NUEVO OMBUDSMAN

Estos son los 52 candidatos a Defensor del Pueblo de Tucumán

El 26 de febrero podría conocerse al nuevo encargado de velar por la defensa, protección y promoción de los derechos humanos individuales y colectivos de los tucumanos. La Legislatura designará al próximo ombudsman que estará al frente de la Defensoría del Pueblo los próximos cinco años.

10 Feb 2021 - 08:47

Sede central de la Defensoría del Pueblo de Tucumán.

El martes 9 de febrero venció el plazo de inscripción de postulantes para el cargo de Defensor del Pueblo de Tucumán: en total, 52 tucumanos se inscribieron para estar al frente de la Defensoría del Pueblo los próximos cinco años. Ya rige el plazo para impugnaciones de candidatos y de cumplirse el cronograma previsto, el 26 de febrero podría conocerse si Fernando Said Juri Debo es ratificado por la Legislatura o si le designa un nuevo ombudsman.

"El Defensor del Pueblo tiene a su cargo velar por la defensa, protección y promoción de los derechos humanos y demás derechos e intereses individuales, colectivos y difusos tutelados en la Constitución de la Provincia, la Constitución Nacional, los Tratados Internacionales y las Leyes, frente a los actos, hechos u omisiones de la Administración Pública provincial y municipal, o de prestadores de servicios públicos, siendo todas sus actuaciones gratuitas para el ciudadano.

Además, deberá velar por el buen orden, decoro y regularidad de la Administración Pública, por la dignidad de la función pública y por la respetabilidad de las autoridades administrativas, funcionarios, agentes y de cualquier persona que actúe al servicio de la Administración Pública centralizada, descentralizada y autárquica".

Entre el 3 y el 9 de febrero se han inscripto 52 tucumanos para ocupar el cargo: los requisitos eran ser ciudadano natural en ejercicio o legal de dos años; mayor de 25 años; domiciliado en la provincia en forma ininterrumpida por lo menos de dos años; y algunas incompatibilidades como afiliación política partidaria.

Desde mañana y hasta el 17 (teniendo en cuenta el feriado de carnaval) rige el plazo para las impugnaciones; entre el 18 y 22 hay tres días hábiles para el traslado y el mismo plazo tendrá entre el 23, 24 y 25 del corriente la comisión de Asuntos Constitucionales y Peticiones y Acuerdos de la Legislatura de Tucumán; desde el 26, el parlamento tucumano podrá designar al nuevo Defensor del Pueblo.

Estas son las competencias del Defensor del Pueblo

"Dentro del concepto de Administración Pública provincial, a los efectos de la presente Ley quedan comprendidas la administración centralizada y descentralizada, entidades autárquicas, empresas del Estado, sociedades del Estado, sociedades de economía mixta; sociedades con participación estatal mayoritaria; y todo otro organismo del Estado Provincial cualquiera fuere su naturaleza jurídica, denominación, ley especial que pudiera regirlo, o lugar donde preste su servicio.

Quedan comprendidas dentro de la competencia de la Defensoría del Pueblo, las personas jurídicas públicas no estatales que ejerzan prerrogativas públicas y las privadas prestadoras de servicios públicos.

En este caso, y sin perjuicio de las restantes facultades otorgadas por esta Ley, el Defensor del Pueblo puede instar de las autoridades administrativas competentes el ejercicio de las facultades otorgadas por Ley.

 Quedan exceptuados del ámbito de competencia de la Defensoría del Pueblo, el Poder Judicial y el Poder Legislativo"

Objeto

"El Defensor del Pueblo tiene a su cargo velar por la defensa, protección y promoción de los derechos humanos y demás derechos e intereses individuales, colectivos y difusos tutelados en la Constitución de la Provincia, la Constitución Nacional, los Tratados Internacionales y las Leyes, frente a los actos, hechos u omisiones de la Administración Pública provincial y municipal, o de prestadores de servicios públicos, siendo todas sus actuaciones gratuitas para el ciudadano.

 Además, deberá velar por el buen orden, decoro y regularidad de la Administración Pública, por la dignidad de la función pública y por la respetabilidad de las autoridades administrativas, funcionarios, agentes y de cualquier persona que actúe al servicio de la Administración Pública centralizada, descentralizada y autárquica"

Independencia

"Ejerce su función sin recibir instrucciones de autoridad alguna, no está sujeto a mandato imperativo alguno, desempeñando sus funciones con autonomía y conforme a su buen criterio, conciencia y sano juicio, respetando y haciendo cumplir la Ley".

Los 52 tucumanos que aspiran a ocupar el puesto de ombudsman

Cambera Amelia
Lobo Bougeau
Prospero Martín Guerrero
Aramayo Mario
María Fernanda García
Iván Llorens Dip
Silvan María Marta
Castro Vanesa Raquel
Ibañez Saúl Alberto
Koltan Mario
Rodríguez Julieta
Rossini Paola
Monasterio Arroyo Karina
Monasterio Arroyo Valeria
Selín Lorena Paola
Kassar Francisco Martín
Paz Belén Rocío
Juri Fernando Said
Agenor González Ramón
Del Campo Adriana Marianela
Pereyra Sandra Patricia
Ruiz Antonia Amalia
Morales Ebrahim Gladys
Guardia Victor Hugo
Martinez Edgardo Sebastian
Vega Juan Santos
José Guillermo Rodríguez
Nicolás Juárez Dappe
Eduardo Cobos
María Fernanda Juárez
Ana Raquel Soria
Cesar Ismael Toledo
Miguel Francisco Paz
Julio Roberto Bringas
Daniel Alberto Ponce
Hernán Guillermo Santana Vacas       
Ana Valoy
Víctor Hugo Giudice
Sebastián Arena
Santos Roberto Santana Vacas
Edith Deolinda Guardia
Ramon Víctor Fabio Lastra
Nilda Amalia Medici Paz
María Emilia Saavedra
María Emilia Saab
Ángel Esteban Soria
María Inés Guzmán
Jose E. Garcia
Ana María Rodríguez
Betiana Jiménez
Ana María Bestani
María Priscila Paz

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