Top

Polémico DNU: Macri convirtió la Secretaría de Deportes en una Agencia

BOLETÍN OFICIAL

A través de un Decreto de Necesidad y Urgencia, el Presidente bajó el rango a la oficina que atiende cuestiones trascendentales para el deporte nacional. Cómo puede afectar esa medida a los clubes y atletas de nuestra provincia.





El Decreto de Necesidad y Urgencia 92/2019, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, elimina la Secretaría de Deportes de la Nación y crea la Agencia del Deporte Nacional, una oficina de menor rango para atender cuestiones deportivas.

La decisión del presidente de la Nación, Mauricio Macri, ha desatado una fuerte polémica, en la que dirigentes y deportistas de diversas disciplinas han manifestado su preocupación.

Entre los puntos más polémicos, en el artículo 12 de la publicación se anuncia la eliminación del Ente Nacional de Desarrollo Deportivo y con él se quita la Asignación Universal Por Hijo por Deporte que el Gobierno ya había intentado quitar en el presupuesto 2019. También se derogó la ley 24.052 que en su momento creó entre otras cosas la comisión automovilismo y motociclismo.

"La Asignación Universal era un gran impulso para que los chicos puedan practicar deportes y tengan la posibilidad de solventar sus gastos", consideró Ignacio Golobisky, dirigente deportivo vinculado con el básquet provincial a través del club Belgrano, y relacionado a otras disciplinas a través del Club Atlético Tucumán. "Todo esto tenía que ver con la promoción del deporte, especialmente en la infancia y la juventud, y ahora la agencia no tiene otra precisión más que la creación de la misma y darle lugar a empresas privadas, que es algo que no tiene buenos antecedentes en Argentina y deja al deporte nacional al desamparo absoluto", agregó durante una comunicación con eltucumano.com.






Además, según reporta el portal "Política Argentina", esta decisión también interviene en los estatutos de los clubes de fútbol, por lo que podría repercutir en la vida institucional de Atlético y San Martín.

En el artículo 20 bis se imponen las condiciones que deben presentar las listas de los clubes, denominados ahora "asociaciones civiles deportivas de primer grado". Por ejemplo, pone un techo que limita la participación de las mujeres y exige lugares para los jóvenes de entre 18 y 29 años.

El punto de mayor polémica en el mencionado artículo llega al final del párrafo cuando obliga a entregarle uno o más cargos a la oposición conformada por la segunda lista más votada, siempre y cuando hayan alcanzado los votos de la cuarta parte del padrón. "El régimen electoral de las asociaciones civiles deportivas de primer grado del Sistema Institucional del Deporte y la Actividad Física debe asignar UNO (1) o más cargos titulares en la Comisión Directiva, para la primera minoría, siempre que reúna como mínimo, un número que represente el VEINTICINCO POR CIENTO (25%) de los votos emitidos, si los estatutos no fijaran una proporción menor”, fija el decreto.