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Archivan el proyecto de Caponio para prohibir abortos por violación

POLÉMICA INICIATIVA

Dos comisiones de la Legislatura rechazaron por unanimidad la propuesta del legislador peronista.

Marcelo Caponio, durante una sesión legislativa. (Crédito: La Nota Tucumán)





El proyecto de ley que buscaba impedir la interrupción Legal del Embarazo (I.L.E.) a niñas y mujeres víctimas de violación, fue archivado pasado el mediodía de este lunes. Luego de una reunión conjunta de las comisiones de Protección de Derechos de la Mujer y la de Familia, Niñez, Adolescencia, Adultos Mayores y Discapacidad, sus integrantes rechazaron de forma unánime la iniciativa impulsada por el legislador peronista Marcelo Caponio.

La propuesta contaba con el aval de 29 de los 49 legisladores, entre los cuales figuraban también las titulares de las comisiones reunidas para analizar el proyecto, Graciela Medina y Sara Assan.

Reunión de comisiones en la que también participó Marcelo Caponio. (Crédito: Prensa Legislatura de Tucumán)


Según explican desde el sitio oficial de la Legislatura, “los integrantes de las Comisiones dictaminaron, unánimemente, rechazar ambos proyectos, debido a que consideran que ya existen diferentes tipos de legislaciones, referidas a la temática,  en Tratados Internacionales con rango constitucional y en leyes nacionales y provinciales”.

En el proyecto de Caponio ─ahora archivado y sin posibilidades de ser tratado en labor parlamentaria─, se consignaba expresamente el rechazo a las intervenciones derivadas de un abuso. “Queda absolutamente prohibida la discriminación al niño por nacer gestado por causa de violación”, reza el artículo 4°.

Firmas de los legisladores que apoyaron el proyecto.-



La propuesta del legislador peronista violentaba el artículo 86 del Código Penal Argentino, que establece desde 1921 la legalidad de la interrupción del embarazo “cuando se practica con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la mujer, cuando se interrumpe un embarazo fruto de una violación o de un atentado contra el pudor cometido sobre una mujer idiota o demente”. Su vigencia fue confirmada en 2012, a partir del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJT) en la causa “FAL”, en el que se avaló la interrupción del embarazo que cursaba una adolescente de 15 años, como consecuencia de los ataques sexuales que había sufrido de parte de su padrastro.