Top

La Justicia cierra la causa contra las vecinas denunciadas por presuntas agresiones contra Raquel Graneros

FM latucumana 95.9

La abogada de la intendenta, Paula Morales Soria, explicó que la resolución de la Justicia se basó en la imposibilidad de sumar nuevas pruebas y remarcó que los hechos denunciados tras una misa en Graneros quedaron acreditados en el expediente.

Foto Facebook.-





La Justicia tucumana resolvió el sobreseimiento definitivo de un grupo de vecinas de Graneros denunciadas por la intendenta Raquel Graneros luego de una protesta por asistencia social tras las inundaciones. La medida, dictada por el juez Enrique Martín Cacici del Centro Judicial Concepción, representó un marcado revés judicial para la jefa municipal al concluirse en la audiencia la falta de elementos probatorios suficientes para sostener las imputaciones de amenazas e intimidaciones. Asimismo, peritajes sobre las cámaras del Centro de Monitoreo municipal exhibieron que el contacto duró unos diez segundos y no se registraron agresiones ni daños en el vehículo de la funcionaria, lo que cuestionó la versión original planteada en la denuncia.

Frente a los reportes sobre la falta de pruebas, la representación legal de la querella a cargo de la abogada Paula Morales Soria ofreció una interpretación contrapuesta sobre los fundamentos de la resolución judicial. Durante la entrevista radial, Morales afirmó que la causa "surgió después de un ataque violento y amenazante que sufrió por un grupo de mujeres, particularmente un hecho que fue este planeado estrictamente por dos de ellas, que fueron quienes más realizaron estos actos violentos en contra de la intendente y de la legisladora también Cejas y de todo su entorno familiar".

En relación con el episodio ocurrido a la salida de una misa en la que participaba la familia municipal, la letrada indicó que "había todo un contexto emotivo que entiendo había que respetar". En ese sentido, la defensora aseveró que "Los hechos denunciados existieron".

Al analizar el encuadre procesal del expediente, Morales señaló que "a este grupo de mujeres se le formularon cargos; la Justicia consideró que había elementos y los hay para formularle cargo, es decir, atribuirles la investigación de un delito penal". Respecto al debate generado entre la solicitud de la defensa y la resolución adoptada por el juez, la abogada aclaró las diferencias técnicas entre los incisos del Código Procesal Penal al precisar que "el inciso dos habla de que el imputado no es autor o partícipe y el inciso seis nos dice que no exista posibilidad razonable de incorporar nuevos elementos de prueba".

En esa línea, Morales explicó que el consentimiento otorgado por sus representadas obedeció a razones comunitarias y no a la inexistencia del hecho, señalando que "esta parte prestó plena conformidad a que se ponga fin al proceso penal porque mis clientas primero no quieren continuar sometiendo a sus propias vecinas a un conflicto penal porque entienden que ya ha cesado la conflictiva que ha dado origen". Al mismo tiempo, remarcó que "eso no implica que los hechos no hayan existido o que esos hechos no hayan sido como las víctimas lo han denunciado".

Para profundizar sobre el contenido del legajo, la letrada sostuvo que "se han presentado 10 mujeres a impedirle el paso a dos personas y a amenazarlas; esos hechos existieron y quedaron comprobados en el expediente". En cuanto a la resolución final emitida por el magistrado, Morales detalló que "el juez ha valorado esto y no hizo lugar a lo que pidió la defensa. El juez le ha dado el sobreseimiento por el inciso seis, que es lo que yo he pedido como representante de la querella, es decir, que no va a existir dentro del proceso la posibilidad de incorporar más pruebas que las que ya se han incorporado", agregando que dicha causal "es muy diferente al no haber encontrado elementos para condenarlas o avanzar".

Sobre las vías institucionales ante los reclamos ciudadanos, la profesional expresó que "estos son hechos de violencia que no deben ser tolerables y que cualquier reclamo o discordancia con lo que es la función pública, hay las vías necesarias". 

En lo relativo al comportamiento de los sectores opositores y su despliegue en redes sociales, la abogada denunció que "planear un ataque, premeditar el horario, llevar o utilizar personas vulnerables para generar esta extorsión mediática y generar un repudio hacia la imagen de otra persona, la verdad que yo lo veo delictivo". Sobre ese aspecto, añadió que "es la manera de trabajar que tienen estas personas en las redes siempre mirando lo que no hay en el otro, criticando al otro y nunca construyendo".

Finalmente, Morales rechazó que el sobreseimiento extinga la responsabilidad del hecho al manifestar "que se aclare que el sobreseimiento no fue porque se demostró que no eran partícipes o autoras de los hechos denunciados o que los hechos no han existido".