Top

Legalizan el autocultivo y expendio de cannabis medicinal en farmacias

nueva reglamentación

La normativa facilita e impulsa la investigación científica orientada a fines terapéuticos y establece que, además de las obras sociales, el Estado y las prepagas garanticen el acceso.





A través del Decreto 883/2020 publicado en el Boletín Oficial, quedó firme la  nueva reglamentación para la ley de uso medicinal de cannabis que facilita e impulsa la investigación científica orientada a los posibles usos terapéuticos. En esta dirección se autoriza el autocultivo y el expendio de aceites en farmacias.

En el documento se establece que la nueva reglamentación busca asegurar "el acceso a las terapias de forma segura e informada para todos los usuarios y usuarias", incluso a través del "autocultivo o el cultivo solidario". Además se especifica que, además que las obras sociales, el Estado y las prepagas "garanticen" ese acceso.

Los portavoces destacaron que la nueva reglamentación surgió de un proceso de diálogo entre el Ministerio de Salud con organizaciones no gubernamentales, sociedades científicas y organismos públicos involucrados.
 
En el decreto, también se le otorga al médico un rol fundamental en el acompañamiento de los pacientes y se contempla la provisión en forma gratuita por parte del Estado de derivados de la planta a quienes tengan "indicación médica".
 
Fuentes oficiales indicaron que este decreto reglamentario, firmado por el presidente Alberto Fernández, deroga y reemplaza la reglamentación dispuesta en 2017, según consignó Télam.
 
Además, se crea el "Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis, sus Derivados y Tratamientos No Convencionales" en el marco del Ministerio de Salud.
 
"El acceso al cannabis y sus derivados deberá ser garantizado por las obras sociales y empresas de medicina prepaga o por el Estado para quienes no posean cobertura de salud", señala la reglamentación oficial.
Con la nueva reglamentación presentada por el Poder Ejecutivo nacional  podrán entrar en el circuito de legalidad todos los cultivadores solidarios, familias y agrupaciones.  La tenencia de semillas y plantas aun en el ámbito privado y para consumo personal o terapéutico, estaba penado por la ley de drogas (23.737) con hasta 15 años de prisión.

La reglamentación modelo 2020 habilita no sólo a importar productos medicinales de cannabis, que ya estaba permitido aunque solo para las epilepsias refractarias y vía ANMAT con un trámite engorroso, sino también a partir del expendio en farmacias habilitadas para vender y producir “formulaciones magistrales”, como aceites, tinturas o cremas. Es decir que quien no quiera, no le interese o no pueda cultivar en su casa podrá conseguirlo sin dificultades.

El Estado brindará colaboración técnica para impulsar la producción pública de cannabis en todas sus variedades y su eventual industrialización para su uso medicinal, terapéutico y de investigación y  "brindará colaboración técnica para impulsar la producción pública de cannabis en todas sus variedades y su eventual industrialización para su uso medicinal, terapéutico y de investigación en los laboratorios de producción pública de medicamentos nucleados en la Agencia Nacional de Laboratorios Públicos".
 
El Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) y el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) podrán cultivar cannabis y el Instituto Nacional de Semillas (INASE) será el encargado de regular "las condiciones de producción, difusión, manejo y acondicionamiento de los órganos de propagación de esta especie que permitan la trazabilidad de los productos vegetales", establece la medida.
 
Además, tiene el aval del "Consejo Consultivo Honorario sobre la Investigación Médica y Científica del Uso de la Planta de Cannabis y sus derivados", creado por la ley 27.350, integrado por organizaciones de madres y usuarios de aceite de cannabis para fines terapéuticos, organismos estatales con competencias en la materia como la ANMAT, el INTA, el Instituto Nacional de Semillas, el CONICET, la Agencia Nacional de Laboratorios Públicos y la Comisión Nacional de evaluación de Tecnologías en Salud".



Descargar