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El Poder Judicial de Tucumán vuelve a abrir sus puertas, pero sólo para abogados

JUSTICIA EN CUARENTENA

Con severas restricciones retomarán el trabajo presencial los empleados judiciales, que durante la mayor parte de la pandemia cumplieron labores desde sus hogares. Cómo será la atención planteada por la Corte Suprema tucumana.

Palacio de Tribunales, cerrado. (Foto: Dirección de COmunicación del Poder Judicial)





Desde este lunes 12 de octubre, feriado al conmemorarse un nuevo aniversario del Día de la Diversidad Cultural, el Poder Judicial de Tucumán dispuso volver a abrir sus puertas. Lo hará para atender de manera presencial a abogados que previamente soliciten su turno a través del portal del Sistema de Administración de Expedientes (SAE).

Mediante la Acordada 950/20, la Corte Suprema de Justicia local establece que la atención a los profesionales se llevará a cabo en dos turnos, de 07.30 a 13 y de 13.30 a 19, y sólo por tres personas en cada unidad jurisdiccional; dos por la mañana y otra por la tarde.

El documento que determina el final parcial del trabajo en la comodidad del hogar para empleados judiciales lleva las firmas de la presidenta del máximo tribunal, Claudia Sbdar, y de los vocales Daniel Posse, Daniel Leiva y Eleonora Rodríguez Campos. El vocal decano de la Corte, Antonio Estofán, no votó al encontrarse de licencia hasta el 14 de octubre.

El documento también establece que, mientras se extienda la nueva modalidad, los plazos procesales de todas las causas en trámite permanecerán abiertos y que cada magistrado podrá disponer su suspensión cuando considere que la tramitación pudiere afectar el ejercicio de derechos de algunas de las partes.

Por último, desde la Corte se indica a todos los jueces que se disponga la realización de audiencias bajo la modalidad remota, mediante las denominadas “salas virtuales” (aprobada por las Acordadas 226/20 y 342/20).

Hace poco menos de dos semanas, desde el Colegio de Abogados de Tucumán se había referido en duros términos a la última decisión del máximo tribunal de prorrogar la modalidad de trabajo remoto. Por este motivo elevaron a la máxima autoridad judicial un rechazo al formato que vence este lunes, al que adjuntaron un protocolo de atención de similares características al anunciado este viernes por la cúpula judicial, basado en el protocolo adoptado por la administración judicial de Buenos Aires.

“En los hechos, la modalidad implementada ha tenido como consecuencia inevitable la virtual paralización de un enorme porcentaje de los procesos en trámite”, se habían quejado los letrados colegiados locales.

Según las últimas cifras de gestión dadas a conocer por el Poder Judicial de Tucumán, entre el 27 de abril y el 29 de septiembre ingresaron por la vía digital 19.668 expedientes y se registraron 1.190.884 actuaciones judiciales en 134.092 expedientes. En este mismo período se dictaron de manera digital más de 28.000 sentencias -definitivas e interlocutorias-, y se registraron 356.400 presentaciones digitales efectuadas por 5.046 presentantes, de los cuales el 84% son abogados. Entre otros actos procesales digitales, se realizaron 35.800 oficios por parte de las unidades jurisdiccionales. Además, la Corte destaca que más de 180 entidades externas sumaron casillas digitales, cuestión que permite prescindir del papel para las comunicaciones y presentaciones entre las unidades jurisdiccionales y entidades.

 
Lo resuelto por la Corte en la Acordada 950/20
 
I.- DISPONER que desde el 12/10/2020 se establece la atención presencial a profesionales por el sistema de turnos del Portal del SAE (de 8 a 12 horas) para lo cual el/la profesional deberá indicar el/los expedientes a cotejar y justificar el motivo de ello. Asimismo, se podrán retirar o devolver expedientes y/o documentación mediante dicho sistema.

II.- ESTABLECER que durante este período los plazos procesales de todas las causas en trámite continuarán abiertos y las/os magistradas/os podrán disponer su suspensión cuando consideren que la tramitación pudiere afectar el ejercicio de derechos de algunas de las partes; asimismo, cuando fuere solicitada por alguna de las partes, por el Ministerio Público Fiscal o por el Ministerio Pupilar y de la Defensa, conforme a lo considerado.

III.- DISPONER que las/os juezas/ces que dispongan la realización de audiencias, deberán efectuarlas bajo la modalidad de audiencia remota, aprobada por Acordadas N°226/20 (art. 26) y Nº342/20 (Anexo), a través de las salas virtuales (Acordada Nº532/20). También se deberá intensificar la utilización de la plataforma "Macronline" para las órdenes de pago, aprobada por Acordada Nº 228/20 y demás normativa concordante.

IV.- DISPONER la concurrencia de un máximo de dos agentes (funcionarios/as y/o empleados/as) en cada unidad jurisdiccional de 7:30 a 13:00 horas, para la atención de profesionales con turno y para la extracción de registros fotográficos y escanees; y un solo agente en el horario de 13:30 a 19 horas para la extracción de registros fotográficos y escanees con el fin de evacuar las consultas remotas. Asimismo, se deberán organizar las tareas de limpieza y desinfección en cada unidad jurisdiccional. Se comunicará a la Secretaría de Superintendencia ([email protected]) los datos de los agentes, y se respetarán las pautas de bioseguridad dispuestas en Acordada Nº 288/20.

V.- DISPONER que los Funcionarios/as de la Oficina de Oficiales de Justicia, Oficiales Notificadores, del Gabinete Psicosocial del Fuero de Familia, del Gabinete Psicosocial Multifueros, de la Oficina de Asistencia a la Víctima, del Cuerpo de Peritos Médicos y de la Justicia de Paz que deban ejecutar en forma presencial las medidas ordenadas por los/as distintos/as Magistrados/as, en especial las del fuero de Familia, deberán ser realizadas de acuerdo al protocolo específico. También concurrirán los integrantes de la Oficina de Casillero de Notificaciones para el escaneo y presentación de mandas al "Portal al SAE".

VI.- DISPONER que el personal de las unidades no jurisdiccionales y de los Juzgados de Paz prestará funciones con la modalidad que se adecúe a las necesidades de servicio, lo que será dispuesto por su titular. En el caso de la Justicia de Paz, se comunicará hasta el 12/10/2020 a la Secretaría de Superintendencia de Juzgados de Paz los datos de los agentes y se respetarán las pautas de bioseguridad dispuestas en Acordada Nº288/20.

VII.- INVITAR al Ministerio Público Fiscal y al Ministerio Pupilar y de la Defensa a adoptar las medidas que estime pertinentes en función de lo aquí establecido y en un marco de criterios comunes de aplicación.

VIII.- COMUNICAR al Comité Operativo de Emergencia Epidemiológica (COE).

IX.- NOTIFICAR a los Colegios de Abogados de Tucumán, del Sur, y de Procuradores de Tucumán.

X.- PUBLiQUESE.


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