DICTAMEN DE COMISIÓN

Un informe revela la gravedad institucional detrás del encarcelamiento del abogado Gustavo Morales

El letrado había sido privado de su libertad por su presunta instigación al intento de acuartelamiento de la Policía de Tucumán, desactivado a tiempo por el Gobierno provincial. Una comisión ad hoc del Colegio de Abogados consideró que la jueza Valeria Mibelli y la fiscal Mariana Rivadeneira violentaron la ley que se supone deben hacer cumplir. La decisión de elevar la petición a la Legislatura ahora está en manos de Rodolfo Gilli, presidente del cuerpo letrado.

08 Mar 2024 - 10:40

Jueza Victoria Mibelli y fiscal Mariana Rivadeneira.-

"Habiendo debatido en extenso los asuntos puesto en consideración, por las consideraciones y fundamentos que se exponen seguidamente, esta Comisión aconseja al Honorable Consejo Directivo del Colegio de Abogados promover el Juicio Político de la Sra. fiscal Mariana Marta Rivadeneira por encontrase incursa en las causales previstas en la ley 8734, art. 19 incisos 1, 2 y 7 y de la Sra. Jueza María Valeria Mibelli por hallarse incursa en las causales previstas en el art. 19 inc. 1 y 2".

El texto forma parte del dictamen elevado por la Comisión Asesora de Juicio Político del Colegio de Abogados de Tucumán a su presidente, Rodolfo Gilli y refiere directamente a las actuaciones de la fiscal Rivadeneira por el requerimiento de allanamiento, secuestro de bienes y detención del abogado Gustavo Morales; y por la aprobación de la jueza Mibelli  a las medidas mencionadas. Es que para el comité encargado de analizar el proceder de las integrantes del Ministerio Público Fiscal de la Provincia, ambas habrían violentado la ley que juraron defender.

La resolución tuvo lugar este viernes 8 de marzo, una semana después de la liberación del letrado Morales, quien fue acusado e imputado por presunta instigación a la sedición de agentes de la Policía de Tucumán. Días antes de la detención, desde el Gobierno provincial anunciaban la desactivación de un supuesto plan de acuartelamiento de miembros de la fuerza en descontento por sus salarios. Según la acusación, elaborada por Rivadeneira, el mencionado abogado habría utilizado redes sociales como Tik Tok para pergeñar la “caída” del jefe policial, Joaquín Girveau Olleta.

En el informe logrado por los abogados miembros de la comisión, destacan críticas a la fiscala en cuestiones tendientes a la elaboración misma de la causa, dejando entrever, de una u otra forma, un armado forzado de los acontecimientos con el solo fin de acometer la privación de la libertad del acusado:

“…las medidas requeridas (sobre todo la detención) y la forma de su ejecución revelan un abuso de poder, inadmisible con las obligaciones de su cargo, y desproporcionadas al fin perseguido”.

“La Sra. Fiscala recurre al empleo de argumentaciones falaces, que constituyen una burla al entendimiento medio de nuestra sociedad”.

Las pruebas presentadas por la fiscala, según revela el mismo informe, fueron comentarios de Morales en Tik Tok a publicaciones ajenas y material audiovisual autoría del abogado en un grupo de WhatsApp cuyo nombre hacía mención al reclamo salarial. Sin embargo, para la comisión ninguno de esos elementos puede ser considerados como prueba y mucho menos si se trata de opiniones personales en pleno ejercicio de la libertad de expresión.

“…la imputación de una actividad delictiva, requiere la precisión de los elementos típicos que encuadran dentro de la conducta mínimamente verificada como realizada por la persona a la cual se le imputa el hecho, lo cual nunca puede nacer de inferencias, meras suposiciones o conclusiones sacadas a partir del ejercicio de un derecho constitucional como es el derecho a la libre expresión”.

En cuanto al proceder de Valeria Mibelli, que se convirtió en jueza en 2022, la comisión demostró su preocupación ante el criterio utilizado para hacer lugar a las medidas de acusación y de privación de la libertad, basadas en afirmaciones sin sustento evidente, lo que hace suponer a los letrados una actuación viciada de arbitrariedad y dogmatismo.

“La actuación de la Sra. Jueza, circunscripta a vaguedades, suspicacias, otorgamiento de valor de prueba legal a las afirmaciones de un funcionario público, que ella debe controlar, nos permite afirmar que se trata de un documento viciado de dogmatismo y fundamentación aparente lo que a todas luces lo convierte en arbitrario”.

Por último, la comisión del colegio letrado insiste en que el accionar de la Justicia en este caso particular va en contra del derecho constitucional del ejercicio de la libre expresión que los jueces están obligados a proteger.

“Adicionalmente, siendo rigurosos debemos señalar que, la Jueza, debió de detener la acusación por cuanto de la descripción de los hechos relativos a la actividad presuntamente cumplida por Gustavo Morales no surge cosa distinta al libre ejercicio de su derecho a expresarse, el cual es un derecho constitucional que la Sra. Jueza esta llamada a proteger… consideramos que ha incurrido en incumplimiento grave de sus deberes de Jueza de garantía”.

El dictamen completo:


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