Arranca el juicio por el desfalco de fondos de YMAD que debían destinarse a la Ciudad Universitaria
Este lunes tendrá lugar la primera audiencia oral y pública del juicio contra el ex Rector Cerisola y funcionarios de la Universidad Nacional de Tucumán por el desmanejo de U$S 85 millones y la "falsificación" de la construcción de la Ciudad Universitaria, la causa por corrupción más resonante de la historia de nuestra provincia.
Este "elefante" de cemento en el cerro es la tercera parte de una de los -por lo menos- cinco blocks de viviendas proyectados.
Este lunes 27 de mayo a las 9:30 en la sede del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán comienza el juicio oral y público de la causa por defraudación contra la administración pública, defraudación por administración fraudulenta, abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público contra el ex Rector de la Universidad Nacional de Tucumán (UNT), Juan Alberto Cerisola, y funcionarios de su gabinete, en el proceso por corrupción más importante de la historia de nuestra provincia: allí se investiga el supuesto desmanejo de unos U$S 85 millones provenientes de Yacimientos Mineros Aguas de Dionisio (YMAD) que debían destinarse a la construcción de la Ciudad Universitaria en el cerro San Javier.
La vigente Ley 14.771 de creación de YMAD ordena construir la Ciudad Universitaria de San Javier "conforme a los planos ya aprobados" con el 40% de las utilidades de la minera nacional. Su construcción fue falsificada en documentos y el campus (diseñado por Jorge Vivanco, Horacio Caminos y Eduardo Sacriste durante el rectorado de Horacio Descole) se declaró "terminado"; así los fondos para la UNT pasaban a ser de "libre disponibilidad" del Rectorado y se reducían a la mitad, mientras que el otro 20% se distribuía desde ese momento en el sistema universitario nacional, según el artículo 18 de la citada ley, promulgada en el Boletín Oficial el 9 de enero de 1959, durante la presidencia del radical Arturo Frondizi.
Ley 14.771 de creación de YMAD
ARTICULO 18- Las utilidades líquidas y realizadas que arrojen los balances se distribuirán en la siguiente forma:
a) El sesenta por ciento (60%) para la provincia de Catamarca. Hasta el 7 de junio de 1968, o antes si se concluyera en menos tiempo la ciudad universitaria, el porcentaje establecido se reducirá al 50% del total general, destinándose el 10% restante a la referida construcción emprendida por la Universidad Nacional de Tucumán;
b) El cuarenta por ciento (40%) restante será destinado para la terminación de la ciudad universitaria, conforme a los planos ya aprobados;
c) Una vez cumplidos los propósitos señalados en el punto anterior, de ese porcentaje del cuarenta por ciento (40%) se destinará el cincuenta por ciento (50%) a la Universidad Nacional de Tucumán y el cincuenta por ciento (50%) restante a la formación de un fondo nacional que será distribuido entre las demás universidades del Estado.
Sin embargo, la Ciudad Universitaria de San Javier fue "reemplazada" por una serie de obras menores y refacciones en las Facultades de la UNT, que devinieron en una denuncia del arquitecto Ramón Eudal –ya fallecido- en el año 2010 que devino en una investigación por los sobreprecios en esas obras y la malversación de los fondos en colocaciones financieras. La investigación estuvo a cargo del fiscal Carlos Brito, quien no hizo mucho énfasis en el presunto delito de fondo: la no-construcción de la Ciudad, una mega obra para la que Juan Domingo Perón ordenó expropiar 18.000 hectáreas en los cerros tucumanos y que llevó a Frondizi a resolver el litigio entre la UNT y Catamarca mediante la Ley de YMAD, que determinó el destino único de esos fondos, legados a la Universidad por Abel Peirano, el descubridor de la enorme mina de oro, cobre y plata.
En el pedido de elevación a juicio de la causa en el año 2018, Brito le dedicó un párrafo a este asunto. Allí se lee: “Ahora bien, merece especial análisis la conducta del ex Rector Juan Alberto Cerisola, al rubricar, como representante de la Universidad Nacional de Tucumán, el Convenio Nº 6 UNT - YMAD, de fecha 02/01/2008 en el que dio por satisfecha la obligación del YMAD de distribuir el porcentaje del 40% de sus utilidades, previsto en el art. 18, inc. "b" de la Ley 14.771, reduciendo el porcentaje al 20 % de manera arbitraria y sin un examen fundado de especialistas en la materia, es decir que no existe ningún antecedente y/o informe técnico que avalase tal decisión, advirtiendo además la llamativa fecha que se firmó".
En el Acta Nº498 del directorio de YMAD (27 de diciembre de 2007) consta que los radicales Rodolfo Martín Campero y Mario Marigliano -ya fallecido- (ambos ex rectores y en ese momento directores en representación de la UNT) promovieron y redactaron las condiciones del acta que firmó el 2 de enero de 2008 el por entonces Rector Cerisola con YMAD, declarando "satisfecho" el derecho de la Casa de Altos Estudios de recibir fondos para la Ciudad Universitaria como el final de la obligación de remitir el 40% de las utilidades de la empresa a la Universidad.
