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El Pacto UNT-Catamarca para dejar impune el Robo de la Ciudad Universitaria

MAFIA UNT

La Universidad declaró nula el acta de Cerisola, pidió hacer lo propio con el Acta de YMAD de Campero y Marigliano e inició una querella en Catamarca para cobrar el 40% de las utilidades. El Rector Pagani y el Gobernador Jalil habrían alcanzado un acuerdo mediante el cual la UNT desistiría del juicio y recuperaría los fondos para la Ciudad Universitaria que ya anunció que no construirá. El delito nunca investigado quedaría así impune y Tucumán despojado de su propio campus universitario.

Sergio Pagani y Raúl Jalil firmaron un acta de intención en Catamarca. (Foto tomada de El Esquiú)





Mientras se desarrolla el juicio oral y público por el desfalco de los fondos de Yacimientos Mineros Aguas de Dionisio (YMAD) que debían destinarse a la construcción de la Ciudad Universitaria de San Javier, medios de Catamarca anuncian la firma de un acuerdo que promete resolver el "conflicto judicial" entre YMAD y la Universidad Nacional de Tucumán (UNT) y consagrar así la impunidad del Robo de la Ciudad Universitaria.

En el Acta Nº498 del directorio de YMAD (27 de diciembre de 2007) consta que los radicales Rodolfo Martín Campero y Mario Marigliano -ya fallecido- (ambos ex rectores y en ese momento directores en representación de la UNT) promovieron y redactaron las condiciones del acta que firmó el 2 de enero de 2008 el por entonces Rector Juan Alberto Cerisola con YMAD, declarando "satisfecho" el derecho de la Casa de Altos Estudios de recibir fondos para la Ciudad Universitaria como el final de la obligación de remitir el 40% de las utilidades de la empresa a la Universidad.

Desde ese momento, las regalías mineras para la UNT disminuyeron del 40% al 20% pero pasaron a ser de libre disponibilidad a favor del Rectorado, mientras que el 20% restante se repartía desde entonces entre las demás universidades nacionales.

Para ello, la Ciudad Universitaria de San Javier fue "reemplazada" por una serie de obras menores y refacciones en las Facultades de la UNT, que devinieron en una denuncia en el año 2010 por los sobreprecios en esas obras y la malversación de los fondos en colocaciones financieras.  La investigación estuvo a cargo del fiscal Carlos Brito, quien encubrió el delito de fondo: la falsificación de la construcción de la Ciudad Universitaria.

El Rector Sergio Pagani y el gobernador Raúl Jalil firmaron una carta intención y rubricarían esta semana un convenio mediante el cual la UNT retiraría la querella que inició en la vecina provincia solicitando "recuperar" el 20% de las utilidades líquidas y realizadas de la minería, que desde mayo de 2020 se depositan en un plazo fijo a nombre del Juzgado Federal de Catamarca, volviendo a percibir el 40% de los mismos como manda la Ley 14.771 y con la obligación de destinarlos a construir el campus de San Javier "conforme a los planos ya aprobados".

El pasado 4 de junio, el gobernador Raúl Jalil se reunió con el nuevo presidente de YMAD, Juan Pablo Limodio, y anticipó que Catamarca estaba próxima a cobrar un nuevo adelanto de utilidades tras cobrar $3.000 millones por "diferencias de las utilidades de 2022".

"Catamarca ya recibió $5.500 millones de utilidades correspondientes al balance 2022. Había recibido $2.500 millones y el 11 de marzo pasado en una asamblea el Directorio que entonces presidía Fernando Jalil aprobó otro adelanto de $3.000 millones, tanto a Catamarca como la Universidad Nacional de Tucumán", indicó El Ancasti.

El Esquiú anunció que Pagani y Jalil acordaron "finalizar el conflicto judicial iniciado hace 17 años, destacando la cooperación y el entendimiento entre las partes para el presente y el futuro desarrollo de YMAD".

