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Estas son las excepciones a la cuarentena que Tucumán solicitó a Nación

ALERTA: CORONAVIRUS

El Gobierno de la provincia adelantó que realizó un pedido formal a la administración de Alberto Fernández. Solicitan que las actividades elegidas sean habilitadas esta semana.

Carnicería del Mercado del Norte. (Foto: Franco Olea)





El Gobierno de la Provincia adelantó este lunes que comenzaron con los trámites para pedir por la flexibilización del aislamiento, social, preventivo y obligatorio para algunas actividades.


El gobernador Juan Manzur junto a la ministra de Gobierno y Justicia Carolina Vargas Aignasse, analizaron las actividades que entrarán en el pedido de excepciones.


“El Gobernador, que tiene acabado conocimiento en estos temas, siempre tiene en cuenta la cuestión de la salud de la población y un tema que difiere a Tucumán de otras provincias, es su alta densidad poblacional”. explicó la funcionaria que agregó: “es muy importante también el tema económico, pero siempre priorizando la salud de la población”.


En ese sentido, Vargas Aignasse comunicó que las excepciones tendrán que ver con actividades de desarrollo productivo e industriales que se consideran esenciales para la economía. Además, afirmó que ellos se agregará al sector de la salud privada, vinculado a urgencias odontológicas, estudios por imágenes y laboratorios clínicos. Solicitarán que estas actividades se habiliten desde esta semana.


De esta forma el listado de actividades que Tucumán pide ser excluidas son:


1. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.


2.Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.


3.Atención odontológica de urgencia siguiendo estrictamente el protocolo sanitario.


4.Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo y cumpliendo el protocolo sanitario establecido.


5.Ópticas, únicamente para casos de suma necesidad con sistema de atención al público programada.


6.Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y beneficiarias.


En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.
7.Producción para la exportación, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.


8.Procesos industriales específicos, con autorización también de la cartera Productiva.


9.Quinielas provinciales explotadas en kioscos y almacenes (sub-agencias).



Para la semana que viene, puntualmente, “se solicitará lo pedido por la Cámara de Comercio y la Federación Económica de Tucumán que es la autorización de venta minorista de productos elaborados que se debe realizar puerta a puerta, por delivery y de manera on line. No se autorizará la apertura de puertas de los establecimientos”. A su vez, la ministra señaló que en los últimos días fue autorizada la atención en las ópticas pero sólo por urgencias y a puertas cerradas.


Desde eñ ñunes 27 de abril:

1-Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico.


2-Venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.


3-Mediante resolución del Comité de Emergencia se autorizara la Verificación Técnica Vehicular (VTV) provincial para vehículos relacionados a las actividades exceptuadas.



El pasado sábado, se conoció que Tucumán y Santiago del Estero fueron las únicas provincias que no solicitaron el ablandamiento de la medida restrictiva, a pesar de que en ambos territorios no se registran casos confirmados de nuevos portadores del COVID-19 hace exactamente una semana.


Listado de nuevas actividades y servicios autorizadas por Nación

1. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.


2. Oficinas de rentas de las PROVINCIAS, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.


3. Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.


4. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.


5. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.


6. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.


7. Ópticas, con sistema de turno previo.


8. Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.


9. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.
10. Producción para la exportación, con autorización previa del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.


11. Procesos industriales específicos, con autorización previa del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.