Así, desde ese momento, las regalías mineras para la UNT disminuyeron del 40% al 20% pero pasaron a ser de libre disponibilidad a favor del Rectorado, mientras que el 20% restante se repartía desde entonces entre las demás universidades nacionales.
En 1991, YMAD convocó a concurso público para la explotación de la mina de Bajo de la Alumbrera. En el '93 Carlos Menem sancionó la Ley de Inversiones Mineras y en el '94 se concesionó la mina a Minera Alumbrera Ltd, una Unión Transitoria de Empresas (UTE) entre YMAD y Minera Alumbrera. La inversión inicial habría ascendido a por lo menos U$S1.200 millones, aunque se ha insinuado que fueron muchos más. Hacia el '97 comenzó la extracción de oro y plata y se proyectaba que las utilidades llegarían a los socios de YMAD (Catamarca y la UNT) hacia el año 2012 o incluso para el 2014.
Sin embargo, en el año 2005 los directores de la UNT en YMAD Rodolfo Campero y Héctor Carlos Ostengo tomaron conocimiento de un cambio en la titularidad de acciones de Wheaton River Minerals Ltd, empresa integrante de Minera Alumbrera Ltd, por U$S 250 millones. Esta maniobra -que no habría sido informada- fue impugnada por la UNT, según reveló en diciembre de 2023 el abogado Carlos Benito Garzón, asesor de los directores de la UNT, en el diario La Gaceta. Campero presentó una nota ante Minera Alumbrera y obtuvo el adelanto de un millón de dólares que el entonces Rector Marigliano destinó al Museo de la UNT -que ya estaba en marcha- y no a la Ciudad Universitaria como ordenaba la ley 14.771.
"Ya redactada la impugnación a la restitución de capital, antes de firmarla Rodolfo Campero dijo que hablaría con las autoridades de la Minera y se llevó la nota de impugnación. No recuerdo el tiempo que llevó dicha “negociación”, pero a consecuencia de lo cual se llevaría a una sesión especial para tratar la desvinculación de la empresa en cuestión, pero Minera Alumbrera se comprometía a liquidar regalías a partir del año 2006 y no como estaba previsto para 2012 o 2014, según fuese el “rendimiento” de la explotación minera. En síntesis: se logró adelantar el pago de regalías mineras en seis años", escribió Garzón en La Gaceta.
Ese acuerdo se consagró en el contrato que firmó Marigliano con Julián Patricio Rooney -gerente Comercial, Legal y de Asuntos Corporativos y Vicepresidente de Minera Alumbrera- el 30 de noviembre de 2005, el primer millón de la minería que llegó a la UNT, destinado supuestamente a una obra que ya estaba proyectada y en curso. Rooney estuvo procesado y embargado por contaminación ambiental con metales pesados de la cuenca Salí-Dulce. En 2007, Marigliano fue candidato a gobernador por la Unión Cívica Radical, de la que era presidente en Tucumán. Ese primer millón no figuraría en los balances de la Universidad, pero sí aparece en los expedientes donde Campero y Marigliano reclamaban desde YMAD por el destino de los fondos a Cerisola años después.
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En la causa que inicia el lunes están imputados el ex Rector Juan Alberto Cerisola y los exfuncionarios universitarios Olga Cudmani –titular de la Dirección de Construcciones Universitarias-, Osvaldo Venturino –Director de Inversiones y Contrataciones- y Luis Fernando Sacca –subsecretario de Políticas Administrativas y Gestión-. Todos fueron procesados como coautores del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública (art 174, inc 5, en función del art.173, inc 7 del CP). Sacca por las colocaciones financieras del dinero YMAD y los otros exfuncionarios por la realización y refacción de obras con esos fondos. Además, a Cerisola y a Sacca se los procesó por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público (art. 248 CP).
La causa comenzó en el año 2010 y el pedido de elevación a juicio a cargo del fiscal Brito llegó recién en 2018. Tras años de dilaciones y postergaciones, el juicio se demoró todavía más por la reciente renuncia del presidente del Tribunal Oral Federal, Carlos Enrique Jiménez Montilla. El tribunal estará finalmente integrado por los jueces Dr. Abelardo Jorge Basbús, Ana Carina Farías (ambos del TOF de Santiago del Estero) y Dr. Enrique Lilljedahl (TOF de Catamarca). En la audiencia preliminar se impidió el acceso a la prensa, lo que valió una severa advertencia del Foro de Periodismo Argentino (FOPEA).
