Juicio a la Nación Argentina por YPF S.A.
El economista tucumano, Horacio Rovelli, hace una cronología de los hechos que derivaron en un fallo internacional que obligaría a la Argentina a tener que negociar con el fondo inglés Burford, para saber cuál es la compensación por la expropiación de YPF en 2012.
Imagen de archivo.-
PRIVATIZACIÓN: El primer paso en este proceso fue el cambio de tipo societario de YPF (que era una Sociedad del Estado) para convertirse en una Sociedad Anónima desde 1993. Finalmente, fue privatizada al ser vendida a la española Repsol en 1999.
INGRESA EL GRUPO ESKENAZI: En el año 2007 ingresa la familia Eskenazi a YPF SA comprándole el 12,5% del paquete accionario de la firma a Repsol.
DESCUBRIMIENTO DE VACA MUERTA POR YPF SA: En noviembre 2011 YPF SA anuncia el descubrimiento de petróleo en Vaca Muerta - Neuquén, uno de los reservorios de hidrocarburos no convencionales más grandes y con mayor calidad del mundo. Sin embargo, la empresa continuó con su plan de desinversión y su correlato en el pago de dividendos que, en lugar de destinar la ganancia a los pozos y a la producción, la distribuyeron entre los accionistas (los principales Repsol 57% y el Grupo Petersen-Eskenazi con el 25% del paquete accionario). Entre 1999 y 2010, se pagaron 13.246 millones de dólares en concepto de dividendos. En 2011, la Argentina se convirtió en un importador neto de gas y petróleo con un déficit de 3.029 millones de dólares.
ESTATIZACION DE YPF SA: En ese marco, el 16 de abril de 2012 el gobierno argentino anunció la decisión de expropiar el 51% de las acciones de YPF S.A. pertenecientes a la petrolera española Repsol. Días más tarde, la medida fue ratificada por el Congreso Nacional que dio lugar a la Ley 26.741 que declara de Utilidad Pública y sujeto a expropiación el 51% del paquete accionario, quedando en ese momento la empresa española con el 6% del capital (dado que poseía el 57% de YPF SA).
FAMILIA ESKENAZI: A través de las empresas Petersen Energía Inversora y Petersen Energía, poseía acciones por el 25% de YPF, compradas a la petrolera española Repsol en dos operaciones, una a fines del año 2007 y, la otra operación en el año 2011.
Los Eskenazi adquirieron las acciones a través de préstamos de bancos internacionales, y se comprometieron con sus acreedores a pagar con el giro de dividendos de sus acciones en la empresa petrolera. Es por eso que en su estrategia de defensa ante la Justicia de los Estados Unidos, el Gobierno argentino consideró “fraudulenta” esta operación, por lo que alegó que no debía continuarse con el litigio.
El pago de los créditos adeudados por el grupo Petersen-Eskenazi se vio interrumpido con la estatización del 51% de las acciones de YPF, que fueron expropiadas por el Estado argentino a la española Repsol. A partir de entonces, la administración de la compañía prohibió el giro de dividendos, lo que provocó la quiebra de las empresas de los Eskenazi, que no pudieron afrontar sus deudas con los bancos extranjeros.
EL JUICIO: La quiebra de las dos compañías del Grupo Petersen-Eskenazi recayó en el Juzgado Mercantil N° 3 de Madrid, que designó a un síndico y subastó el derecho a litigar. Quien compró esa posibilidad fue Burford Capital.
BURFORD CAPITAL: Es un fondo de cobertura, que se dedica a la compra de los derechos de litigio de empresas quebradas de todo el mundo y luego inicia juicios por sumas mucho mayor. La demanda principal de Burford Capital se sostiene en que, según el artículo 7° del Estatuto de YPF, si alguien compraba más del 15% de la empresa debería ofrecer lo mismo a todos los accionistas y no sólo a Repsol. Además, se alega perjuicio porque tras entrar en la compañía, el Estado decidió suspender el giro de dividendos que había sido acordado entre Repsol y el Grupo Petersen, lo que desencadenó que las empresas de los Eskenazi entraran en default al no poder pagar sus deudas.
JUICIO: Comenzó cuando en 2015 el fondo buitre Burford Capital le compró a las firmas Eton Park y Petersen Energía, que eran accionistas minoritarias de YPF al momento de la reestatización, el derecho a litigar contra la República Argentina por la forma en que se nacionalizó la petrolera sin realizar una Oferta Pública de Adquisición (OPA).
Tal como figuraba en el estatuto definido en 1993 durante la privatización impulsada en la presidencia de Carlos Menem, el país se comprometía a que cualquier operación de adquisición de una porción de la petrolera argentina obligaba a hacer una oferta de compra por el total de las acciones del mercado.
En 2012 la República adquirió el 51 por ciento de las acciones de la mayoritaria Repsol y no realizó una OPA al resto de los accionistas, hecho por el cual aseguraron haber sido perjudicados.
DEFENSA DEL ESTADO ARGENTINO: La ley 26.741 de Declarar de Utilidad Pública a YPF SA se basa en la Constitución de la Nación Argentina, que es superior al estatuto privado de la empresa, y lo que correspondía hacer era el proceso constitucional vigente de expropiación. Esa decisión se toma porque hay un interés público comprometido, que, en este caso, era el control de una empresa que es clave para el desarrollo estratégico del país, para que se invierta en Vaca Muerta y no para que se siga fugando capitales vía pago de dividendo de los accionistas.
FALLO DE LA JUEZA LORETTA PRESKA: Jueza superior de distrito sur de Manhattan Estados Unidos: Determina que la República Argentina ejerció control indirecto sobre el número requerido de acciones de Repsol el 16 de abril de 2012, activando así sus obligaciones de oferta pública de adquisición.
PROPUESTA: Dado que no se respeta nuestra Constitución Nacional y nuestro derecho soberano, bajo el pretexto de que los damnificados son Repsol y la familia Eskenazi, realizar una campaña de esclarecimiento del caso y que se vote en referéndum si el pueblo argentino acepta o rechaza el juicio.
Horacio Rovelli
Tucumano, Licenciado en Economía por la Universidad de Buenos Aires. Profesor a cargo de la asignatura Política Económica de la Facultad de Ciencias Sociales (UBA), y de Instituciones Monetarias e Integración Financiera Regional en la Facultad de Ciencias Económicas (UBA). Miembro de la Comisión de Economía de la Fundación Estado, Trabajo y Producción (FETyP). Vocal de la revista Realidad Económica. Fue Director Nacional de Programación Macroeconómica en el Ministerio de Economía y Finanzas de la Nación. Autor de numerosos trabajos publicados sobre los temas económicos y financieros.