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Modificación progresiva a la Ley de Impuesto a las Ganancias

OPINIÓN

El economista tucumano, Horacio Rovelli, analiza la aprobación de los cambios al gravamen realizada en el Congreso. "La nueva iniciativa reformula la reforma tributaria sancionada en 2017, instrumentada por el Gobierno de Juntos por el Cambio, que tuvo un carácter regresivo, debilitó al fisco y no tuvo un impacto positivo en términos de aumentar la producción, el empleo y la inversión", afirmó.


En teoría impositiva se considera que un gravamen es progresivo si paga más el que más tiene,  más para la Argentina que desde hace muchos años tiene un sistema tributario sumamente regresivo y que no respecta el párrafo final del Art. 16 de la Constitución Nacional que dice expresamente al respecto: La igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas.


Decimos esto porque según los datos de la Dirección Nacional de Investigaciones y Análisis Fiscal de la Nación, la participación de los impuestos con carácter progresivo –tales como el Impuesto a las Ganancias y el Impuesto sobre los Bienes Personales , que cuentan con escalas que discriminan de acuerdo a la capacidad económica de los contribuyentes— cayeron fuertemente en su recaudación en los cuatro años de la gestión de Cambiemos y no se recuperaron en el año 2020 porque la pandemia del Covid-19 provocó mucho más quebrantos que utilidades.


El Impuesto a las Ganancias pasó de representar el 24,8% sobre la recaudación total de la Administración Nacional en 2015 al 21,8% en 2019 y al 20,2% en el año 2020. El Impuesto sobre los Bienes Personales pasó de 1,2% en 2015 a 0,6% en 2019. El IVA, por ejemplo pasó de representar un 28,2% de la recaudación en 2015 al 30% en el año 2019 y a un 30,2% en el año 2020, un impuesto sumamente regresivo porque grava al consumidor final, impactando muy negativamente sobre los sectores más vulnerables.


Peor pasa en las  provincias argentinas que por la Constitución Nacional son las encargadas de recaudar los impuestos directos y, el impuesto inmobiliario rural es solo el 0,3% del PIB, siendo la mayor fuente de recursos de las Provincias el Impuesto a los Ingresos Brutos (que es a las ventas y se traslada al consumidor final) que representa el 70% de la recaudación provincial en promedio.


La presión tributaria nacional (incluyendo contribuciones previsionales) es de aproximadamente el 22,4 % del PIB, más un 6,5% de los impuestos provinciales, rondaría el  28,9% del PIB,  es mayor en general que la de los países latinoamericanos (esencialmente México que la presión tributaria es muy baja) pero menor que en Brasil. Incluso es superior a la de los EEUU, con el agravante que en los EEUU existe cierta proporcionalidad en la recaudación entre impuestos a la riqueza (patrimoniales), a las ganancias (rentas) y al consumo y la actividad, es de aproximadamente un tercio para cada división, por un lado y, por el otro, ese país, una vez descontadas las diferentes exenciones y ventajas fiscales, observamos que el quintil de mayores ingresos enfrenta un tipo federal efectivo que es el doble del quintil de menor ingreso, y además, depende de los Estado la presión fiscal, obviamente en Nueva York es mayor que en el centro oeste americano.


En la Unión Europea la presión tributaria promedio es del 40,2%, países como Suecia tienen una presión tributaria del 48,9% con un eficaz sistema de administración tributaria donde las autoridades no solo exponen los datos de los más pudientes, sino que también desvelan los de todos los contribuyentes, permitiendo que cualquiera pueda enterarse de lo que gana un sueco y como contribuye con el Estado.  


La presión tributaria en Alemania es del 39,3% del PIB, Reino Unido 33,1%, Francia 46,4%, Italia 42,3% y España 36,5%, pero en la mayoría de ellos se respeta (salvo España y los países del Este europeo) cierta proporcionalidad de un tercio por gravamen al patrimonio, un tercio por rentas y un tercio por consumo.


Estructura de los ingresos tributarios del gobierno general por tipo de impuesto, 2018, países escogidos (en % del PBI)

Fuentes: Dirección Nacional de Investigaciones y Análisis Fiscal, Ministerio de Economía de Argentina, y OECD Statistics.


MODIFICACION DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS


Primero ya es ley la modificación del Impuesto a las Ganancias para la IV Categoría (trabajo personal) que estableció un mínimo no imponible de $150.000 brutos mensuales, a lo que se le suma la desgravación de los gastos realizados en jardines maternales privados y se permite también computar a cuenta de Ganancias todo gasto en "provisión de herramientas educativas para los hijos" y en "pago de cursos de capacitación o especialización" hasta un tope de $ 5.590 por mes. Como es ley las retenciones a cuenta del impuesto que hicieron las empresas a los que al elevarse el mínimo imponible y cobran menos de $ 150.000 en bruto por mes (unos $ 124.000 netos) se le debe devolver con el sueldo de abril 2021 dichas retenciones.


