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San Miguel de Tucumán avanza de fase a Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio

ALERTA: PANDEMIA

Por decreto, desde Presidencia de la Nación establecieron que la Capital y el resto de los departamentos ya se encuentran en condiciones de finalizar con la etapa de aislamiento. Rigen nuevas flexibilizaciones desde este lunes.

(Foto: Gabriel Lemme)





Mediante el decreto 875/2020 del Gobierno nacional, publicado en el Boletín Oficial de la Nación, desde este lunes 9 de noviembre San Miguel de Tucumán sale de la etapa de Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO) y vuelve a fase de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio (DISPO).
 
La decisión coincide con las nuevas flexibilizaciones dispuestas por el Comité Operativo de Emergencia (COE) el último viernes, que extenderá el horario de atención al público de negocios gastronómicos y volverá prácticamente a la normalidad el régimen de trabajo del comercio minorista en toda la provincia.
 
 
Para incluir a Tucumán dentro de las jurisdicciones que avanzan a DISPO, desde Nación se tuvo en cuenta la disminución del porcentaje de ocupación de camas críticas en el sector público, a un 76%. Esto, a pesar de que el virus se transmite todavía de forma comunitaria en la zona metropolitana. Del NOA, las únicas jurisdicciones que deberán permanecer en ASPO son Capital y La Banda de Santiago del Estero.
 
Todas las jurisdicciones comprendidas en fase DISPO:
 
- El Área Metropolitana Buenos Aires (AMBA)
 
- Todos los restantes partidos de la provincia de Buenos Aires, con excepción de los departamentos de General Pueyrredón, Bahía Blanca, San Nicolás, Laprida, Pila, San Cayetano, Balcarce, Castelli, Roque Pérez y Tandil.
 
- Todos los departamentos de las provincias de Catamarca, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, Misiones, Jujuy, Chaco, Córdoba, La Rioja, Mendoza, Salta y Tucumán.
 
- Todos los departamentos de Chubut, excepto el de Rawson.
 
- Todos los departamentos de Neuquén, excepto los aglomerados de las ciudades de Neuquén, Plottier, Centenario, Senillosa, Cutral Có, Plaza Huincul y Zapala.
 
- Todos los departamentos de Río Negro, excepto los aglomerados de las ciudades de Bariloche y Dina Huapi y los departamentos de General Roca y Adolfo Alsina.
 
- Todos los departamentos de San Juan, excepto los departamentos de Rawson, Rivadavia, Chimbas, Santa Lucía y Capital.
 
- Todos los departamentos de San Luis, excepto la Capital y General Pedernera.
 
- Todos los departamentos de Santa Cruz, excepto los aglomerados de la ciudad de Río Gallegos, El Calafate, Puerto Deseado y Caleta Olivia.
 
- Todos los departamentos de Santa Fe, excepto Rosario, la Capital, General López, Caseros, Constitución, San Lorenzo, Las Colonias y Castellanos.
 
- Todos los departamentos de Santiago del Estero, excepto los de Capital y Banda.
 
- Todos los departamentos de Tierra del Fuego, excepto Río Grande.
 
Otra de las condiciones con las que cumple Tucumán para ingresar en fase de DISPO es el cociente obtenido de la división de los casos acumulados de las últimas dos semanas respecto de las dos anteriores. Nación pone como condición que el resultado sea menor a 0,8 y en la provincia la cifra apenas supera el 0,5.
 
¿Qué diferencia hay entre las etapas de aislamiento y de distanciamiento?
 
 El Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio implica:
 
- Que cada persona debe quedarse en su domicilio.
 
- Que solo puede salir para hacer compras básicas, para realizar trabajos exceptuados o tareas especialmente autorizadas.
 
 Mientras que la fase de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio implica:
 
- En lugares con: sistema de salud adecuado para la demanda sanitaria, que no tengan transmisión comunitaria del virus, y otros criterios epidemiológicos.
 
- Que las personas pueden circular, trabajar y realizar sus actividades siempre y cuando guarden siempre dos metros de distancia con otra persona.
 
- Todas las actividades que reabren deben reorganizarse para garantizar esta norma.
 
- Es obligatorio el uso del tapabocas.
 
- Higiene de manos y respiratoria.
 
- Ventilación de ambientes y desinfección de superficies.
 
- En lugares cerrados no se pueden reunirse más de 10 personas, cumpliendo el distanciamiento, y nunca superando la ocupación del 50 % de la capacidad del lugar.

 
Consultá el decreto
 

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