El Cisnerismo "arruga" judicialmente con eltucumano: Petraglia, el "hijo de cariño" de Carlos Cisneros desistió de las dos demandas millonarias que impulsó contra este diario
Federico Petraglia, identificado judicialmente como operador de la asociación ilícita que lidera Carlos Cisneros y socio de las hijas del diputado en el hotel de lujo en Tafí del Valle, inició dos demandas idénticas el último día hábil de diciembre pasado, intentó direccionar el foro durante cuatro meses y desistió de los dos expedientes en mayo. Este diario comprobó que el operador de La Bancaria y empleado "de lujo" de la Caja Popular duplicó demandas, intentó direccionar el foro y desistió cuando ya estaba pendiente un dictamen fiscal que podía resultarle adverso. Petraglia, socio de las hijas de Carlos Cisneros en Emprendimiento Turístico S.R.L. e identificado en el fallo del juez Augusto Paz Almonacid por requerir las cámaras de seguridad del Hilton, instruir a Lourdes Parache para un examen ginecológico y participar en el simulacro del robo de su celular, queda otra vez en el centro del dispositivo judicial del entorno cisnerista contra quienes develaron el entramado mafioso montado contra los jugadores de Vélez falsamente denunciados por violación en manada.
Carlos Cisneros y Federico Petraglia, su joven operador de campo y ahijado de su esposa.
Federico Petraglia desistió. El miércoles 13 de mayo, a las 09:13 hs, su abogado Juan Andrés Robles presentó un escrito en el Juzgado Civil y Comercial Común de la II Nominación pidiendo retirarse del proceso de daños y perjuicios que el propio Petraglia había iniciado contra eltucumano en diciembre. Y no de uno solo: de los dos. Lo hizo cinco días antes de que la Fiscalía dictaminara sobre la subsistencia del expediente, en un dictamen que finalmente le sería adverso.
El movimiento cierra cinco meses de maniobras procesales. Dos demandas idénticas presentadas el mismo día con tres horas de diferencia, ante juzgados distintos. Una solicitud de "reserva" del expediente. Un intento de unificación primero y de litispendencia direccionada después. Una versión de horarios funcional al direccionamiento del foro. Un antecedente paralelo con las tres hijas de Carlos Cisneros, ante la misma jueza, con el mismo abogado y los mismos demandados, que terminó hace un mes con sentencia y costas a la actora. Y, finalmente, el desistimiento: antes del traslado, para impedir que la contraparte pudiera oponerse; con reserva expresa del derecho, para reintentar la demanda cuando le convenga.
El operativo terminó. Quedó la cronología, escrita por la firma del propio actor.
Petraglia, el 7 de Mayo pasado, en la marcha feminista de La Bancaria contra el juez Augusto Paz Almonacid, el director de El Federalista Germán García Hamilton y el conductor de eltucumano.com Julio Valenzuela.
La doble demanda contra eltucumano como modus operandi cisnerista
El 29 de diciembre de 2025, último día hábil antes de la feria judicial, Petraglia presentó la demanda contra Germán García Hamilton, Julio Rafael Valenzuela y Lucía Guadalupe Valenzuela por dos vías distintas y con tres horas de diferencia.
A las 19:54 hs ingresó por Mesa de Entradas como "escrito suelto", pidiendo tratamiento como asunto de feria: nació así el Expte. 7922/25, sorteado al Juzgado de la IX Nominación. A las 23:11 hs del mismo día, ingresó por el módulo de demanda digital: nació el Expte. 7876/25, sorteado al Juzgado de la I Nominación. Mismos sujetos, mismo objeto, misma causa. Dos juzgados distintos. Tres horas entre presentación y presentación.
El 25 de febrero de 2026, ya pegado por un informe de Mesa de Entradas que dejó al descubierto la coexistencia, Robles presentó un escrito de aclaración.
"Se han presentado dos procesos judiciales idénticos en juzgados diferentes."Escrito de aclaración del Dr. Juan Andrés Robles, 25/02/2026
Lo atribuyó a un "error involuntario" y pidió proseguir.
