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Poniendo estaba la jueza: Alicia Freidenberg fue multada tras manejar por la vereda

Peligro al volante

La jueza penal deberá pagar una multa por circular con su auto por la vereda a contramano mientras se realizaba la marcha por el Día de la Mujer. También se le suspenderá el carnet de conducir por seis meses. Cuánto deberá abonar.

Freidenberg, una vez más en el centro de la polémica.





Las imágenes son contundentes y dan cuenta de la temeraria maniobra. El pasado 8 de marzo, mientras transcurría en Plaza independencia la marcha por el Día Internacional de la Mujer Trabajadora, un auto avanzaba en plena vereda y a contramano por la semipeatonal de calle 25 de Mayo, en el microcentro ciudad. En ese momento, el vehículo se dio a la fuga, pero luego de la viralización del video, se supo que quien conducía era la jueza penal Alicia Freidenberg. Hoy se conoció que, tras aquella infracción, deberá abonar una multa de $94.230. 

En ese momento, luego de que la infracción tomó estado público, la magistrada se justificó diciendo que "tenía urgencia de salir porque llevaba en el auto a una persona descompuesta” y pidió disculpas por el episodio de protagonizó. Sin embargo, su versión de lo sucedido fue desestimada luego por el colectivo feminista “Ni una menos Tucumán” a través de un comunicado: "Freidenberg pretende salir impune cambiando la versión de los hechos. Salió a aclarar que iba con una persona descompuesta y que incluso una de las organizadoras de la marcha la saludó y le besó la mano. El accionar de esta jueza claramente no se reduce a una infracción de tránsito, ya que intentó avanzar contra la movilización poniendo en riesgo a quienes ejercían su derecho a manifestar”. A su vez, exigieron que la Corte Suprema investigue los hechos y sancione a la jueza.

El fallo del Tribunal de Faltas que se dio a conocer hoy y lleva la firma de Lucio Ferrazano, fundamenta: “De acuerdo con lo expresado en el acta de referencia, en donde la imputación es de poner el peligro la vida e integridad física de los peatones, sería aplicable lo dispuesto en el art. 48 inc. C de la ley 24449 y art. 69 del Dcto. n° 437/11". Es por esto que se sancionó a Freidenberg con una multa de $94.230 que deberá pagar en un plazo de 30 días. A su vez, se comunicó a la Dirección de Tránsito y Policía Municipal el pedido de inhabilitación de su carnet de manejo por seis meses.

 

Una jueza habituada a la polémica 

No es la primera vez que el nombre de Alicia Freidenberg aparece involucrado a una polémica. El origen de ese renombre podría remontarse al lejano 2006, cuando la vocal de la Cámara Penal Conclusional II fue destituida de su cargo por la Legislatura tucumana. Ese año, el Jury de Enjuiciamiento resolvía –con 22 votos a favor y cinco en contra- quitarle la investidura tribunalicia por considerar que su accionar permitió la fuga de un peligroso recluso, Alberto Tolosa, condenado por el brutal asesinato del remisero Luis Cisterna en 1997, a quien apuñaló una docena de veces por la espalda.

Aquella vez, y ajustándose al artículo 166 de la Ley de Ejecución de Pena Preventiva de Libertad (24.660), la jueza Freindenberg le concedió a Tolosa el 12 de agosto de 2005 la salida transitoria para visitar a familiares. El condenado aprovechó la oportunidad para fugarse, siendo recapturado seis meses después en inmediaciones de la ruta 307. 

Tres años después, la entonces ex magistrada fue restituida en su cargo por la Corte Suprema de Justicia de Tucumán, al considerar que su desplazamiento “afectó la garantía de inamovilidad de los jueces”. Según el voto de Claudia Sbdar, al que adhirieron la mayoría de los vocales del máximo tribunal, “la magistrada había sido removida de su cargo por reprochársele decisiones que resultan de una determinada interpretación de la ley regulatoria de la ejecución de las penas privativas de libertad”.

Una vez restituida en su puesto, Freidenberg acusó a la Legislatura de querer interferir en la tarea del Poder Judicial. “Ellos (los legisladores) creyeron que, con la interpretación de una ley, el Poder Judicial interfiere en lo político y son ellos los que interfirieron en mi trabajo. Me preocupa que, con mi destitución, la Legislatura haya enviado a la justicia el mensaje de que ‘con la justicia hacemos lo que queremos’”, había dicho a los medios, días después de conocerse la decisión de la Corte.

