"Me trajeron por la fuerza pública, Rodolfo Tercero Burgos es un violento"
Marina Moris, la mujer que denunció al presidente de Canal 10 por abuso sexual infantil de la hija de ambos, denuncia que la llevaron a declarar en un "falso juicio" y “a modo de coacción” para que desista de su denuncia. Dardos contra la jueza Valeria Judith Brand y la abogada María Soledad Deza. El reciente antecedente judicial que complica a Burgos.

(Rodolfo Tercero Burgos)
La abogada Marina Moris denunció el 13 de julio de 2021 a Rodolfo Tercero Burgos por abuso sexual de la hija menor de edad de ambos. La causa devino en pericias psicológicas, una Cámara Gesell y órdenes de restricción. La Justicia dictó contra el presidente de Canal 10 tres prohibiciones de acercamiento a su expareja, su hija y la psicóloga Medina -que detectó los indicios de abuso en la menor-, realizadas el 30 de julio, 13 de octubre y 1 de diciembre de 2021. Desde diciembre que la misma está elevada a juicio oral y público, y Burgos no tiene más maniobras dilatorias para impedir ser juzgado.
Desde entonces, Moris enfrenta un calvario judicial, con maniobras dilatorias y obstáculos como lo que considera un "falso juicio" por el régimen comunicacional. En el marco de esa causa, asegura que fue llevada a declarar este viernes "por la fuerza pública". En ese marco, apuntó duramente contra la jueza Valeria Judith Brand, a cargo del Juzgado de familia y Sucesiones de la V° Nominación, y contra la abogada María Soledad Deza. "Me trajeron por la fuerza pública, Rodolfo Tercero Burgos es un violento", sentenció.
"Nuevamente la jueza Valeria Judith Brand, quién no ha dado acceso a la Justicia a mi hija. Rodolfo Tercero Burgos, el presidente de Canal 10, me hizo un falso juicio de régimen comunicacional sin ninguna prueba donde la doctora Valeria Judith Brand dictó cautelares sin pruebas. Más de un año tardó en correr traslado de demanda, pedí en dos oportunidades la audiencia del artículo 12 que es la Convención de los Derechos del Niño, la escucha del niño, el derecho del niño a ser escuchado, la jueza me la negó nuevamente", sentenció Moris desde Tribunales, en diálogo con eltucumano.com.
"Se presentó eso y muchísimas pruebas más en el marco del juicio 90/20 en el Juzgado de Familia y Sucesión de la Vº Nominación, Valeria Judith Brand, ante la Comisión de Juicio Político quien en ese momento estaba para dictaminar el doctor (Raúl) Ferrazano y archivó la causa. Es así, ante todos estos elementos y nuevas negativas de la doctora Valeria Judith Brand, negativos como por ejemplo informar que mi hija tuvo un intento de secuestro por la abogada de Burgos, María Soledad Deza, el Tribunal de Ética del Colegio de Abogados tuvo que solicitarle en dos oportunidades que informe si la abogada Deza tenía orden judicial para llevarse una menor porque mediante un engaño se presentó a llevarse a una niña", recalcó.
En ese marco, Moris relató: "Hoy hicieron nuevamente lo mismo, hoy se presentaron con la fuerza pública a traerme a los Tribunales Penales por una falsa denuncia del expediente 307253/20 donde está como víctima Rodolfo Burgos, pero que lo hace más en una forma de coacción para hacerme desistir de la demanda penal de abuso sexual agravado que tiene contra su hija menor".
"Esta y otras mentiras que dice Rodolfo Burgos, donde además quiero señalar siempre los jueces están en desconocimiento de la causa, como por ejemplo que tengo una sentencia por violencia de género que ha sido apelada y que se encuentra firme. Rodolfo Tercero Burgos es un violento.
Este juicio, este falso juicio por incumplimiento de régimen comunicacional, es otro hecho falso, donde a la doctora María Judith Brand, a Soledad Deza, Rodolfo Burgos y todos los que lo han patrocinado les consta, como Felipe Rougés, Rizzo, el fiscal Carlos Saltor que también me llamó tratando de intervenir en esta causa, quién está en Delitos y Hurtos, tratando de intervenir en esta causa, están al tanto, saben y siguen ejerciendo violencia", enfatizó.
"Me fueron a buscar por la fuerza pública porque dijeron que no estaba presente. No estaba presente porque mi abogado tenía una superposición de audiencias que le presentó la OGA (Oficina de Atención al Ciudadano) y él presentó un escrito con esta superposición de audiencias justificando por qué no podía venir hoy. Pero ejercen más violencia contra las madres, una madre que tiene que estar cuidando a su hija que está con problemas por todo lo que le ha hecho este violento Rodolfo Tercero Burgos, porque es un violento, este juicio es otro hecho más de violencia", manifestó.