Y ahora, el 8 de abril de 2021, el gobierno de Alberto Fernández remite al Congreso de la Nación, el Proyecto 0002-PE 2021 que básicamente reduce las alícuotas del impuesto a las Ganancias que deberán pagar alrededor del 90 por ciento de las empresas, que es el universo que conforman los pequeños y muchos de los medianos establecimientos.


Se estima que existen en el país alrededor de 406.000 empresas registradas en Argentina en sectores industriales, de comercio y de servicios. La mayor parte de estas firmas corresponden al segmento de microempresas (70% del total), le siguen en importancia por su número el segmento de Pymes, con 113.600 empresas (28%), y el de grandes empresas, con más de 8 mil compañías registradas (2%).

La idea es revertir la reforma tributaria del macrismo y hacer una segmentación: Casi el 90% de las empresas, que la mayoría son pymes, van a bajar la alícuota del Impuesto a las Ganancias de 30% a 25%, las grandes seguirán pagando 30% como fue en el año 2020 y las muy grandes, que son unas 1300 empresas, pagaran 35%.


La nueva propuesta prevé que la tasa del 25 por ciento será abonada por las sociedades cuando la ganancia no supere los 5 millones de pesos anuales, alícuota que no solo abarcará a las pymes sino también a la mayoría de las medianas empresas. El proyecto garantiza la sostenibilidad fiscal porque aumenta la alícuota sobre las empresas que más ganan. Por ello la tasa del 30 por ciento comprenderá a las sociedades con ganancias de entre 5 y 20 millones de peso anuales y, las empresas con una ganancia superior a 20 millones de pesos pasarán a abonar una tasa del 35%, quienes pagarán igual o más y de esa manera compensan los menores ingresos esperados de casi el 90% de los establecimientos y el aumento del mínimo no imponible del impuesto a las personas físicas (IV Categoría).

La nueva iniciativa reformula la reforma tributaria sancionada en 2017, instrumentada por el Gobierno de Juntos por el Cambio, que tuvo un carácter regresivo, debilitó al fisco y no tuvo un impacto positivo en términos de aumentar la producción, el empleo y la inversión. Que bajaba un cinco por ciento por año la alícuota general, para los años 2020 y 2021 llevaba la alícuota al 30 y al 25% respectivamente.  Reforma que el mismo Macri suspendió en el año 2019, por lo que el Gobierno de Alberto Fernández fijó para el año 2020 una tasa general del 30 por ciento.


El proyecto 0002-PE-2021 es un paso importante para una justicia redistributiva que alivia a las pymes, que son las que generan trabajo y, hace que la recaudación se base en la ganancia de grandes empresas que son dominantes en sus mercados y son las que se le incrementa la alícuota al 35%. Este cambio de situación, agiganta la labor de la AFIP para controlar que no trasladen a sus precios el incremento en la alícuota del impuesto a las ganancias.



En la Argentina, la recaudación del Impuesto a las Ganancias a las personas físicas representa aproximadamente la tercera parte de la recaudación total del gravamen , pero las personas físicas no pueden trasladar ese costo. En cambio, las empresas que tienen una posición dominante si pueden terminar transfiriendo parcial o totalmente el gravamen.


El problema es que en la Argentina, la gran mayoría de las grandes empresas, tienen posición dominante en su mercado. Si Techint tiene que pagar un impuesto a las ganancias del 35%, va a trasladar ese impuesto al costo de los caños sin costura que sólo ellos producen y, lo mismo sucede con la mayoría de las grandes empresas que son predominantes y fijan precios, pensemos en la producción y venta de combustible, cemento, aluminio, arroz, fideos, aceite, carne, productos de limpieza, etc., donde es una, dos o tres empresas las que fijan el precio, de allí que debe mejorar notablemente el control fiscal para evitar que sean los consumidores los que le paguen el impuesto a esas grandes empresas.





Horacio Rovelli

Tucumano, Licenciado en Economía por la Universidad de Buenos Aires. Profesor a cargo de la asignatura Política Económica de la Facultad de Ciencias Sociales (UBA), y de Instituciones Monetarias e Integración Financiera Regional en la Facultad de Ciencias Económicas (UBA). Miembro de la Comisión de Economía de la Fundación Estado, Trabajo y Producción (FETyP). Vocal de la revista Realidad Económica. Fue Director Nacional de Programación Macroeconómica en el Ministerio de Economía y Finanzas de la Nación. Autor de numerosos trabajos publicados sobre los temas económicos y financieros.