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¿Qué dice el decreto de Nación sobre las nuevas medidas contra el Covid-19?

Pandemia

El Decreto de Necesidad y Urgencia que entrará en vigencia desde las 00 horas del viernes, establece "medidas de prevención y disposiciones locales y focalizadas" para la contención de los contagios del coronavirus.





Este jueves el Poder Ejecutivo Nacional emitió un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) en el marco del acelerado aumento de casos positivos de Coronavirus. En el documento se especifican nuevas restricciones para contener los contagios. Las medidas entrarán en vigencia a partir de las 00 horas del viernes y se extenderán hasata el 30 de abril.

El gobernador Juan Manzur, adelantó esta semana, que la provincia definiría una vez publicado el DNU cómo se aplicaría lo establecido desde Nación.

El decreto explica, tal como lo anticipó el miércoles el propio presidente Alberto Fernández, que "se suspenden para todo el país los viajes grupales de Egresados y Egresadas, de Estudio y de Grupos Turísticos". Lo mismo sucederá con "las actividades de Casino, Bingo, Discotecas o cualquier salón de fiestas".

Otra de las nuevas medidas está referida al uso del transporte público que, estará reservado exclusivamente para que quienes cumplen tareas esenciales, se trasladen a establecimientos educativos o pidan el permiso especial que se tramita en www.argentina.gob.ar/circular. El resto de los trabajadores deberán trasladarse en medios particulares "a cargo del empleador".

Principales puntos del DNU
 
*Se suspende la asistencia al trabajo para personas de riesgo.
 
*Se establecen dos zonas para los partidos y departamentos de más de 40.000 habitantes: las de mediano riesgo epidemiológico y sanitario, y las de mayor riesgo epidemiológico y sanitario.En estas últimas se suspenden actividades sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.
 
*Además quedan suspendidas las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 20 personas.
 
*También la práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas.
 
*Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23 que deberán tener un aforo máximo del 30%, misma capacidad máxima que podrán tener los espacios destinados para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y gimnasios.
 
*Queda prohibida la circulación de personas entre las 00.00 y las 06.00 de la mañana.
 
*Estas medidas, aclara Presidencia, podrán adoptarse también en los lugares de alto riesgo o riesgo medio en partidos y departamentos


Descargarde menos de 40.000 habitantes.