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Cuánto pagan y cuáles son los requisitos para ser fiscal en los comicios de Tucumán

Elecciones 2023

De cara a las próximas elecciones del 11 de junio, la Cámara Nacional Electoral estableció cuáles son las condiciones que deben cumplir quienes deseen anotarse como fiscales para los comicios.





El próximo domingo 11 de junio se realizarán finalmente las elecciones en Tucumán tras la suspensión de la Corte Suprema. En los comicios se elegirá los cargos de gobernador, vice, 49 legisladores provinciales, 25 suplentes, 19 intendentes y 184 concejales, dando un total de 347 cargos en juego. La Cámara Nacional Electoral especificó las condiciones y requisitos para que una persona pueda formar parte de la fiscalización durante la jornada electoral.

El artículo 29 del Código Electoral de la provincia de Tucumán indica que los partidos políticos, frentes o alianzas que se presenten en la elección, pueden nombrar fiscales para que los representen ante las mesas receptoras de votos, con la misión de fiscalizar las operaciones del acto electoral y formalizar los reclamos que consideren procedentes.

También podrán designar fiscales generales de la sección electoral, que tendrán las mismas facultades y podrán actuar simultáneamente con el fiscal de cada mesa. Salvo en este caso, en ningún otro se admitirá la actuación simultánea en una mesa de más de un fiscal por partido, frente o alianza electoral.

Los poderes de los fiscales o fiscales generales serán otorgados por las autoridades directivas del partido, frente o alianza electoral, haciendo constar todos sus datos personales, y serán presentados a los presidentes de mesa para su reconocimiento. La designación de fiscal general será comunicada a la Junta Electoral Provincial, por el apoderado general del partido, frente o alianza electoral, hasta 24 horas antes del acto eleccionario.

Los fiscales o fiscales generales deberán saber leer y escribir y ser electores de la sección, municipio o comuna en que pretenden actuar, según corresponda. Pueden votar en la mesa en que actúen aunque no estén inscriptos en ella, siempre que lo estén en la sección, municipio o comuna a que ellos pertenecen, según corresponda, agregando su nombre en la hoja del registro y haciendo constar esta circunstancia y la mesa en que está inscripto.

En cuanto al pago que recibe un fiscal por el desarrollo de sus funciones, cada partido político suele fijar una remuneración o percepción económica en concepto de viáticos. Este pago se diferencia de los que reciben las autoridades de mesa que son elegidas por el Juzgado y sometidos a un curso de capacitación.

Las funciones de un fiscal de mesa son:

- Entrar y salir libremente del establecimiento de votación.

- Pedir que se examine el cuarto oscuro cuantas veces se considere necesario.

- Estar presente cuando se acondicione el cuarto oscuro.

- Entregar las boletas de la agrupación política que representan a las autoridades de mesa para su colocación en el cuarto oscuro y su eventual reposición.

- Controlar la existencia del elector en el padrón.

- Solicitar la impugnación de la identidad del elector o electora si así lo considera y justificarlo.

- Presenciar el escrutinio de mesa.

- Recurrir los votos por las razones que la ley contempla y justificarlo.

- Reclamar ante cualquier irregularidad.

- Solicitar el certificado de escrutinio con los resultados correspondientes en la mesa en la que actuaron.