AFIP reglamentó las modificaciones en Ganancias: ¿Qué pasará con los sueldos de junio?
Desde el organismo dio detalles de la norma que fue sancionada por el Congreso de la Nación.
Foto Página 12.-
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció la reglamentación de las modificaciones en el Impuesto a las Ganancias para los trabajadores que se encuentran en relación de dependencia. Estos cambios se aplicarán a partir de julio, por lo que los salarios hasta junio no serán afectados retroactivamente.
Esta actualización del organismo surge tras la reciente aprobación de la ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes aprobada por el Congreso Nacional, que aseguran que procura mejorar la equidad del sistema impositivo.
En ese sentido, la norma fue diagramada para que la modificación del Impuesto a las Ganancias no afecte a los salarios que ya habían percibido los trabajadores antes de que la ley cambiara, inclusive si lo cobraron después. Es decir, a los trabajadores que obtuvieron su remuneración hasta el 30 de junio, aunque la perciban en julio, se les aplicarán la norma anterior. En cambio, los haberes que se devenguen desde el 1 de julio en adelante, quedarán sujetos a la nueva Resolución General.
"Este tratamiento si bien cambia la regla habitual de retener el impuesto según el momento en que se cobra, lo hace para beneficiar al trabajador", explicaron desde AFIP.
- Sumar los importes realmente abonados en los meses de pago del SAC.
- Computar 12º partes mensuales y luego ajustar en la liquidación anual o final.
Asimismo, la norma de AFIP estipula que a partir de julio, el cálculo de retenciones se realizará de la siguiente forma:
- Para los ingresos devengados desde el 1° de julio y percibidos hasta el 31 de agosto de 2024, se utilizarán los montos originales establecidos por la Ley N° 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes.
- En tanto, en septiembre se actualizarán de manera excepcional los montos de deducciones personales y la escala del impuesto. El coeficiente de actualización se basará en la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente a los meses de junio a agosto de 2024.
A partir de la publicación de la norma se encontrará disponible el servicio con clave fiscal "SiRADIG-TRABAJADOR".