"Es 100% distinto a lo de Manzur": Gilda Pedicone explicó por qué la Constitución habilita la candidatura de Jaldo
En comunicación con La Tucumana de Mañana, la fiscal de Estado de la provincia defendió la vigencia del artículo 90 de la Carta Magna tucumana ante el planteo judicial de la oposición en la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Remarcó la autonomía provincial consagrada desde 1860, negó la existencia de una reelección indefinida y diferenció el escenario actual del intento de Juan Manzur en 2023.
El planteo presentado por el espacio opositor Cambia Tucumán, liderado por Mariano Campero y con la presentación formal del legislador Manuel Courel, ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación para declarar la inconstitucionalidad parcial del artículo 90 de la Constitución provincial generó la inmediata respuesta del Gobierno de Tucumán. En diálogo con Ana Pedraza y Gabriel Sanzano durante la emisión de La Tucumana de Mañana por FM latucumana 95.9, la fiscal de Estado, Gilda Pedicone de Valls, confirmó que la causa ingresó formalmente este martes a las 8 de la mañana y ratificó la postura institucional del Poder Ejecutivo provincial. "La provincia tiene demandas diversas de temas diversos y a todos los tratamos con el mismo esmero, con la misma dedicación y con la misma responsabilidad. Tenemos que defender a la provincia y defender en este caso la constitucionalidad de la propia Constitución", aseveró la funcionaria sobre el rol de la representación legal tucumana.
En su análisis jurídico, Pedicone de Valls sostuvo que la Carta Magna aprobada en 2006 cuenta con reglas claras que se respaldan en el principio de autonomía provincial fijado en la historia constitucional del país. "Cuando se dictó en 1853 la Constitución Nacional, una de las cláusulas que después se incorporó en 1860 permitía que el Congreso de la Nación revisara los textos provinciales. Esa condición de revisibilidad de la Constitución Provincial se eliminó en ese año 1860. Desde ese año rige lo que hoy defendemos, que es la autonomía provincial, que incluye la capacidad de las provincias de dictar sus propias normas institucionales", explicó. Asimismo, detalló la redacción del texto tucumano respecto a la fórmula ejecutiva: "Tenemos una cláusula particularísima de Tucumán, el artículo 90, que dice que quien ha sido dos veces vicegobernador y quiere ser gobernador se puede presentar al cargo, que es el caso del actual gobernador que fue vicegobernador y se presentó para el cargo de gobernador. Y el artículo continúa diciendo que quien ha sido elegido gobernador puede proponer una candidatura de reelección en ese cargo".
Al ser consultada sobre las analogías trazadas por la oposición con el antecedente judicial de 2023, la fiscal de Estado fue tajante al desestimar cualquier similitud con el escenario que involucró a Juan Manzur. "Es una situación, si pudiéramos medirla en porcentaje, 100% distinta de lo que estamos discutiendo hoy", remarcó Pedicone de Valls. En ese sentido, fundamentó la diferencia técnica entre ambas presentaciones: "El exgobernador fue dos veces vicegobernador y fue gobernador reelecto por el artículo 90, y lo que pretendió en el 2023 fue volver a formar parte como vicegobernador de la fórmula que disputaba la gobernación para un quinto mandato, forzando una interpretación constitucional que el 90 no le permitía hacer. En este caso, el gobernador se presentó a gobernador, ganó la elección y hoy la Constitución lo habilita a una reelección en ese cargo".
De igual manera, la funcionaria rechazó los argumentos opositores que agitan el fantasma de la continuidad ilimitada en el poder, comparando el modelo provincial con otros marcos normativos del país. "Si hay una Constitución que permitía al gobernador ilimitadamente postularse nuevamente era la de Formosa, y a esa sí la Corte le dijo que ese modelo de reelecciones indefinidas es contrario a la periodicidad de los mandatos y a la república. Tucumán tiene resuelto ese tema con periodicidad concreta: 4 años para un cargo con reelección, 4 años para otro con reelección, y la posibilidad de que alguien que ha sido vicegobernador pueda ser gobernador y ser reelecto. No es indefinido, es definido", afirmó. A su vez, desarticuló los cálculos sobre supuestos períodos de 16 años consecutivos al aclarar la independencia de los cargos electivos: "En Tucumán no hay fórmula fija de gobernador y vice; aunque vayan en la misma boleta y pertenezcan al mismo partido, son cargos independientes. Hablar de 16 años es una cifra que no obedece con rigor científico a ningún cálculo previsible, porque en cada uno de estos cuatro años hay gente votando y elecciones que avalan esa decisión".
Finalmente, la titular de la Fiscalía de Estado se refirió a los pasos procesales y los tiempos que atravesará el expediente en el máximo tribunal de la Nación. "Los tiempos de la Corte son los tiempos de la Corte. La primera tarea que tiene que hacer es consultar al Procurador General sobre la admisibilidad de la presentación. Si rechaza la admisibilidad, ahí fenece la causa; si considera que es competente, nos correrá traslado y nosotros tendremos 60 días para contestar", puntualizó. No obstante, cuestionó que los demandantes hayan acudido directamente a la instancia federal sin agotar la vía local: "Eso era lo deseable en términos de autonomía provincial y de federalismo en serio. Así como la Constitución Nacional ha generado su propio Poder Judicial, las provincias tienen la obligación de tener su propio Poder Judicial, que es el competente primero en estas discusiones. Hay un tema de habilitación de instancia originaria de la Corte que adolece seriamente de un problema de legitimación y competencia".







