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Nueve años sin respuesta: la Justicia tucumana en la mira por una causa de violencia obstétrica

a la espera de un fallo

El caso de "María Magdalena" lleva 9 años en la justicia y el 27 de febrero de 2020, la Corte Suprema de la Nación, ordenó anular el archivo de la causa e investigar con la debida diligencia. Se espera una sentencia que podría marcar la diferencia en todo el territorio nacional.





Pasó más de un año de la orden que la Corte Suprema de Justicia de la Nación le dio a la Corte Suprema de Tucumán para que se anule el archivo de la causa de "María Magdalena” y se investigue con la debida diligencia. Se trata del caso de una mujer que llegó con un aborto en curso a la guardia de la Maternidad Nuestra Señora de las Mercedes en 2012, sufrió violencia obstétrica al ser atendida.
 
"El fallo de la Corte provincial implicaría en Tucumán una clausura muy tajante de las denuncias post aborto. Sería un mensaje político claro de que, la atención de abortos está protegida por los mismos derechos que cualquier motivo de salud", señaló la abogada de la mujer, Soledad Deza en diálogo con eltucumano.com. "Sería muy importante el mensaje judicial para los otros tribunales del país, porque sería la primera sentencia que ubica la obligación estatal de investigar con debida diligencia en el campo de la atención de las violencias que ocurren en la salud", añadió.
 
En 2012 "María Magdalena" -nombre ficticio que se utiliza para resguardar la identidad de la mujer- tenía 26 años y era madre de tres hijos, y llegó con un aborto en curso para ser atendida en la Maternidad Nuestra Señora de las Mercedes. Las dos ginecólogas que la atendieron llamaron a la policía para denunciarla ante la sospecha de que se había hecho un aborto. La sometieron a un interrogatorio cargado de maltrato, le practicaron un legrado sin anestesia, de acuerdo con el testimonio de la paciente, y a continuación hicieron entrar nuevamente a su pareja con el objeto de mostrarle al feto que se la acusaba de haber abortado. Posteriormente dejaron ingresar a la madrugada a la sala de partos comunitaria a dos uniformados para tomarle declaración. 
 
Es por esto que "María Magdalena" denunció a las médicas que la atendieron. "El acoso del personal médico fue de tal magnitud que mi madre se vio presa de un ataque de nervios y mi pareja se vio fuertemente consternada no sólo con la sorpresa del embarazo que desconocíamos, sino además con el trato que se me proporcionaba: altamente violento, hostigador y acusador, lo cual me llevó a permanecer casi todo el tiempo en estado de llanto”, detalló en la presentación judicial, según consignó Página 12.

Tras presenciar lo ocurrido, las psicólogas de Maternidad impulsaron en aquella ocasión  una investigación interna en la institución para determinar las responsabilidades de lo ocurrido. "Por la mañana ingresó una psicóloga donde yo estaba internada y al constatar que me rodeaban dos policías uniformados y uno de seguridad privada en el lecho de convalecencia, quienes además me hacían preguntas sobre la denuncia formulada por mis médicas tratantes, ordenó se retiraran de inmediato, me llevaran a un lugar donde dispusiera de privacidad y dijo expresamente que se estaba violando mi intimidad”, detalló la joven mujer en su declaración.

La abogada de maternidad, Daniela De Francesco, elaboró un dictamen en el que establecía: "En el caso que nos ocupa y al haberse presumido un aborto provocado, resulta obligación del profesional médico denunciar el hecho. legalmente el procedimiento médico llevado a cabo en cuanto a la denuncia de aborto provocado, fue el correcto".
 
El 27 de febrero de 2020 la Corte Suprema de Justicia de la Nación anuló la orden de archivo de la causa contra las dos médicas que había dictado el tribunal superior de Tucumán y le indicó que reabra la investigación. La sentencia del máximo tribunal argentino se fundamenta en el artículo 7º de la “Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer”, conocida como Convención de Belén do Pará, que establece la obligación de los Estados de investigar con debida diligencia las violencias.

En el documento se establece que el archivo de la causa "configura una denegación de acceso a la justicia a quien alega ser víctima de violencia de género, así como compromete la obligación del Estado de investigar con debida diligencia la posible comisión de hechos de violencia contra la mujer", además indica que se desatendieron los derechos de acceso a la justicia y a la tutela judicial efectiva que protegen especialmente a las mujeres que alegan ser víctimas de violencia de género.

"El archivo de la investigación penal por presuntos hechos de violencia contra una mujer sin la participación idónea de quién alega ser víctima podría configurar un incumplimiento del deber de investigar con debida diligencia todos los actos de violencia contra las mujeres (art. 7, inc. b, Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer; Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, Recomendación General n° 28, párr. 19). 
La mayoría de los integrantes de la corte provincial se excusaron de intervenir en la causa, solo quedó Daniel Leiva como miembro de la corte tucumana para dictar el fallo y por esa razón tuvieron que conformar el tribunal con otros dos magistrados: Fabián Fradejas y Carolina Bahler. 
 
Cabe recordar que, en 2014, se dio otro caso similar en Tucumán con repercusión nacional, en el que "Belén", la mujer denunciada por un aborto espontáneo, quedó presa durante casi dos años hasta que la Corte provincial la absolvió. En ambos casos se da una violación del secreto profesional. "Fabián Fradejas fue quien valoró mal el secreto profesional cuando la condenó a Belén, por eso en el caso de María Magdalena, recusamos y nos negaron la recusación", recordó la abogada Feminista.
 
"Entre María Magdalena y después de Belén, en Tucumán se siguió violando la confidencialidad en la atención post abortos. Si la corte se hubiera pronunciado cuando tenía que hacerlo, Belén no habría estado presa. Esa decisión habría evitado la criminalización de los abortos que se ha continuado incrementando desde María Magdalena y después de Belén. Lo importante es que, detrás de esa criminalización de las mujeres que llegan con abortos, hay violencias que quedan naturalizadas", añadió Deza.

"La denuncia de aborto supone la violación de un secreto profesional que es un delito. Lo que le pasó a Belén no es accidental. Se preparó el terreno en 2012, la misma ministra de Salud actual, Rossana Chahla, que en ese entonces era la directora de la Maternidad, avaló la violación del secreto profesional", sentenció la letrada.