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Polémica por los feriados decretados en el Ministerio de la Defensa

Justicia

Desde el Colegio de Abogados de Tucumán cuestionaron los asuetos administrativos que resolvió el ministro Washington Návarro Dávila para los días previos a Navidad y Año Nuevo, haciendo caso omiso a la legislación que reserva esta facultad a la Corte Suprema de Justicia de la Provincia. Perjuicios en actos procesales.

Navarro Dávila decretó asuetos para los empleados del Ministerio a su cargo los días 23 y 30 de diciembre.





Los asuetos administrativos decretados en la órbita del Ministerio Pupilar y de la Defensa para los días previos a Navidad y Año Nuevo fueron duramente objetados por el Colegio de Abogados de Tucumán. Desde la institución que nuclea a los letrados reclamaron que la decisión del ministro Washington Návarro Dávila hace caso omiso a la legislación provincial que reserva exclusivamente a la Corte Suprema de Justicia de la Provincia el ejercicio de las facultades de Superintendencia de la Administración de Justicia. 

Por decisión de Návarro Dávila, los días 23 y 30 de diciembre fueron decretados inhábiles en consonancia con los asuetos decretados en el Poder Ejecutivo Provincial en vistas de las fiestas de Fin de Año. La disposición, según informaron desde la colegiatura, "produjo una grave afectación a las disposiciones del artículo 121 de la Constitución Provincial así como de las garantías del derecho de defensa y del debido proceso estatuidas en el artículo 18 de la Carta Magna Nacional y demás pactos y convenciones internacionales de igual rango". 

En este sentido, el presidente del Colegio de Abogados de Tucumán, Marcelo Billone, remarcó que "el Ministro Pupilar y de la Defensa, al adoptar esta medida, excede claramente las facultades que le otorga el artículo 160 sexies de la Ley 8.983 que en su inciso 1º expresa 'ejercer la Superintendencia del Ministerio Pupilar y de la Defensa en el marco de lo dispuesto, por el artículo 121 de la Constitución de la Provincia de Tucumán'”. 

"Nunca podría entenderse que se respeta la norma constitucional local, si se pasa por alto que el ejercicio de las facultades de Superintendencia acerca de la Administración de Justicia están reservadas exclusivamente para la Corte Suprema de Justicia de la Provincia como manda dicho precepto de claro rango superior", completó. 

Según establece la legislación vigente, la Corte Suprema tiene la potestad para disponer cuáles días se declaran inhábiles, ya que la declaración de inhábil de un día sólo puede ser decidida por un órgano y debe tener validez para todos los ámbitos del Poder Judicial o al menos todos los que integran un Fuero o unidad ejecutiva determinada con efectos 'erga omnes' para todos los involucrados, es decir Magistrados, Funcionarios, Abogados y justiciables. De esta manera se garantizan, según entienden desde el Colegio de Abogados, los principios de coherencia y seguridad jurídica. 

En este sentido, los letrados que ejercen la profesión en el ámbito del Ministerio Pupilar y de la Defensa reclamaron que en actos procesales (audiencias, medidas varias, etc.) fijados para el día 23 de diciembre, donde era necesaria la presencia de funcionarios del Ministerio Pupilar y de la Defensa, éstos no se hicieron presentes "con el consiguiente perjuicio para las partes y la Administración de Justicia en general". 

A través del comunicado, desde la institución solicitaron a los integrantes de la Corte que se arbitren las medidas necesarias para que no se registren nuevas extralimitaciones en las funciones del ministro Navarro Dávila en el ámbito del Ministerio Pupilar y de la Defensa.

"Este Colegio como organismo integrante de la Administración de Justicia expresa su profunda preocupación ante lo acontecido y las atribuciones que se tomó ilegalmente el Ministro Pupilar y de la Defensa en claro desborde de sus facultades y con grave afectación de normas constitucionales locales y federales y pactos internacionales, generando zozobra entre nuestros colegiados y los justiciables y requiere consecuentemente a esa Corte que adopte las medidas del caso para encarrilar la situación y evitar que se cometan nuevas infracciones al sistema procesal vigente y a la supremacía constitucional".