La madre de la menor explicó: "Al pretender tomar la palabra acá y decirle que no quiero ser representada por un abogado de oficio que no conoce la causa, que no conoce las pruebas, que no me puede representar, se me niega la palabra, como así también se le falta el respeto al doctor Gustavo Morales por parte del auxiliar de fiscal Gonzalo Guerra quien ya ha sido llamada la atención por otros jueces por su comportamiento".
"Tengo la suerte de ser abogada. A otras víctimas la sientan acá con otro abogado de oficio y no tienen la misma suerte. Presenté declaración sin mi abogado y se me designó un abogado de oficio. He solicitado la suspensión de la audiencia, y también le voy a solicitar por este medio a la doctora Valeria Judith Brand que resuelva el expediente 90/20 que durante un año he presentado pruebas inclusive hasta informes de la compañía Telecom, donde Burgos ni siquiera se comunicó", indicó.
Finalmente, Moris señaló que "a la doctora Brand le solicité en dos oportunidades la audiencia del artículo 12, me las negó. La doctora Brand, teniendo Burgos juicio y con sentencia por violencia de género, me llamó a una audiencia de conciliación a la que asistí con la doctora Soledad Deza y le ofrecí varios regímenes comunicacionales que todos fueron rechazados".
Vale señalar que la abogada Deza, denunciada por llevarse sin permiso mediante un engaño a la hija de Moris y Burgos, acaba de ser nombrada por la Universidad Nacional de Tucumán (UNT) en el Consejo Asesor Ad Honorem en Género y Diversidad para la Enseñanza del Derecho.
El mismo impulsa la inclusión de la perspectiva de género y de diversidad en las áreas de formación, extensión e investigación académica de las Universidades Nacionales, en coordinación con estudiantes, docentes y no docentes de las carreras de abogacía.
Las pruebas contra Burgos
La Fiscalía de Instrucción de Violencia de Género y Delitos contra la Integridad Sexual, a cargo de Fernando Blanno sostuvo que "los hechos atribuidos al imputado Burgos Rodolfo se encuentran adecuadamente intimados de acuerdo a las pruebas incorporadas, especialmente, la declaración testimonial de la víctima realizada a través de Cámara Gesell. Que dicho episodio lícito encuadra, prima facie, en el delito de ‘Abuso sexual agravado’".
"En el área emocional, a partir del análisis del material clínico de la niña, se puede inferir labilidad emocional, ya que se evidencian indicadores de angustia, temor, inseguridad y tensión interna", se lee en el informe psicológico realizado por la licenciada Mabel Martínez, psicóloga del Poder Judicial, más de tres meses antes de que Morris radique su denuncia.
Además, la profesional advirtió: "En el área vincular, se colige el registro de la figura paterna como hostil, amenazante y muy temida. Merece resaltarse que (...) pudo relatar una situación vivenciada como altamente estresante para la niña y que estaría relacionada directamente con su papá, el Sr. Burgos".
"Su hija en Cámara Gesell dijo textualmente ‘Rodolfo es malo, es mentiroso y hace cosas malas y me dice que tengamos secretos’ y cuando el psicólogo le pregunta qué secretos, la menor dice que Burgos le tocaba la colita de adelante y la de atrás y se toca", relató Gustavo Morales, abogado de la denunciante y madre de la menor Marina Morris, en abril de 2022.
"En particular, en la causa Burgos, la menor incrimina a Burgos en la Cámara Gesell, hay tres dictámenes psicológicos realizados por diferentes profesionales de la salud mental -psicólogos- que con mayor o menor elaboración conceptual y técnica concluyen que la menor tiene todos los síntomas del abuso sexual infantil, que son 25. Para acreditar un abuso bastan cinco, según el último protocolo que es del año 2020", sentenció tras este reciente fallo el letrado en diálogo con eltucumano.com.
Informe psicológico en la causa Burgos
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Nueva jurisprudencia en la Justicia tucumana
El 16 de junio un hombre de 44 años fue condenado a ocho años de prisión por haber abusado sexualmente de su hija de por entonces tres años entre marzo de 2020 y 2021. El acusado fue condenado con muchísimas menos pruebas que las que se presentaron ante la Justicia en contra de Burgos, que fue incriminado por su hija en Cámara Gessel: las pericias arrojaron que la menor presenta los 25 síntomas de abuso sexual infantil, cuando según el protocolo alcanza con cinco para probar el abuso.
La causa, que se dio a conocer a través del diario La Gaceta, se inició cuando la madre notó "que algo estaba pasando" con la nena: entre otros rasgos, "se señalaba la zona genital en varias situaciones hogareñas", y ante ello "la madre sospechaba que su pareja aprovechaba cuando se iba a trabajar y abusaba de la menor de edad".
