Todavía podés postularte para ser el Defensor del Pueblo de Tucumán
INSCRIPCIONES ABIERTAS
Hasta el martes 9 de febrero se reciben los pliegos de los aspirantes a ocupar el cargo de ombusdman. El actual titular de la Defensoría del Pueblo, Fernando Said Juri Debo, buscará ser reelecto. Requisitos para aspirar el cargo que será designado por la Legislatura.

Foto: Facebook Defensoría del Pueblo de Tucumán.
Hasta el próximo martes 9 de febrero, todo ciudadano tucumano (mayor de 25 años, domicilio en la provincia y sin afiliación a un partido político) puede postularse para ser el próximo Defensor del Pueblo de Tucumán. El próximo ombusdman será designado por la Legislatura de Tucumán para presidir la Defensoría del Pueblo, cuyo objetivo es "la protección y defensa de los derechos e intereses legítimos de las personas y de la comunidad".
Este 8 de marzo vencen los 5 años de mandato de Fernando Said Juri Debo, designado en 2016. La semana pasada, el parlamento tucumano convocó "a inscripción de interesados para cubrir el cargo de Defensor del Pueblo de la Provincia". Los interesados pueden inscribirse hasta el 9 de febrero en la sede del Poder Legislativo de Tucumán (Muñecas 951, San Miguel de Tucumán) de 9 a 12.30.
Estos son los requisitos que deben cumplir los postulantes:
1. Ciudadanía natural en ejercicio o legal después de dos años de obtenida.2. 25 años de edad, como mínimo.3. Estar domiciliado en la provincia en forma ininterrumpida por lo menos dos años antes de su designación.4. Incompatibilidades. "El cargo de Defensor del Pueblo tiene las mismas incompatibilidades e inhabilidades que las previstas para el ejercicio de la Magistratura Judicial. Le está especialmente vedado estar afiliado a partido político alguno, así como la actividad política partidaria.La incompatibilidad para acceder a cargos electivos subsiste durante los dos (2) años posteriores al cese de sus funciones.Son de aplicación al Defensor del Pueblo, en lo pertinente, las normas en materia de recusación y excusación previstas en el Código de Procedimientos en lo Civil y Comercial de la Provincia".
Los interesados deberán inscribirse en Mesa de Entradas de la Legislatura, en Muñecas 951, 2do. Piso, debiendo presentar: a) fotocopia de su documento de identidad, donde conste su domicilio actualizado; y b) Currículum Vitae.
La designación del ombusdman surge "por el voto de la mayoría absoluta del total de los miembros en sesión especial y pública convocada al efecto". La comisión de Peticiones y Acuerdos analizará las postulaciones, que hasta el momento serían unas 30. Tras ello, elevará dictamen con los pliegos para nombrar un titular y dos adjuntos.

Estas son las competencias del Defensor del Pueblo
"Dentro del concepto de Administración Pública provincial, a los efectos de la presente Ley quedan comprendidas la administración centralizada y descentralizada, entidades autárquicas, empresas del Estado, sociedades del Estado, sociedades de economía mixta; sociedades con participación estatal mayoritaria; y todo otro organismo del Estado Provincial cualquiera fuere su naturaleza jurídica, denominación, ley especial que pudiera regirlo, o lugar donde preste su servicio.
Quedan comprendidas dentro de la competencia de la Defensoría del Pueblo, las personas jurídicas públicas no estatales que ejerzan prerrogativas públicas y las privadas prestadoras de servicios públicos.
En este caso, y sin perjuicio de las restantes facultades otorgadas por esta Ley, el Defensor del Pueblo puede instar de las autoridades administrativas competentes el ejercicio de las facultades otorgadas por Ley.
Quedan exceptuados del ámbito de competencia de la Defensoría del Pueblo, el Poder Judicial y el Poder Legislativo"
Objeto
"El Defensor del Pueblo tiene a su cargo velar por la defensa, protección y promoción de los derechos humanos y demás derechos e intereses individuales, colectivos y difusos tutelados en la Constitución de la Provincia, la Constitución Nacional, los Tratados Internacionales y las Leyes, frente a los actos, hechos u omisiones de la Administración Pública provincial y municipal, o de prestadores de servicios públicos, siendo todas sus actuaciones gratuitas para el ciudadano.
Además, deberá velar por el buen orden, decoro y regularidad de la Administración Pública, por la dignidad de la función pública y por la respetabilidad de las autoridades administrativas, funcionarios, agentes y de cualquier persona que actúe al servicio de la Administración Pública centralizada, descentralizada y autárquica"
Independencia
"Ejerce su función sin recibir instrucciones de autoridad alguna, no está sujeto a mandato imperativo alguno, desempeñando sus funciones con autonomía y conforme a su buen criterio, conciencia y sano juicio, respetando y haciendo cumplir la Ley".