universitaria.



El pasado abril, los jueces del Tribunal Oral Federal de Tucumán hicieron lugar a un pedido del perito oficial Ing. Francisco Pedro Guzmán y habrían fijado fecha para el juicio, según La Gaceta: "El juicio se iniciará el 29 de octubre y continuará el 30 y luego el 5, 6, 12 y 13 de noviembre. De allí se irán fijando las fechas para su continuación", indicó el centenario diario, que recupera así su interés en la causa donde se investiga qué se hizo en la UNT con $353.000.000 de regalías mineras, unos U$S 85.500.000 (85,5 MILLONES DE DÓLARES) en cotización de 2010, lo que equivaldría a $19.323.000.000 a su cotización actual ($226).