PASO 2021: ¿Hay veda electoral en las redes sociales?
Este domingo, los tucumanos van a las urnas a elegir candidatos a diputados y senadores. La veda empezó la mañana del viernes y restringe actividades hasta la noche del domingo.

Imagen ilustrativa. (Foto: cronista.com)
La mañana del viernes, cuando el reloj marcó las 08:00, culminó la campaña electoral comenzó formalmente la veda electoral a horas de las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO). Este domingo, los tucumanos acudirán a las urnas para elegir precandidatos a diputados y senadores rumbo a las elecciones generales del 14 de noviembre.
Según los datos de la Justicia electoral, hay 1.267.045 ciudadanos habilitados para votar en 3.761 mesas distribuidas en 491 establecimientos educativos públicos y privados en todo Tucumán.
Este año, Tucumán renueva cuatro bancas en la Cámara de Diputados y tres en la Cámara de senadores al culminarse los mandatos de Gladys Medina, Pablo Yedlin, José Cano y Beatriz Ávila (electos en 2017) en la Cámara baja, y de José Alperovich, Beatriz Mirkin y Silvia Elías de Pérez (electos en 2015) en la Cámara alta.
El artículo 71 del Código Nacional Electoral establece que 48 horas antes de las elecciones hay ciertas actividades que están prohibidas en el marco de la veda electoral, tanto para candidatos como para votantes. Desde las 08:00 del viernes y hasta de las 21:00 del domingo no se puede:
Realizar actos públicos de campaña y proselitismo electoral.
Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros (80 m.) de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.
Publicar y difundir encuestas o sondeos preelectorales.
La venta de bebidas alcohólicas (prohibida desde las 20 horas del sábado 10 hasta las 21 del domingo).
Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral.
Prohibición de portar armas.
Desde el viernes y durante el día de la votación estará prohibido portar banderas, distintivos o insignias partidarias.
¿Qué pasa en las redes sociales?
El Código Electoral en el artículo 71 no hace mención a las redes sociales o medios electrónicos. Sin embargo, desde la Cámara Nacional Electoral (CNE) señalaron a la agencia NA que las plataformas digitales "están incluidas" en la veda para los candidatos y votantes, por lo que tampoco podrán realizar declaraciones o publicar propaganda política a través de Twitter, Facebook o Instagram, entre otras.
Posibles sanciones por incumplir la veda
Aquellos que no respeten la veda podrían ser denunciados por violación al Código Electoral. El artículo 136 del Código Electoral Nacional establece que "se impondrá prisión de 15 días a 6 meses a las personas que expendan bebidas alcohólicas desde doce horas antes y hasta tres horas después de finalizado el acto eleccionario".
En el artículo 131, esta norma reprime con la misma pena al "empresario u organizador de espectáculos públicos o actos deportivos que se realicen en el lapso previsto" de prohibición por la autoridad electoral.
Para aquellos que "con engaños indujere a otro a sufragar en determinada forma o a abstenerse de hacerlo" (artículo 140), la pena podría ser de dos meses a dos años de cárcel, mientras que a quien "utilizare medios tendientes a violar el secreto del sufragio" (artículo 141) se lo castigará con hasta tres años.
Finalmente, a los ciudadanos se les podría cobrar una multa entre $ 10.000 y $ 100.000 si no respetasen los límites de emisión y publicación de avisos publicitarios en los medios de comunicación. Lo mismo corre para aquellos que realicen actos de campaña fuera del plazo establecido para ese fin.