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La Justicia Federal rechazó acceso a la información para conocer cómo investigó el robo de la Ciudad Universitaria a la UNT

Oscurantismo Judicial

A más de 15 años del contubernio entre ex rectores y funcionarios radicales que despojó a la Universidad Nacional de Tucumán de la mega obra que ordena la ley 14771 con fondos de la minería, el Tribunal Oral Federal de Tucumán consideró que la petición de nuestro diario “no puede acogerse en esta etapa del proceso, en aras de salvaguardar las garantías del imputado Cerisola, máxime cuando nos encontramos cercanos a la efectiva realización del juicio oral y público”.

Carlos Jimenez Montilla, el oscuro Juez del Tribunal Oral Federal de Tucumán.





El Tribunal Oral Federal de Tucumán ha denegado la solicitud realizada por eltucumano.com para acceder al expediente de la causa en el que supuestamente  el fiscal Carlos Brito investigó y persiguió a los autores del robo a la Universidad Nacional de Tucumán de la ciudad universitaria que ordena construir “de acuerdo a los planos ya aprobados” el inciso b) de la ley 14771 con fondos de la empresa minera estatal Yacimientos Mineros Aguas de Dionisio.

El Tribunal que rechazó el acceso a la información estuvo integrado por Carlos Jiménez Montilla, del Tribunal Oral Federal de Tucumán y subrogando María Noel Costa, de la Cámara de Apelaciones Penal Federal N° 2 de Córdoba y Enrique Lilljedahl, de la Cámara de Apelaciones Penal Federal de Catamarca.

Los jueces rechazaron la solicitud que buscaba obtener acceso completo al expediente de la causa "Cerisola Juan Alberto y otros s/malversación culposa" (expediente 400360/2010), así como a las causas/expedientes conexos y/o acumulados, considerando que la petición del diario "no puede acogerse en esta etapa del proceso, en aras de salvar las garantías del imputado Cerisola, máximo cuando nos encontramos cercanos a la efectiva realización del juicio oral y público".

Sin embargo, previo al rechazo del TOF, el Ministerio Público Fiscal ejercido por José Agustín Chit consideró razonables y atendibles los argumentos que fundan la solicitud de acceso al expediente por parte de nuestro diario, en aras del resguardo del derecho de acceso a la información pública, por lo que dictaminó que podía hacerse lugar a lo peticionado. Sin embargo, la defensa de los acusados (el ex rector Juan Cerisola y su secretario administrativo Luis Sacca, entre otros) se opuso al pedido argumentando que el diario no es parte del expediente y que el derecho de la comunidad a la información pública jamás puede estar por encima de derechos personalísimos de clara raigambre constitucional, como el derecho a la intimidad, la defensa, la igualdad de partes en el proceso y el debido proceso legal garantizado por la Constitución Nacional.

La solicitud de eltucumano.com había sido presentada el 24 de noviembre de 2022 por el apoderado de la firma controlando del diario – NUMEN SRL- en el marco de la Ley 27.275 de acceso a la información pública en Argentina, que establece los principios y procedimientos para garantizar el derecho de acceso a la información pública, promoviendo la transparencia y la rendición de cuentas en la gestión pública. La ley establece que toda persona tiene derecho a solicitar y recibir información pública, y los organismos del Estado tienen la obligación de proporcionarla.

El pedido de acceso fue reiterado cuando habían transcurrido 4 meses y 25 días desde la solicitud original. El apoderado de nuestro diario impetró al TOF a cumplir en un plazo de 72 horas con el pedido que fuera incoado el 24/11/2022 sin mayores dilataciones. El secretario del Tribunal cuenta con un disco rígido entregado formalmente por el apoderado de nuestro diario el 24 de noviembre pasado, marca Seagate de 4 Terabytes que se encuentra en custodia en la caja fuerte del Tribunal a la espera de la carga de la información requerida.

eltucumano.com  argumentó que la causa es de una enorme trascendencia e impacto para la vida de los tucumanos, ya que dilucidaría responsabilidades en la falsificación de la construcción de la Ciudad Universitaria ordenada por la ley 14.771 de creación de YMAD, ocasionando un enorme perjuicio a la Universidad Nacional de Tucumán de características colosales. Además, el diario eltucumano demostró que la falta de resolución de la causa, que lleva más de una década en trámite, es perniciosa para la sociedad.

Sin embargo, el TOF adujo que la información solicitada estaba sujeta a reserva legal, judicial o administrativa, y que su entrega resultaba susceptible de ocasionar un daño al fin legítimamente protegido. El tribunal citó el artículo 204 del Código Procesal Penal, que establece que "el sumario será siempre secreto para los extraños” y  enfatizó que el derecho a la información no es absoluto y puede estar sujeto a excepciones del inciso g) de  la Ley 27.275: (“Información elaborada por asesores jurídicos o abogados de la administración pública nacional cuya publicidad pudiera revelar la estrategia a adaptarse en la defensa o tramitación de una causa judicial o divulgare las técnicas o procedimientos de investigación de algún delito u otra irregularidad o cuando la información privare a una persona del pleno ejercicio de la garantía del debido proceso”).

En Argentina, para solicitar información sobre la actuación judicial se debe seguir el procedimiento establecido por la Ley 27.275, presentando una solicitud por escrito y especificando la información que se desea obtener.  Esta es la primera solicitud de acceso a información realizada ante un Juzgado Federal de Tucumán.

La decisión del tribunal sienta un grave precedente para futuras solicitudes de acceso a información realizadas ante el Poder Judicial de la Nación en Tucumán y se suma al oscurantismo institucional que impregna las instituciones de la provincia que ya rechazaron pedidos de acceso a la información pública tales como la Universidad Nacional de Tucumán sobre la contratación privada del abogado Rodolfo Tercero Burgos como querellante en la "Cerisola Juan Alberto y otros s/malversación culposa" curiosamente con los mismos argumentos del TOF, el rechazo de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán a informar sobre las estadísticas en las causas sobre “violencia de género”  y el rechazo a informar los números de las cuentas públicas municipales por parte del concejo deliberante de San Miguel de Tucumán.

Frente al oscurantismo imperante a 40 años de Democracia por las castas gobernantes, eltucumano.com es -hasta hoy- el único medio de comunicación de Tucumán que ha realizado pedidos formales de acceso a la información.