Este martes se reuniría en comisión el directorio de YMAD en el Rectorado de la UNT con presencia del presidente Limodio, nombrado por Javier Milei; allí se suscribirían "acuerdos complementarios" al ya rubricado en Catamarca.

Con el juicio contra el ex rector Juan Alberto Cerisola en marcha y el acuerdo con YMAD para volver a cobrar el 40% de las utilidades líquidas y realizadas de la minería, la UNT sienta las bases para garantizar la impunidad del Robo de la Ciudad Universitaria: sólo restaría que el Consejo Superior se expida sobre la misma, tal como ratificó la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán “mientras dure la tramitación de la presente causa o hasta que el Honorable Consejo Superior (HCS) de la UNT se pronuncie de manera expresa sobre la construcción de la Ciudad Universitaria”.

Así, quedaría impune el pacto que firmó el ex Rector Mario Marigliano con Julián Rooney, el desvío de un millón de dólares que se destinó al MUNT y la Escuela de Cine en Canal 10 y no a la construcción de la Ciudad Universitaria y la decisión de Campero y Marigliano de promover en acta Nº498 del directorio de YMAD que se declare satisfecho el derecho de la UNT a construir el campus con los fondos de la minería que luego firmó Juan Alberto Cerisola, primero malversando los fondos y desde entonces beneficiándose la UNT de esos fondos (reducidos del 40% al 20%) de libre disponibilidad para sus arcas.

Para el Rector Pagani, la Ciudad Universitaria de San Javier es "absolutamente impracticable". Así lo afirmó el Rector cuando visitó el diario La Gaceta horas después de ser electo en junio de 2022.

"Es una idea nuestra también que ha salido en las discusiones del año pasado de resignificar y redefinir la Ciudad Universitaria. No es la de (...) que es absolutamente impracticable desde todo punto de vista, no sólo económico sino desde su concepción, del punto de vista pedagógico; las cosas han cambiado desde esa idea de ciudad universitaria a hoy. No vamos a pensar ya una ciudad universitaria en san Javier. Tenemos que reformularla y ahí orientar los esfuerzos edilicios y ahí algún dinero que venga de la minería", aseveró.

Así, en caso de alcanzar un acuerdo con YMAD, retirar la denuncia en Catamarca y acceder al 40% de las utilidades líquidas y realizadas de YMAD conforme manda la Ley 14.771 las mismas deben destinarse a construir la Ciudad Universitaria conforme a los planos ya aprobados. En caso de no hacerlo, el Rector estaría cometiendo algunos de los delitos por los que es investigado el propio Cerisola: no utilizar los fondos de YMAD para el propósito que impone la Ley.


La UNT declaró "nula" el acta de Cerisola e inició una querella en Catamarca sobre el acta de YMAD

La Resolución N° 2162/2015 del Consejo Superior de la UNT declaró lesivo para los intereses de la Universidad el acto administrativo irregular dictado por el ex Rector Cerisola, excediendo su competencia estatutaria, por estar basado en hechos inexistentes.

Allí, el Consejo tuvo en cuenta que el ex Rector fue procesado por administración fraudulenta; incumplimiento de deberes de funcionario público y disminución del porcentaje que debe recibir la UNT del dinero proveniente de YMAD

Por ello, solicitó la nulidad del instrumento “convenio N° 6” del 02/02/2008 suscripto por el ex Rector de la UNT, CPN Juan Alberto Cerisola y el Ing. Alberto Salmuni (en representación de YMAD) y de la resolución del directorio de YMAD del 27/12/2007 (acta N° 498).

El 5 de mayo de 2017, durante el Rectorado de Alicia Bardón, el Consejo Superior de la UNT se constituyó en sesión secreta para analizar el Proyecto de Resolución aconsejado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos a cargo de Augusto González Navarro -el mismo que permitió con sus dictámenes equiparar la Ciudad Universitaria a un plan de obras y que los fondos de YMAD sean tratados como fondos privados en una Universidad pública- para ampliar el pedido de nulidad del acta del 2 de enero de 2008 a la decisión adoptada por el directorio de YMAD el 27 de diciembre de 2007 "y a todo otro acto o instrumento de cualquier índole que hubiera obrado como antecedente necesario de la decisión de dar por concluida la construcción de la Ciudad Universitaria en los términos del artículo 18 inciso b y c de la Ley 14.77".

