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Bajas o diurnas: cuáles son las luces indicadas para circular por la ruta

atentos

La Ley Nacional de Tránsito establece qué faros son válidos para andar de día y de noche por los caminos nacionales y provinciales.





Con la llegada de Semana Santa y la gran afluencia de personas que se esperan a pesar de las recomendaciones sanitarias, algunos conductores aún se preguntan si las luces diurnas o DRL (por Daytime Running Light) son válidas para andar en la ruta, en reemplazo de las bajas.


A finales de 2017, el Congreso de la Nación modificó la Ley Nacional de Tránsito (24.449) estableciendo que para circular de día en rutas nacionales las luces bajas ya no son la única alternativa, ya que también se pueden utilizar las diurnas o DRL.


El primer inciso del artículo 47 de la Ley 27.425 determina: “Mientras el vehículo transite por rutas nacionales, las luces bajas o las luces diurnas permanecerán encendidas, tanto de día como de noche, independientemente del grado de luz natural, o de las condiciones de visibilidad que se registren, excepto cuando corresponda la alta y en cruces ferroviales”.



Aunque la redacción en torno al día, la noche y el "grado de luz" puede prestarse a confusión, desde la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) confirmaron a que se refiere a que de día las diurnas pueden reemplazar a las bajas, siempre que haya buena visibilidad.


En ese sentido, con luz solar se puede circular con diurnas o bajas y de noche debe hacerse con bajas. Es que las diurnas son para ser vistos, no para iluminar el camino.


De esta forma se evitará una situación cada vez más frecuente: el conductor viajaba de día con luces encendidas, pero le hacían la multa igual porque iba con las diurnas, que no estaban reglamentadas.