Massa anunció medidas de alivio fiscal para PyMES
Con las mismas se buscará implementar facilidades de pago para cancelar deudas, suspender el inicio de juicios de ejecución fiscal y prorrogar el vencimiento de las obligaciones de septiembre a diciembre.
Este viernes, el Ministro de Economía, Sergio Massa, presentó en la sede del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la ciudad de Buenos Aires una serie de medidas destinadas a aliviar la carga fiscal de las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes).
De acuerdo a información proporcionada por fuentes del Palacio de Hacienda a Télam, Massa detalló las medidas que el Ministerio de Economía encomendó a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Estas medidas incluyen un plan de facilidades de pago para liquidar deudas, la suspensión de los juicios de ejecución fiscal en curso y la prórroga del vencimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y de seguridad social desde septiembre hasta diciembre de este año.
Estas acciones fueron anunciadas a través de la resolución 1416/2023, publicada el mismo viernes en el Boletín Oficial. La resolución instruye a la AFIP a implementar un plan de facilidades de pago que permita la cancelación de las obligaciones fiscales y aduaneras vencidas hasta el 31 de agosto del presente año. Este plan está dirigido a mipymes, personas físicas, sucesiones indivisas que califiquen como pequeños contribuyentes, así como a organizaciones sin fines de lucro debidamente registradas.
También se establece que la AFIP debe suspender el inicio de los juicios de ejecución fiscal y la aplicación de medidas cautelares para todos estos contribuyentes hasta el 31 de diciembre del presente año.
Además, se ordena la prórroga de los plazos de vencimiento para el pago del aporte personal de los trabajadores autónomos correspondiente a los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de este año, así como del impuesto al valor agregado correspondiente a los mismos períodos fiscales. Las nuevas fechas de vencimiento para las obligaciones prorrogadas no podrán ser anteriores al 1° de marzo de 2024.
El Ministerio de Economía también ha solicitado a la AFIP que realice modificaciones en el régimen de retención del impuesto a las ganancias con el objetivo de actualizar los montos de la escala y las tasas aplicables para el cálculo de la retención cuando se trata de pagos por el ejercicio de profesiones liberales u oficios.
Además, se ha dispuesto la suspensión de procedimientos relacionados con la exclusión del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y el mecanismo de baja automática hasta el 31 de diciembre. También se establece la creación de un nuevo régimen opcional para la presentación de declaraciones juradas y el pago de impuestos cuyos vencimientos ocurran durante enero de 2024. En este nuevo régimen, se requerirá el ingreso de un pago a cuenta por cada obligación, siguiendo las condiciones y términos que establecerá la entidad fiscal.