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La Receta Digital del tucumano Yedlin ya es ley

proyecto tucumano

En menos de tres años, es el segundo proyecto del diputado y ex ministro de Salud provincial que aprueban en el Congreso de la Nación.





Este jueves, el Senado de la Nación aprobó el proyecto de ley de “receta electrónica o digital”, propuesto por el Diputado Nacional por Tucumán, Pablo Yedlin, que apunta a legalizar la prescripción digital y la teleasistencia en salud. 

Durante la sesión, además de la ley de receta digital, se trataron varios proyectos, incluido el de “Donación de plasma”, que ya había sido aprobado en Cámara de Diputados y otros dos enviados por el Poder Ejecutivo sobre los nuevos límites de la plataforma continental del territorio argentino y la creación de un consejo asesor para puntos relativos a las Islas Malvinas.

Para la confección de la ley de Recetas digital, se hizo un análisis pormenorizado de todas las disposiciones existentes en nuestro país (Ley 17132/1967, Ejercicio Profesional de la Medicina y Ley 17565/1967, Ejercicio Profesional de la Farmacia, Ley 23277, Ejercicio Profesional de la Psicología) y se contemplaron todos puntos que debían modificarse para hacer de la receta electrónica y de la teleasistencia en salud herramientas legales. 

Con esta ley se ordena también las leyes que regulan específicamente los medicamentos psicotrópicos (leyes 19303/1971) y estupefacientes (Leyes 18818/1968) que son medicamentos que requieren algunos controles integrales específicos y pautas de seguridad especiales en su manejo.

Durante el año pasado, Yedlin se había reunido en repetidas oportunidades con funcionarios del Ministerio de Salud de la Nación, directivos de la Agencia Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) y de la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA).

Mientras que, en el 2020, el contexto de pandemia hizo despertar el interés del gobierno del presidente Alberto Fernández por este proyecto de ley, ya que facilita trámites aun con aislamiento social, preventivo y obligatorio.

Recordemos que, en el 2018, el diputado tucumano había presentado el proyecto de la Ley de Vacunas 27.491, que fue votada por consenso por todos los bloques partidarios tanto de Diputados como del Senado de la Nación y que luego fue promulgada por el entonces presidente Mauricio Macri. 

“Me siento orgulloso de representar a Tucumán, y que pese a la ‘grieta’ que divide a nuestro país hayamos logrado el consenso -con mis colegas del Frente de Todos y de Juntos por el Cambio- para en apenas dos años y medio de mi gestión se promulguen dos leyes fundamentales para los argentinos y para la salud pública”, expresó Pablo Yedlín.

En los fundamentos del proyecto, se sostiene que "las recetas son clásicamente redactadas en papel, por puño y letra del prescriptor", debido a que "la legislación vigente en la Argentina (Nacional y Provinciales) que rige para las prescripciones de medicamentos fueron redactadas hace muchos años (en su mayoría en las décadas de 1960 y 1970)". 

Además agrega: "La receta digital es una herramienta en la gestión sanitaria que permite un mejor control de las prescripciones, reducción de errores médicos, aceleración o simplificación del proceso en los centros de salud, aumento en la adherencia a los tratamientos crónicos, optimización de gestión en farmacias, crecimiento y ordenamiento en las capacidades de fiscalización y auditoria de la gestión de medicamentos, y disminución de los costos financieros entre otras ventajas".

La Ley de Receta Digital tiene por objeto establecer que la prescripción y dispensación de medicamentos puedan ser redactadas y firmadas a través de recetas electrónicas en todo el territorio nacional. 

Se aplicará a toda receta o prescripción médica, odontológica o de otros profesionales sanitarios legalmente facultados a prescribir, en los respectivos ámbitos de asistencia sanitaria y atención farmacéutica pública y privada. 

Los medicamentos prescriptos en receta en formato electrónico o digital podrán ser dispensados en cualquier farmacia del territorio nacional, servicios de farmacia de establecimientos de salud y establecimientos del sector salud habilitados para tal fin, acorde a las disposiciones vigentes.