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"De porteños para porteños": la Corte Suprema de Justicia falló a favor de Buenos Aires en su reclamo por la coparticipación

polémica decisión

El máximo tribunal de Justicia decidió beneficiar a Capital Federal y ordenó que se entregue el 2,95% de la masa de fondos coparticipables, que había sido otorgada por Mauricio Macri a través de un DNU durante su presidencia. El senador Pablo Yedlin cuestionó el fallo.

Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, y Ricardo Lorenzetti firmaron el fallo favorable a los porteños.-





Este miércoles, la Corte Suprema de Justicia de la Nación falló a favor de la Ciudad de Buenos Aires en su reclamo por la coparticipación y  ordenó que se entregue  el 2,95% de la masa de fondos coparticipables y que dichas transferencias se realicen en forma diaria y automática por el Banco de la Nación Argentina. En consecuencia, el tribunal dispuso la suspensión de la ley 27.606 que había reducido la participación de esa jurisdicción.

La disputa porteá contra el Gobierno Nacional comenzó cuando el presidente Alberto Fernández decidió dar marcha atrás con un DNU firmado por el exmandatario Maurico Macri, que en 2016 había fijado un 100% de incremento para el distrito gobernado por Rodríguez Larreta, y estableciendo un 3,75% del total nacional.

Para justificar su fallo, la Corte realizó un desarrollo histórico de la evolución de la ciudad desde sus orígenes como municipalidad hasta su situación actual y recordó que su autonomía financiera aún dista de haberse concretado (por la falta de consenso para dictar una ley de coparticipación que le otorgue a la ciudad el lugar que le corresponde ocupar en el federalismo organizado por la Constitución.), señala que las trasferencias de competencias, servicios o funciones son procesos que se cumplen mediante actos concertados del Estado Nacional y de la Ciudad de Buenos Aires, es decir, remiten a decisiones que deben ser tomadas de manera conjunta por los gobiernos de ambas jurisdicciones. A su vez, de la sentencia queda claro que las provincias no se ven perjudicadas con la solución, pues la cuota correspondiente a la Ciudad de Buenos Aires se detrae únicamente de los fondos que le corresponden precisamente a la Nación en la distribución primaria.



El fallo fue firmado por los cuatro miembros del máximo tribunal: Horacio Rosatti, Carlos RosenkrantzJuan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti.


La cuestión se originó en dos causas iniciadas por el GCBA en el año 2020 a raíz del recorte de más de un punto de coparticipación por el Estado Nacional, primero por el dictado de un decreto (735 de septiembre 2020) y luego de una ley nacional (27606, diciembre 2020), por lo cual la Ciudad solicitó al máximo tribunal su inconstitucionalidad y el pago de una suma que compense la pérdida sufrida desde entonces. En la postura contrapuesta, el Estado Nacional cuestionó la legitimidad del decreto 194/2016 dictado por el entonces presidente Macri en enero de ese año, a pocos días de asumir en su cargo, y por el cual se había elevado de 1,40 a 3,75 el porcentual que recibía la Ciudad de la masa de fondos coparticipables. Entendió que era un porcentaje fijado de modo completamente arbitrario.

En el fallo la Corte consideró que la decisión que tomó responde a dos factores relacionados, por un lado, la verosimilitud del derecho invocado por la Ciudad de Buenos Aires, y por el otro, la necesidad de atenuar -durante el proceso- la alteración que causa el recorte de fondos en el normal desempeño de la administración porteña “y, por consiguiente en la calidad y cantidad de los servicios y bienes públicos que provee a su población.”

Asimismo, sostiene que una vez operada la transferencia de competencias y de los organismos correspondientes a la Ciudad y cuando ésta ya se encuentra cumpliendo con dicha función, el Estado Nacional no puede reducir unilateralmente con posterioridad el nivel de recursos comprometidos para la financiación del gasto necesario para brindar el servicio transferido. En ese sentido, los jueces destacaron que “se trata de competencias estatales que se desplazan de un gobierno a otro, operación que, por su naturaleza, solo puede hacerse con vocación de permanencia ya que su reversión o bien es impracticable o bien resulta altamente costosa.” Y agregaron “el Estado receptor no podría simplemente abandonar la prestación del servicio cuando, como en el caso de la seguridad pública, se trata de una prestación esencial para la vida colectiva de la comunidad y uno de los principales cometidos que deben cumplir las autoridades locales”.

Con relación con el peligro en la demora, la Corte tomó en cuenta que el decreto que ordenó la quita de fondos a la Ciudad se dictó el 9 de septiembre de 2020 y la ley que ratificó el recorte entró en vigencia el 28 de diciembre de ese año. De esta manera, consideró el máximo tribunal, en el breve período que va desde la sanción del decreto hasta la entrada en vigor de la ley, las transferencias a la Ciudad de Buenos Aires en concepto de coparticipación de impuestos fueron reducidas significativamente.

Por último, la Corte Suprema reiteró en su fallo que la participación de la Ciudad de Buenos Aires en la masa total de la recaudación a distribuir no afecta la coparticipación de las provincias. “En efecto, sea cual fuere el resultado de este pleito los recursos coparticipados de las provincias no se verán afectados, pues la cuota correspondiente a la Ciudad de Buenos Aires se detrae únicamente de los fondos que le corresponden precisamente a la Nación en la distribución primaria”, sostuvo el máximo tribunal.

Tras conocerse la decisión, el senador tucumano, Pablo Yedlin, salió a cuestionar a la Corte, asegurando que el tribunal es "de porteños para porteños". "Otra vez la #CSJN falla a favor de la Ciudad mas rica de la Argentina. ¿Casualidad?", se preguntó en Twitter. Y arremetió: "Vivimos en un país federal pero tremendamente inequitativo. Estas decisiones centralistas y unitarias son las responsables de esa inequidad. #CSJN de porteños para porteños. #FinanciamosCaba".