A través de una resolución del Ministerio de Salud, se oficializó el mecanismo para que los centros asistenciales bajo jurisdicción nacional recuperen costos. Se garantizará la atención gratuita únicamente en casos de emergencia con riesgo de vida. La medida no afecta a ningún nosocomio tucumano.
Milei y Lugones. Foto TN.-
El Gobierno nacional dio un paso clave en su reforma migratoria este martes al publicar en el Boletín Oficial la reglamentación que obliga a los extranjeros que no tengan residencia permanente a pagar por las prestaciones médicas recibidas en el sistema público nacional. La medida, ejecutada por el Ministerio de Salud bajo la conducción de Mario Lugones, retoma los lineamientos del DNU 366/2025 firmado por el presidente Javier Milei el año pasado, el cual ya planteaba el arancelamiento de la salud y la educación para extranjeros no residentes, aunque su aplicación efectiva en el área sanitaria se encontraba pendiente.
Es importante destacar que esta nueva normativa alcanza exclusivamente a los hospitales públicos que dependen directamente de la Nación. El objetivo de la cartera de Salud es unificar el procedimiento para estos establecimientos y establecer reglas claras para el recupero de los gastos generados por la atención de pacientes que no residen en el país. No obstante, la implementación operativa y el armado de los mecanismos internos de cobro quedarán bajo la responsabilidad de cada hospital nacional.
A diferencia de lo que ocurre en otras jurisdicciones del país, la provincia de Tucumán no cuenta con hospitales públicos bajo la órbita directa del gobierno nacional. Toda la red sanitaria de alta, mediana y baja complejidad se encuentra centralizada y administrada por el Sistema Provincial de Salud (SIPROSA), dependiente del Ministerio de Salud Pública local. De esta manera, establecimientos de referencia regional como los hospitales Ángel C. Padilla, Centro de Salud Zenón J. Santillán, el Hospital del Niño Jesús y la Maternidad Nuestra Señora de las Mercedes, se financian y gestionan exclusivamente con recursos y directivas de la administración pública tucumana.
El esquema de pago contempla dos modalidades: si el paciente posee un seguro de salud, el establecimiento podrá facturar los costos directamente a la aseguradora correspondiente; en cambio, si la persona no cuenta con cobertura médica, deberá abonar la prestación de forma previa a ser atendida. Por otro lado, la situación no cambia para los ciudadanos argentinos ni para los extranjeros con residencia permanente, quienes mantienen el acceso gratuito al sistema nacional de salud acreditando su condición con el Documento Nacional de Identidad.
A pesar de los cambios, la reglamentación asegura que la atención de emergencias seguirá garantizada para todas las personas, sin importar su estatus migratorio. Las instituciones no podrán negar ni demorar la asistencia por trámites administrativos cuando exista un riesgo inminente para la vida o para funciones vitales, categoría que incluye casos de infartos, accidentes cerebrovasculares (ACV), traumatismos graves, hemorragias masivas y urgencias obstétricas, pediátricas o neonatales. Sin embargo, una vez que la situación crítica haya sido superada, todas las prestaciones posteriores podrán ser facturadas al paciente o a su seguro.
Esta medida se inscribe en una estrategia migratoria más amplia de la actual administración, que incluye la búsqueda de acuerdos para arancelar la salud y la educación en otras jurisdicciones, como la provincia de Buenos Aires, y la habilitación de mecanismos para expulsar a extranjeros que inciten a la violencia o al odio contra los argentinos.