El fallo del 27 de mayo de 2020 de la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán subraya que el Consejo Superior solicitó el dictado de una medida cautelar con el objeto de que se ordene al Directorio de la Empresa “Yacimientos Mineros de Aguas de Dionisio” (YMAD) abstenerse de distribuir el 50% del porcentaje del 40% previsto legalmente en favor de UNT (en el artículo 18 inciso b de la ley Nº 14.771) y que las utilidades sean reservadas y depositadas a la orden del Juzgado colocándose a plazo fijo los montos -para evitar su desvalorización- mientras dure la tramitación de la presente causa o hasta que el Honorable Consejo Superior (HCS) de la UNT se pronuncie de manera expresa sobre la construcción de la Ciudad Universitaria.

En su resolución, los jueces Ricardo Mario Sanjuan y Marina Cossio y los conjueces Jorge Enrique David y Hernán Eduardo Frías Silva tuvieron en cuenta que “a pesar de que la Ciudad Universitaria no terminó de construirse (condición indispensable para modificar el porcentaje del 40% de utilidades que recibía para tal fin) se dio por satisfecha la obligación del artículo 18 inc. b y se pasó a la aplicación del inciso c de tal norma”.

“De ello, alega el recurrente, resultaría el irreparable perjuicio para la Universidad Nacional de Tucumán ya que las resoluciones cuya nulidad se persigue lograron que la UNT percibiera sólo el 20% al dar por finalizada la construcción –aunque esta no se efectivizó- por lo que debía seguir percibiendo el 40% de utilidades”, sentenciaron.

Los magistrados consideraron que “el procesamiento del ex Rector Cerisola y el pronunciamiento de la Comisión Investigadora generaron conciencia del perjuicio que la Universidad sufriría como consecuencia de estos hechos” y decidieron “HACER LUGAR a la MEDIDA CAUTELAR solicitada por la Universidad Nacional de Tucumán y disponer que el porcentaje del 50% del 40% de las utilidades comprendidas en el Art. 18 inc. b) de la Ley Nº 14.771 en favor de UNT sea reservado y depositado a la orden del Juzgado Federal de Catamarca (como perteneciente a los presentes autos) colocándose a plazo fijo dichos montos, mientras dure la tramitación de la presente causa o hasta la terminación de la Ciudad Universitaria de Tucumán (declarada de modo expreso por el órgano competente)”.

Se desprende del fallo que desde entonces la UNT sigue recibiendo el restante 50% del 40%, es decir del 20% del total, en carácter de libre disponibilidad.

En este escenario, se presume que en caso de firmar un acuerdo con Catamarca para retirar la demanda en la Justicia Federal de esa provincia y volver a cobrar el 40% de las utilidades líquidas y realizadas, la Ley 14.771 dispone que esos fondos deben destinarse a construir la Ciudad Universitaria (no así el 20% que se percibiría actualmente que la considera “terminada”), y Pagani se vería por la propia Ley a erigir el mega proyecto que consideró “absolutamente impracticable”.

Sin denuncia en Catamarca y con el juicio en curso contra Cerisola y exfuncionarios de su Gabinete, en el que la querella de la UNT a cargo del múltiple agente Rodolfo Tercero Burgos solicitó no incorporar ex novo ninguna acusación en particular, el Robo de la Ciudad Universitaria, desde el Pacto con Rooney y el millón de dólares que Minera Alumbrera adelantó (seis años) a Campero y Marigliano y toda la gavilla radical que hace años gobierna a gusto la UNT, corre riesgo de quedar impune.


El fallo de la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán del 22 de mayo de 2020


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Acta de la Sesión Secreta del Consejo Superior de la UNT del 5 de mayo de 2017


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El Pacto Marigliano - Rooney -Minera Alumbrera Ltd- (30 de noviembre de 2005)


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