Cuando la causa llegó a juicio, el fiscal Jorge Echayde acusó al padre como autor del delito de abuso sexual sin acceso carnal, agravado por el vínculo y por la convivencia preexistente. La querella representada por Pedro Yñigo y la Defensoría de Niñas, Niños y Adolescentes, María José Medina, adhirieron al planteo. La Abogada del Niño y Niña, Ester del Valle Arrieta, expresó que se trataba de un “hecho gravísimo”. Por su parte, el defensor del acusado argumentó que no se habían presentado pruebas que confirmaran los abusos y rechazó la imputación.
En las audiencias, se puso ver y escuchar a la niña en Cámara Gesell. Echayde pidió la absolución del imputado al denunciar que la investigación no contaba con las pruebas para sustentar la acusación inicial, postura a la que se plegó la defensa, mientras que la Abogada del Niño adhirió al pedido del Ministerio Público Fiscal (MPF); la Defensoría de la Niñez dictaminó a favor de una condena y la querella requirió ocho años de prisión.
La jueza Cecilia Tasquer rechazó el requerimiento de la defensa y condenó al imputado a prisión efectiva, y también declaró la nulidad de los alegatos del fiscal y de la Abogada del Niño por falta de perspectiva de la infancia y de género. La magistrada precisó que la imputación expresaba puntualmente que el padre “tocaba la vagina” de la menor de edad y que el fiscal había señalado justamente que la víctima no había hecho tal declaración durante la charla con la psicóloga en Cámara Gesell.
"No se puede pedir precisiones estrictas a la pequeña de cuatro años. Pretender esa estrictez es contrario a una perspectiva de infancia, pues el operador no puede jamás dejar de tener presente que su interlocutor es un niño de preescolar", recalcó Tasquer, e indicó que el fiscal “omitió valorar” la declaración de la madre al ser una víctima indirecta: “No sólo formula denuncia, muda todo su centro de vida para proteger a la niña e inicia psicoterapia de apoyo, etcétera”, fundamentó, entre otros puntos observados, lo que representaba un “claro prejuicio de género”.
El abogado Morales aclaró que el caso en que Tasquer condenó al padre de la menor corresponde a un juicio del sistema adversarial, mientras que "el caso Burgos por complicidad del Ministerio Público Fiscal está en el sistema conclusional", pero subrayó que "las valoraciones de las pruebas son idénticas".
"Se debe priorizar, en este orden: perspectiva de género, que es la primera pauta hermenéutica a considerar; lo segundo, como criterio interpretativo, es la vulnerabilidad del sujeto: en este caso se trata de un menor de edad, en el caso Burgos también; y en tercer lugar, el interés superior del niño", graficó.
Morales aclaró: "En términos generales podría aplicarse a Burgos, podría incluso agregar otro precedente que también es del sistema conclusional: Mercado César Bautista s/ abuso sexual. La sentencia es de la Cámara Penal Conclusional, Sala I, de fecha 13 de abril de 2022 y que ha sido confirmado por la Corte de Tucumán en sentencia del 4 de febrero de 2023".
"Tratándose de una menor de edad y un hecho que se comete en el ámbito de la intimidad y privacidad, y en general por familiares o personas cercanas a las víctimas, se debe priorizar la voz de la menor en Cámara Gesell y luego las pericias psicológicas de la menor, y finalmente juegan un papel fundamental los indicios", manifestó. "En particular, en la causa Burgos, la menor incrimina a Burgos en la Cámara Gesell, hay tres dictámenes psicológicos realizados por diferentes profesionales de la salud mental -psicólogos- que con mayor o menor elaboración conceptual y técnica concluyen que la menor tiene todos los síntomas del abuso sexual infantil, que son 25. Para acreditar un abuso bastan cinco, según el último protocolo que es del año 2020", sentenció.
Finalmente, Morales remarcó: "Ese es el futuro que se le avecina a Burgos, que no es otro que estar detrás de los barrotes carcelarios, que es donde corresponde que esté incluso actualmente por haber entorpecido el proceso con comportamientos procesales manifiestamente dilatorios y otros tendientes a intimidar a la madre de la víctima, a la misma víctima y a una de las psicólogas que asistía a la víctima. Este proceso concluye de manera inexorable con una sentencia condenatoria".
Llamó la atención del letrado que el diario La Gaceta publique este caso y haga la propio con la denuncia contra el miembro del directorio de Canal 10: "El cerco comunicacional empieza en La Gaceta y termina en Canal 10: un ejemplo es Álvaro Aurane, periodista de La Gaceta a quién asesora Burgos y trabaja en Los Primeros, en Canal 10", remató Morales.