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Para Canelada, la reforma del Ministerio Público sigue siendo "inconstitucional"

Legislatura

El legislador radical presentó en el recinto un proyecto alternativo que reconoce la necesidad de dividir al órgano pero que "no otorga superpoderes a nadie".





En la sesión legislativa celebrada este jueves, en la que se aprobó una nueva reforma a la ley que desdobla el Ministerio Público Fiscal, el legislador José María Canelada (UCR) advirtió que la enmienda no resuelve la principal objeción que se le hacía a la norma: su carácter de inconstitucional. Como informante del dictamen de la minoría, el parlamentario reiteró que, en contra de toda intención de transparencia, la versión modificada de la ley mantiene todos los superpoderes en la persona del ministro fiscal.

Canelada presentó una propuesta alternativa a la del oficialismo que, "sin dejar de reconocer la necesidad de dividir al Ministerio, no otorga superpoderes a nadie; es decir, mantiene la superintendencia que la Constitución le otorga en exclusividad a la Corte Suprema de Justicia provincial", explicó mediante un comunicado de prensa.

El legislador aclaró que, al contrario de algunas acusaciones, "jamás estuvo en contra de la implementación del nuevo Código Procesal Penal". Especificó que “en lo único que no prestamos acuerdo a la hora de aprobar el Código fue en el tema de la regulación de los fueros, porque generan una casta de funcionarios intocables”.

Canelada hizo hincapié en la necesidad de eliminar toda discrecionalidad. Su versión del rediseño institucional del Ministerio Público contemplaba las siguientes cuestiones:

1. El Ministerio Público, tal como lo conocemos, está integrado por el ministro fiscal, los fiscales y defensores civiles de todos los fueros e instancias.

2. Este Ministerio Público será representado por el ministro fiscal, que además es el que dictamina en los casos pertinentes ante la Corte Suprema.

3. No es un órgano independiente ni tiene autonomía ni independencia funcional. Tampoco maneja presupuesto. Está ligado íntimamente a la Corte Suprema.

4. Se crean los Ministerios Públicos de la Acusación y de la Defensa (Pupilar y de la Defensa).

5. Estos órganos están constituidos por los ministros de la Acusación y de la Defensa Pública más los fiscales y defensores penales de todas las instancias.

6. Los sueldos, accesos, designaciones, ascensos, etc. siguen pasando por la Corte.

7. La Corte es la última instancia administrativa en cuestiones disciplinarias y administrativas.

8. La Corte tiene potestad de auditar los dos ministerios que se crean.

9. La distribución de causas penales no estarán definidas mediante un criterio discrecional en manos del ministro de la Acusación sino con un criterio objetivo. Que asegure independencia, imparcialidad y transparencia.

10. De igual modo definimos que una ley especial regulará el mecanismo de subrogancias en los ministerios.

Luego de que el oficialismo aprobara la reforma con el dictamen de mayoría, Canelada advirtió que "se trata de un mero maquillaje bajo el cual se esconde la concesión de más herramientas para que el oficialismo cuente con impunidad total".