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No prescribe la acusación contra empresarios por sobreprecios en obras de la UNT

MEGA ESTAFA A LA UNT

La Cámara Federal de Tucumán rechazó el planteo de empresarios acusados de cobrar sobreprecios en obras realizadas en el marco de la falsificación de la construcción de la Ciudad Universitaria y seguirán procesados.

Residencia Universitaria de Horco Molle. (Foto: jemutucuman2016.blogspot)





La Cámara Federal de Tucumán rechazó el planteo de prescripción de la acción de los empresarios Juan Carlos Aranda y Nora del Valle Zottola, acusados de cobrar sobreprecios millonarios en perjuicio de la Universidad Nacional de Tucumán en tareas realizadas en el marco del plan para falsificar la construcción de la Ciudad Universitaria de San Javier. La causa se enmarca en la investigación por el desmanejo de los fondos que recibió la Casa de Altos Estudios de Yacimientos Mineros Aguas de Dionisio (YMAD) y por el que fue procesado -sin fecha de juicio- el exrector Juan Alberto Cerisola.

Aranda y Zottola, de la firma Rondeau, son investigados por presuntos sobreprecios en la obra N° 473, “Residencia Universitaria - Adecuamiento Edilicio para Discapacitados - Horco Molle”. En la causa consta que por esos trabajos cobraron $3.820.727, cuando los costos establecidos en el mercado eran $1.764.157. Tras ser procesados, fueron embargados por $4.000.000 cada uno.

La defensa de los acusados interpuso un recurso de apelación contra la sentencia del Juez Federal Nº2 de Tucumán, quien ya había resuelto no hacer lugar a los planteos de los empresarios cuando resolvió "no hacer lugar al planteo de nulidad" ni "al pedido de extinción de la acción penal por prescripción".

La Cámara Federal de Tucumán resolvió hoy "NO HACER LUGAR al recurso de apelación interpuesto en contra de la sentencia de fecha 19 de agosto de 2022, y en consecuencia CONFIRMAR en todos sus términos la misma, en mérito a lo considerado" en un fallo que lleva la firma de los jueces de cámara Ricardo San Juan, Mario Rodolfo Leal, Marina Cossio, Patricia Marcela Moltini y la secretaria de cámara Myriam Depetris.

Así, Juan Carlos Aranda y Norma del Valle Zóttola se encuentran procesados sin prisión preventiva como partícipes necesarios (art. 45 del C.P.), penalmente responsables del delito previsto y penado por el art. 174 inc. 5º en orden al art. 173 inc. 7º del Código Penal (administración fraudulenta contra la administración pública), toda vez que habrían percibido un sobreprecio en la realización de la obra Nº 473 (conforme sentencia de fecha 18/04/22).

Del fallo se desprende que la  la Obra N° 473 “Residencia Universitaria - Adecuamiento Edilicio para Discapacitados - Horco Molle”, tuvo inicio el 13 de agosto de 2008 por un plazo de 75 días, mientras que el Informe Técnico de Gendarmería Nacional arrojó que el monto de la obra, conforme a los valores corrientes en la fecha de la construcción realizada fue de $ 1.764.157,40.. "Todo ello ocasionando de esta manera un perjuicio a la Administración Pública, U.N.T".

Al pedir la prescripción, defensa de los empresarios alegó que "la entrega de la obra cuestionada fue en fecha 05/05/09 y que la declaración indagatoria de sus defendidos fue el 30/09/19, por lo que entre una y otra fecha han transcurrido más de diez años", pero la Cámara Federal recordó que tanto el rector Juan Alberto Cerisola como los procesados Olga Graciela Cudmani y Osvaldo Venturino siguieron cumpliendo funciones a posteriori en la UNT, lo que "resulta determinante para el curso de la prescripción de la acción de los encartados Aranda y Zottola, quienes se encuentran procesados en calidad de partícipes, ya que opera para todos ellos la presunción establecida por el legislador de obstaculización de la persecución judicial mientras cualquiera de los partícipes se mantenga en el cargo público".



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La Residencia Universitaria de Horco Molle