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La ley Micaela como herramienta para la lucha contra el patriarcado

OPINIÓN

Con el debate que se dio en la legislatura por la aprobación de la ley, la ciudadanía fue testigo de una especie de violencia institucional que puso en evidencia la necesidad urgente de la capacitación en los espacios de toma de decisión de políticas públicas.

Crédito: https://andhes.org.ar/


Con un simple repaso de los titulares periodísticos cotidianos, podremos constatar la cruda realidad de que la violencia machista asesina a mujeres y personas LGBTTTI por su condición de tal, convertidas en presas fáciles del patriarcado que avasalla aquellos cuerpos con impunidad.

El jueves 21 de mayo pasado, la legislatura tucumana, con los movimientos feministas y de la diversidad sexual reclamando en las calles, y luego de una demora de 18 meses, sancionó la Ley Provincial N° 9.247 (promulgada también por el poder ejecutivo local), de adhesión a la ley nacional N° 27.499 – Ley Micaela.

Si bien la norma fue aprobada, las opiniones vertidas por algunos de sus legisladores y legisladoras durante el debate previo, dejaron entrever la necesidad de la urgente capacitación e implementación de la misma en espacios de toma de decisión de políticas públicas como la propia legislatura.

En dicha oportunidad, la ciudadanía fue testigo de una especie de violencia institucional, al escuchar que funcionarios públicos legislaban, pero reiterando discursos para los cuales no existían los femicidios, hecho que indignó, más allá del resultado positivo posterior.

Este dato no es menor, ya que el desconocimiento e invisibilidad que las autoridades públicas tienen respecto de la problemática que afecta a la vida e integridad de mujeres, niñas, adolescentes y personas LGBTTTI (en particular, la población trans), pone en riesgo las conquistas logradas hasta ahora, si de efectivizarlas se trata.

Las actitudes políticas mencionadas nos preocupan, dado que fortalecen discursos y acciones resultantes de los patrones socioculturales que erigen a la desigualdad entre hombres y mujeres como ley. El patriarcado, en pocas palabras.

No podemos soslayar que, en el marco de aislamiento obligatorio como el actual, los casos de violencia machista bajo modalidad doméstica, por ejemplo, se han recrudecido (muchas mujeres se han visto obligadas a convivir con sus agresores domiciliarios).

Frente a ello, consideramos que es imprescindible que cuanto antes la Ley Micaela empiece a implementarse, ya que robustecerá el desarrollo de estrategias públicas destinadas a eliminar la trama violenta que se lleva puesta las vidas de mujeres y personas LGBTTTI.

Por otra parte, la ley Micaela -aquella que en el país ordena la capacitación obligatoria en perspectiva de género a quienes integran los tres poderes del Estado-, es un dispositivo institucional que viene a reforzar lo estipulado hace más de 10 años por la Ley Nacional N° 26.485 – “Ley de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales”. 

De este modo, la normativa vigente configura un primer y esencial escalón para la prevención y erradicación del flagelo de la violencia de género, dado que apuesta a la elaboración e instrumentación de políticas de Estado que visibilicen y transformen los mandatos sociales que operan a favor de los privilegios masculinos, así como también, supriman los estigmas que recaen sobre las personas LGBTTTI (identidades de género diversas), entre otras cuestiones.

Vale destacar que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (tribunal que interpreta la Convención Americana de los Derechos Humanos, de jerarquía supraconstitucional, art. 75 inc. 22 CN), resolvió en el caso “Rosendo Cantú y Fernández Ortega vs. México” (2009), “que el Estado continúe implementando programas y cursos permanentes de capacitación sobre investigación diligente en casos de violencia sexual contra las mujeres, que incluyan una perspectiva de género y etnicidad. Dichos cursos deberán impartirse a los funcionarios federales y del estado de Guerrero, particularmente a integrantes del Ministerio Público, del Poder Judicial, de la Policía, así como a personal del sector salud con competencia en este tipo de casos y que por motivo de sus funciones constituyan la línea de atención primaria a mujeres víctimas de violencia”.

Concluyendo, celebramos la adhesión provincial a la normativa nacional, también mandato constitucional-convencional, debido a que es el camino pertinente para el logro de la equiparación y la igualdad de trato entre las personas, sin ningún tipo de discriminación basada en el género.

La sociedad debe comprender que la capacitación en perspectiva de género, fija como tarea primordial la de preparar a empleados y empleadas, funcionarias y funcionarios públicos, para la defensa de derechos de las mujeres y población LGBTTTI. Capacitarse es un avance, no un retroceso, y la frase “perspectiva de género” implica hablar de respeto a la diversidad, trato digno e igualitario, igualdad de oportunidades en el ámbito laboral. Estamos en el inicio de la construcción de un mundo más vivible, libre y sin violencias para todes.

*La autora es abogada (MP 9728), y coordina jornadas sobre la temática de género, diversidad y derechos humanos. 

** El artículo fue escrito en colaboración con Blas Sanchez Ovadilla: Abogado (MP 9672). Dicta talleres y coordina conversatorios sobre ciudadanía participativa, movimientos feministas y LGBTTTI.