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El Colegio de Abogados criticó un proyecto de Gassembauer y Caponio

Polémica

Desde la institución indicaron que se trata de una propuesta para modificar la Ley 7844 que implicaría un retroceso en la materia.

Colegio de Abogados de Tucumán. Foto: Colegio de Abogados





El Colegio de Abogados de Tucumán presentó una nota en la Legislatura para rechazar el proyecto de modificación a la Ley de Mediaciones presentado por los legisladores Guillermo Gassembauer y Marcelo Caponio.

A través del escrito, desde la Institución presidida Marcelo Billone marcaron una serie de inconsistencias que lo harían incompatible con la normativa actual, por lo que el proyecto de los legisladores -que no fue remitido al Colegio de Abogados para un análisis o asesoramiento-, representa un retroceso en la materia. El texto indica que del proyecto “se desprende la pretensión de adecuar la Ley 7.365, referida a la Justicia de Paz Letrada, a las pautas legales que contemplan el Proceso de Mediación prejudicial obligatorio previsto por la Ley 7844, todo lo cual supone instituir un sistema paralelo al vigente de Mediación obligatoria previa al juicio”.

Desde el Colegio de Abogados advierten, además, que “en caso de establecerse en el ámbito de la Justicia de Paz Letrada la mediación obligatoria previa a todo juicio, se consagraría una suerte de doble instancia de Mediación". Además, indican que "en principio solo prevé  la homologación de convenios por ante el Juez de Paz interviniente”.

Además, la reforma propuesta por Gassembauer y Caponio tiene algunas contradicciones formales. Por ejemplo, postula que el mediador en el ámbito de la Justicia de Paz, sea funcionario judicial. Este punto va en contra del requisito que exige que el mediador no puede “encontrarse inhabilitado para el ejercicio de la profesión”, ya que los funcionarios judiciales se encuentran efectivamente inhabilitados en su matrícula.

Asimismo, el Colegio de Abogados remarcó que considera ya que la modificación propuesta por Caponio y Gassembauer resultaría incompatible con el procedimiento existente, lo más conveniente es el dictado de una legislación autónoma que regule la mediación y que responda a las estructuras propias de los Juzgados de Paz.