Ya en funciones, en julio de 2019, se conoció una segunda decisión polémica de la nuevamente jueza: le concedió a Eduardo Di Lella, ex secretario de Seguridad durante la gobernación de José Alperovich, que había sido condenado en febrero de ese año por el encubrimiento del femicidio de Paulina Lebbos, la “libertad inmediata”. El condenado, que se encontraba cumpliendo con una medida de prisión preventiva, aguardaba que la sentencia quede firme. En aquella ocasión, Emilio Mrad, representante legal de Alberto Lebbos, padre de la víctima y querellante, recusó a la magistrada al aducir que “tomó esta decisión sin convocar a las partes a una audiencia de prisión preventiva, ni tampoco corrió el visto al Ministerio Público Fiscal, lo cual viola el código procesal penal y el derecho de la víctima a ser escuchada”. Tres meses después, al quedar firme la condena, el sentenciado debió ser trasladado otra vez al Penal de Villa Urquiza.

El mismo año, mientras se ultimaban detalles para la elevación a juicio del ex fiscal Carlos Albaca, acusado de entorpecer el esclarecimiento del crimen de Paulina durante más de siete años, Freindenberg realizó comentarios negativos contra Lebbos, a quien endilgó, con el léxico característico de los abogados, que el padre de la víctima era parte responsable de que el caso no se resuelva. “Quiero hacer constar en el acta que la mayoría de las dilaciones han sido provocadas por planteos de las partes, especialmente del querellante. Se han perjudicado los pilares del juicio oral: la inmediatez, la economía y la celeridad”, había expresado la jueza. Sus dichos terminaron costándole su apartamiento de la causa.

“Esta señora, que es la vocal decana de la Cámara Penal, tuvo epítetos duros contra nosotros acusándonos de destruir los pilares básicos del proceso penal. Ella ya los había roto antes. Se extralimitó al dictar el cese de la prisión del condenado Di Lella sin escucharnos. Miente porque no hemos provocado dilaciones más allá de esta impugnación y lesiona el derecho de la víctima”, aseguró Mrad, en ese entonces, en respuesta a esas declaraciones.

Un tercer y último episodio polémico tuvo lugar en septiembre de 2021. Se trata de la fuga de Roberto Rejas, ex guardiacárcel condenado a prisión perpetua por el femicidio de Milagros Avellaneda y de su hijo Benicio, de dos años. En la sentencia, la jueza votó en contra del dictado de prisión preventiva de Rejas hasta que la condena quede firme. Consideraba que el asesino siempre estuvo a disposición de la Justicia, pese a que la familia de las víctimas solicitaba la medida para preservar su seguridad. A continuación, su fundamento:“En el acuerdo de esta resolución manifesté la innecesariedad del dictado de prisión preventiva. He tenido en cuenta que el imputado estuvo privado de su libertad por casi dos años, recuperada la misma estuvo a disposición permanente de la Justicia hasta el día de hoy e incluso sin oponer resistencia a su detención inicial. Es por ello que no advertí los riesgos enunciados especialmente en lo referente a la posibilidad de entorpecimiento del proceso y riesgo procesal, si bien se hace referencia a la protección del núcleo familiar de las víctimas no he advertido durante el proceso hechos que pongan en peligro al mismo, ya que no fueron denunciados. Ello no implica el incumplimiento de las normas convencionales ni leyes especiales, sin embargo, como en la votación la mayoría resolvió disponer la prisión preventiva en los términos que preceden seguiré el mismo procedimiento establecido para el dictado de una sentencia de fondo”. 

Por orden del tribunal integrado por Freidenberg, Rejas fue trasladado a la Dirección de Bomberos de la Policía de Tucumán a sabiendas de la advertencia del propio jefe de Bomberos, que aseguraba que las instalaciones no garantizaban una correcta seguridad. Apenas horas después del traslado, el condenado perpetró su fuga, siendo recapturado casi un mes después en la provincia de Salta.

En esa oportunidad, el Colegio de Abogados de la provincia no se guardó críticas en contra de Freidenberg y compañía, a quienes acusó de carecer de lógica: “La desacertada orden impartida por el tribunal integrado por Stella Maris Arce, Alicia Freidenberg y Eduardo Romero Lascano, que condenó al prófugo Rejas a perpetua por el doble crimen, a ser trasladado hasta el cuartel de la Dirección General de Bomberos, carece de lógica. Más aún con la advertencia del propio Jefe de Bomberos, que por nota a los magistrados señaló que el lugar no reunía las más mínimas condiciones de seguridad”.