En el juicio oral y público, la Justicia Federal debería determinar la responsabilidad de Cerisola y sus exfuncionarios, como también de los ex Rectores Campero y Marigliano por su rol en YMAD. A lo largo del proceso judicial, la causa que se fue dividiendo y estuvieron procesados más de 20 empresarios tucumanos por las obras del nuevo plan de obras de la UNT; además, el fiscal federal Antonio Gustavo Gómez requirió también la indagatoria y detención de la ex vicerrectora María Luisa Rossi de Hernández y los históricos funcionarios José Hugo Saab y Augusto González Navarro (en ese momento y hoy aun secretario general y director de Asuntos Jurídicos de la UNT respectivamente), al considerar que “no fueron ajenos a las maniobras por las que resultaron procesados Cerisola, Cudmani, Venturino y Sacca”, pero el fiscal fue apartado de la causa por una presunta enemistad manifiesta denunciada por Brito.
En mayo de 2023, el diario eltucumano.com localizó los planos de la Ciudad Universitaria en la Planoteca de la secretaría de Planeamiento y Obras. Recordando que la Ley 14.771 ordena construir la Ciudad Universitaria “conforme a los planos ya aprobados”, se alertó a las autoridades universitarias y se pidió su resguardo a la Justicia Federal, en tanto podrían ser pruebas de un delito. De acuerdo a la Ley, la UNT debió –y debe- construir el campus de acuerdo a aquellos planos desde el momento en que recibió el dinero de YMAD. El Rectorado creó una comisión para estudiar los planos, y las autoridades sostienen que las más de 2.700 láminas que reposaban en cajas de aires acondicionados no son planos “aptos para construcción” o esgrimen que no serían “originales”, pero no lograron todavía explican por qué nunca los buscaron.
La UNT se comprometió a digitalizar esos planos y permitir que la comunidad universitaria y la ciudadanía en general puedan acceder a los mismos, pero un año después no ha habido novedades en ese sentido.
La actuación institucional de la Universidad está bajo la mira de la Justicia: desde el Consejo Superior apenas se habría pedido la anulación de las actas que firmaron Campero y Marigliano en YMAD y la que rubricó Cerisola, lo que podría complicar a ex rectores y consejeros, al no haber nunca denunciado el supuesto delito del que habrían tomado conocimiento. En 2019, la Universidad se constituyó en querellante –este medio no tiene conocimiento de las actuaciones de la querella a cargo de Rodolfo Tercero Burgos, ex presidente de Canal 10 denunciado por abuso sexual- luego de que el Consejo Superior declaró "lescivo" el acto firmado por Cerisola "excediendo su competencia estatutaria, por estar basado en hechos inexistentes", en alusión al plan de obras que bautizó “Ciudad Universitaria del Siglo XXI” por el que luego reemplazó la Ciudad Universitaria.
Desde mayo de 2020, a partir de un fallo de la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, aquel 40% de las regalías de YMAD que por ley deben destinarse a construir la Ciudad Universitaria se dividen entre un 20% para la UNT (que se presume es de libre disponibilidad del Rectorado) y un 20% se reserva en un plazo fijo "mientras dure la tramitación de la presente causa o hasta que el Honorable Consejo Superior (HCS) de la UNT se pronuncie de manera expresa sobre la construcción de la Ciudad Universitaria".
La UNT denunció que "a pesar de que la Ciudad Universitaria no terminó de construirse (condición indispensable para modificar el porcentaje del 40% de utilidades que recibía para tal fin) se dio por satisfecha la obligación del artículo 18 inc. b y se pasó a la aplicación del inciso c de tal norma" por lo que "resultaría irreparable el perjuicio para la Universidad Nacional de Tucumán ya que las resoluciones cuya nulidad se persigue lograron que la UNT percibiera sólo el 20% al dar por finalizada la construcción –aunque esta no se efectivizó- por lo que debía seguir percibiendo el 40% de utilidades".
Para la Cámara Federal es el Consejo Superior de la UNT el que debe determinar la terminación de la Ciudad Universitaria que ordena construir la Ley 14.771; desde hace ya cuatro años, el Rectorado recibiría así el 20% de las utilidades líquidas de YMAD -siendo esos fondos de libre disponibilidad- mientras que otro 20% se deposita en un plazo fijo a favor de la UNT a la orden del Juzgado Federal de Catamarca, luego de que Cerisola declaró terminada la Ciudad Universitaria y la UNT siguió recibiendo el 20% de libre disponibilidad desde el 2 de enero de 2008.
Así, podría interpretarse que la Universidad se vio durante años muy beneficiada por la no construcción de la Ciudad Universitaria de San Javier, ya que al estar “satisfecha” en su necesidad de recibir los fondos para construirla, habría accedido desde 2008 y hasta la actualidad fondos de la minería de libre disponibilidad.
Documentos de importancia para la causa:
Campero y Marigliano piden a Cerisola información sobre el destino de los fondos que debían destinarse a la Ciudad Universitaria. Fecha: 13 de septiembre de 2007.
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Acta N°498 del directorio de YMAD. Fecha: 27 de diciembre del 2007.
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Convenio YMAD-UNT. Fecha: 2 de enero de 2008.
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La Ciudad Universitaria en la revista Nuestra Universidad (1950):
Planos de la Ciudad Universitaria localizados por eltucumano: