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La Justicia tucumana sienta precedente y le pone un tope al crédito UVA Automotores

Jurisprudencia

En 2018, la primera cuota fue de 40 mil pesos. Dos años después, se triplicó hasta alcanzar los 120 mil y se tornó impagable. El trabajo de dos abogados que se sentaron a estudiar el trasfondo del crédito y que no dudan en afirmar: “es usurario, una verdadera bomba atómica”.





En diciembre de 2020, G.V concurrió a un estudio jurídico porque la situación con el crédito UVA Automotor que tomó dos años atrás se tornó insostenible. La cuota inicial de 42.700 se fue actualizando progresivamente hasta que en diciembre último alcanzó los $121.958, un valor impagable de acuerdo a sus ingresos. Ante el planteo de la damnificada, dos abogados tomaron el caso y, tras estudiar a fondo la problemática del sistema UVA de Crédito, presentaron una medida cautelar en la Justicia local que, en tiempo récord, falló a su favor poniéndole un tope a la actualización de los montos y obligando a las partes a renegociar los términos del contrato, dado que las actuales condiciones violan derechos constitucionales básicos, tales como el derecho al trabajo y a una vida digna. 

La acción fue interpuesta el 26 de noviembre de 2020 por los abogados Jaime Soler (MP 7386) y Nicolás Soria (MP 7331). Menos de un mes después, el 28 de diciembre, el Juzgado en lo Civil y Comercial Común I de la Capital resolvió hacer lugar a la medida cautelar solicitada por G.V y ordenó que las partes, junto a sus representantes legales, renegocien los términos del crédito de prenda con registro UVA “en condiciones que pueda ser abonado por la deudora”. La resolución tomada por el juez Jesús Abel Lafuente establece un plazo de 120 días a partir de la notificación de la sentencia contra la compañía Mercedes Benz Financiera Argentina

Tanto Soler como Soria destacaron en diálogo con eltucumano.com el valor de la resolución que sienta jurisprudencia para otros casos similares que lleguen a Tribunales. Y destacaron que, además de ordenar a las partes a renegociar un contrato justo, el Juez dictaminó que su clienta pague el 50% la actualización del valor en UVAS “debiendo la demandada aceptar provisionalmente dichos importes como pagos cancelatorios de las cuotas del préstamo hasta tanto arriben a un acuerdo, se modifique lo resuelto conforme las posiciones asumidas por las partes y las pruebas acompañadas o se dicte sentencia definitiva”.

El valor total del camión adquirido por G.V era de 1.700.000. Para comprarlo tomó un préstamo UVA Automotor con la compañía Mercedes Benz Financiera Argentina, que le ofreció una financiación a 48 meses. “Lo más grave de la situación que expuso la clienta al llegar a nuestro estudio jurídico es que, habiendo transcurrido casi la mitad del crédito –cuota 23 de 48- y habiendo abonado casi la mitad de las cuotas en tiempo y forma, continuaba debiendo prácticamente el valor inicial”, relató Soler, quien destacó que “siempre hubo voluntad de pago, pero el crédito se volvió impagable, no sólo por el valor de la cuota sino también del capital adeudado”. 

Porqué no para de subir 

Soler explica que la raíz del problema de los créditos UVA Automotor no es el sistema francés de amortización, ni el sistema UVA en sí mismo. Lo que lo transforma, según sus palabras, en un crédito “usurario, una verdadera bomba atómica que más tarde o más temprano se transforma en impagable” es la combinación de ambos sistemas. Al conjugarse, quienes otorgan el crédito se “blindan” frente a un tomador del préstamo que queda en una situación de vulnerabilidad ante las entidades financieras, con componentes en permanente actualización. 

 “En el caso de G.V debía pagarle a Mercedes Benz Financiera Argentina un valor en concepto de cuota contra la entrega del camión. Esa cuota se componía del capital, más los intereses, más los gastos administrativos, más la actualización del valor UVA. Al momento de la contratación, el capital era equivalente a 66.000 UVAS, pero la contratación se llevaba a cabo mediante un crédito prendario firmado con la empresa que, a su vez, tenía un anexo en donde explicaba que el capital otorgado como préstamo se reajustaría de acuerdo valor UVA establecido por el Banco Central”, precisó Soler. 

La Unidad de Valor Adquisitivo (UVA) se calcula al multiplicar su valor establecido de $14,06 por el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) que publica el Banco Central (BCRA). El CER refleja la evolución de la inflación tomando como base el Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el INDEC. Al momento de lanzar los créditos UVA en sus diferentes líneas, la gestión de Mauricio Macri estimaba un 10% de inflación (dos puntos más o dos puntos menos). En el inicio del año 2021, la situación es bien distinta: una crisis económica que lleva años de arrastre, una inflación proyectada del 51% y, como si fuera poco, la pandemia de Coronavirus que modificó la situación de muchas de las personas que había tomado estos créditos.

“En el sistema francés de amortización, se calcula el interés en base a un capital estable. Lo que varía es la composición de la cuota: el capital va creciendo a medida que decrece el interés. El problema que tenemos aquí, al conjugar las dos modalidades de crédito, es que no sólo la cuota es variable sino también el capital, por lo que no terminás de pagar nunca. Por eso, nosotros interpusimos una acción de consumo, entendiendo que existen violaciones al deber de información, dado que un préstamo de esta naturaleza es muy difícil de entender para no especialistas en Economía o Finanzas debido a la complejidad de su base de cálculo”, relató Soler, quien repasó que en los últimos dos años su clienta sufrió incrementos en la cuota del camión de $40 mil a $60 mil pesos, luego a $80 mil y finalmente a $120 mil pesos. En diciembre último, G.V temió perder el bien que utiliza para su emprendimiento y que es la fuente de trabajo del chofer al cual contrata para realizar los repartos.    

“A nuestro entender, se estaba cobrando interés sobre interés. Por eso, entendemos que existe una violación al deber de información establecido por la Ley de Defensa al Consumidor. En virtud de eso, iniciamos una acción de consumo ante la Justicia Civil y Comercial de Tucumán solicitando en nuestro escrito de demanda el resarcimiento de los valores que consideramos que han sido cobrados en forma ilegítima o infundada al consumidor. Además, requerimos al Juez una medida cautelar a los fines de que suspenda la aplicación de la actualización UVA y se continúe calculando la cuota con el sistema francés establecido en el contrato prendario originalmente”, precisó el letrado como una alternativa al conflicto que afecta a miles de argentinos. 

“El préstamo UVA es una bomba atómica porque le entidad financiera presta plata pero el consumidor no sabe siquiera cuánta plata es. No tenemos forma de saber cuánto serán 66.000 UVA dentro de 10, 15 o 20 años. Y el tomador del préstamo va a seguir pagando actualizaciones indefinidamente. Lo que nosotros decimos es que con el sistema francés, las entidades financieras ya están cubiertas de la inflación con un interés del 24%, un monto superior incluso al de las tarjetas de crédito. La solución es suspender los UVA y que los créditos sigan adelante con el sistema francés, en un esquema justo para todos, en donde quien otorgó el crédito reciba su resarcimiento y las personas puedan pagar y conservar los bienes”.