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Evolución del Derecho del Consumidor en Argentina

opinión

Fernando Valdez, Abogado y Profesor Derecho del Consumidor en Facultad de Derecho y Cs. Sociales de la Universidad Nacional de Tucumán, analiza los avances sobre “el derecho de la vida cotidiana del habitante de la sociedad de consumo”.


Vamos a hablar hoy de un tema de importancia social prioritaria que sin embargo queda opacado en el debate ciudadano, no se lo ve, pareciera no existe, aunque impacta diariamente sobre todos los argentinos de diversos modos. Desde las micro contrataciones diarias de bienes y productos hasta la utilización de los servicios públicos. Esos hechos y actos que suceden a diario en nuestras vidas generan derechos que conforman el continente del Derecho del Consumidor, que no es otra cosa que “el derecho de la vida cotidiana del habitante de la sociedad de consumo” en luminosa conceptualización del jurista brasilero Antonio Benjamin allá por los años 90 del siglo pasado. De esto vamos a hablar hoy, enfocados en las noticias legislativas en la materia. 
 
Para conocer algo del tema podemos decir que ese Derecho del Consumidor tiene carta de ciudadanía en nuestro país con dos grandes hitos desde hace ya 27 largos años, desde 1993 cuando se sancionó la ley 24.240, incorporándose luego a la Constitución Nacional, al año siguiente en la Reforma constitucional de 1994, que en su art. 42 consagra como un nuevo derecho que “Los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno”
 
Un tercer hito en esa evolución de este derecho protectorio de los consumidores fue su incorporación en el Código Civil y Comercial de la Nación vigente desde agosto de 2015, sin derogar el régimen especial de la ley 24.240, al contrario, complementándose en dialogo de fuentes la Constitución Nacional, la ley especial y el referido CCC.
 
Este Derecho del Consumidor, integrado ahora por esas normas señaladas, nos protege a los débiles jurídicos en la relación de consumo; usamos el nos porque “Consumidores, por definición, somos todos", celebre expresión que pronunciara el presidente de los Estados Unidos John Fitzgerald Kennedy un 15 de marzo de 1962 en un mensaje al Congreso de su país, llamando la atención sobre la importante posición que tenían los consumidores en la economía y la casi nula protección a sus derechos. Tan fuerte fue ese señalamiento que años después Naciones Unidas, en el año 1983, eligió esa fecha para celebrar el día mundial de los consumidores.
 
Toda esta evolución se completará con la próxima reforma a la ley de defensa del consumidor elevándola a nivel de Código de Defensa del Consumidor que está en curso de ejecución, con proyectos presentados en Senadores y Diputados, fruto de la labor de una comisión de expertos notables, entre los que destaco a la   jurista tucumana Dra. Belén Japaze. Trabajo de más de un año, en una tarea colectiva y participativa que discutió las reformas necesarias e imprescindibles a la ley especial 24.240 en Jornadas, Congresos, Universidades, en Audiencias Públicas, Colegios de Abogados con apoyos importantes y debates con la mejor doctrina comparada. 
 
Un consenso ampliamente mayoritario en la comunidad jurídica argentina para este emprendimiento de nueva reforma a la ley especial. Ese trabajo legislativo puede conocerse en detalle observando el trabajo de la Comisión de Defensa del Consumidor, del Usuario y de la Competencia de la H. Cámara de Diputados de la nación en sus audiencias públicas de este mes de octubre 2020 que pueden verse en https://www.youtube.com/watch?v=w-mknIxgzVw del 1 de octubre 2020 y en https://www.youtube.com/watch?v=Y67LGM5HCwY&t=720s del 8 de octubre de 2020 donde participaron invitados destacados juristas nacionales y extranjeros expertos en la disciplina. 
 
Será un nuevo giro del desarrollo de esta novel disciplina, con más de 30 años de afianzamiento en el país, el cuarto hito en esa evolución que se respalda no solo en las normas referidas sino además en la doctrina nacional de los autores, la copiosa jurisprudencia de los tribunales incluida la Corte Suprema de Justicia de la Nación. 
 
Esta propuesta legislativa se propone el reforzamiento del sistema protectorio de los consumidores. Se propone sancionar un Código de Derecho del Consumidor argentino.
 
Abriga la idea de emplazar la tutela del consumidor en un marco normativo jerarquizado, donde el sistema de principios y reglas ofrezca el nivel de protección adecuado, atendiendo -de modo diferenciado- la situación de quienes se encuentran en situación de vulnerabilidad agravada, por imponerlo la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales de Derechos Humanos.
 
Implica una resistematización del Derecho del Consumidor que preserve aquellos principios y reglas que ya forman parte de nuestra tradición jurídica, y se enriquezca con nuevas herramientas, adecuadas para las problemáticas actuales, pero también de adaptación, frente a una realidad marcada por la velocidad de los cambios en el intercambio de bienes y servicios en el mercado. 
 
Se impone avanzar en la armonización y búsqueda de coherencia, potenciando el diálogo entre las normas que integran el Sistema especial de Defensa Consumidor, Constitución Nacional incluida y el Código Civil y Comercial vigente desde agosto de 2015. Sugiere un abordaje sistémico.
 
Este trabajo de los juristas del país, con amplio consenso en la comunidad jurídica, sigue el derrotero del tramite parlamentario con notables avances en este 2020 a pesar de la pandemia que nos acorrala. Fue tomado por los dos bloques mayoritarios de oposición y oficialismo. 
 
Hay algo digno de destacar es, en momentos de tanta crispación y divisiones políticas, el alto porcentaje de coincidencias superior al 85 % entre ambos proyectos presentados. Eso seguro que es motivo de orgullo para los expertos que trabajaron en él.  
 
Sorprendió, hay que decirlo, la última noticia sobre la creación de una Comisión Bicameral impulsada por un diputado, para abordar el tema. Concesión hecha por el oficialismo que la entiendo como parte del juego de consensos parlamentarios, pero que esperamos no sea una mala señal para entorpecer la aprobación del nuevo Código de Defensa del Consumidor que se venía trabajando armoniosamente y que significará un gran paso para los consumidores argentinos logrando que se maximicen en el nuevo Código, los derechos humanos y fundamentales en juego en la relación de consumo, permitiendo obtener la mayor protección posible en un derecho nacional,  como decía el maestro Gabriel Stiglitz en la reunión de Diputados referida.

Sorprendió, hay que decirlo, la última noticia sobre la creación de una Comisión Bicameral impulsada por un diputado, para abordar el tema. Concesión hecha por el oficialismo que la entiendo como parte del juego de consensos parlamentarios, pero que esperamos no sea una mala señal para entorpecer la aprobación del nuevo Código de Defensa del Consumidor que se venía trabajando armoniosamente y que significará un gran paso para los consumidores argentinos logrando que se maximicen en el nuevo Código, los derechos humanos y fundamentales en juego en la relación de consumo, permitiendo obtener la mayor protección posible en un derecho nacional, como decía el maestro Gabriel Stiglitz en la reunión de Diputados referida.
 
Ojalá así sea.