El argumento del error tiene un problema documental: no era la primera vez. El 5 de julio de 2024, el mismo Petraglia —entonces con patrocinio de la Dra. Patricia Micaela Neme, cuyo estudio fue allanado en septiembre del año pasado en la misma causa por asociación ilícita— había iniciado dos demandas idénticas de prescripción adquisitiva, los Expte. 3559/24 y 3560/24, con diez minutos de diferencia. Sin feria judicial de por medio.
El sorteo, la inhibición y el direccionamiento del foro
El 2 de marzo de 2026, el juez de la IX Nominación, Dr. Fernando García Hamilton, se inhibió de entender en el 7922/25 por hallarse comprendido en una causal de excusación respecto del codemandado Germán García Hamilton —periodista cuya cobertura del caso Vélez–Cisneros ya había sido objeto de hostigamiento documentado—. Tras el re-sorteo del 6 de marzo, el expediente quedó radicado en el Juzgado Civil y Comercial Común de la II Nominación, a cargo de la Dra. Andrea Viviana Abate.
Lo que siguió no fue una denuncia leal de la litispendencia. Entre el 12 de marzo y el 1 de abril, Robles solicitó primero la unificación de ambos procesos y luego derechamente la declaración de litispendencia con archivo del 7876/25, para quedarse con el 7922/25 ya radicado ante Abate. Invocó ser "el tribunal que previno". A tal fin sostuvo una versión de los horarios de presentación funcional a esa postulación: 19:54 hs el 7922/25 y 23:11 hs el 7876/25. La jueza, sin embargo, advirtió —sobre la base del informe de Mesa de Entradas— que el 7876/25 figuraba iniciado el 29/12 y el 7922/25 el 30/12, y ordenó oficios para esclarecer cuál había prevenido.
Hubo un dato adicional. El Expte. 7876/25 tenía carácter de acceso reservado, lo que dificultó incluso la tramitación de la litispendencia, según consta en el decreto del 31 de marzo. La reserva no era una contingencia del sistema: el propio Petraglia la había solicitado expresamente en su demanda.
"Reservadas y disponibles solo para el actor."Petitorio del actor en su escrito de demanda
La frase es del propio escrito del actor. No es interpretación de la defensa.
El 21 de abril de 2026, la Oficina de Gestión Asociada N° 1 declaró la litispendencia por identidad y ordenó el archivo del 7876/25. La pretensión de daños quedó subsistente únicamente en el 7922/25, ante Abate. Tal como el actor pretendía.
La maniobra procesal en siete fechas

El desistimiento que cierra todos los frentes
Lo decisivo está en el texto del escrito Robles del 13 de mayo. Tres frases del propio actor configuran el cuadro completo.
Frase uno: el momento.
"Solicito se tenga presente que el presente desistimiento del proceso se efectúa antes del traslado de demanda."Escrito de desistimiento del Dr. Juan Andrés Robles, 13/05/2026
Es el dato clave. Mediado el traslado, la oposición de la contraparte habría podido enervar el desistimiento, conforme al artículo 252 del Código Procesal Civil y Comercial. Sin traslado, el actor cierra el frente sin que el demandado pueda oponerse.
Frase dos: la reserva.
"…y no implica desistimiento del derecho. En consecuencia, esta parte mantiene íntegramente a salvo los derechos y acciones que pudieren corresponderle derivados de los hechos objeto de autos."Escrito de desistimiento, 13/05/2026
Cierra el proceso ahora. Se reserva la facultad de reintentar la demanda, contra los mismos demandados, por los mismos hechos, en el momento que le convenga.
Frase tres: el alcance.
"Esto también se hará extensivo al expediente 7876/25 el cual fuere archivado por litispendencia, conforme las constancias de autos."Escrito de desistimiento, 13/05/2026
La cláusula extensiva desmiente definitivamente la versión del "error involuntario" del 25 de febrero. Para extender el desistimiento a un expediente, hay que saber que existe. El actor no solo conocía la duplicación: la gestionaba.
Las tres frases, conjugadas, escriben el método: cierre simultáneo de los dos frentes, en momento que impide oposición, con reserva expresa para reintentar.
El antecedente decisivo: el caso de las hijas de Cisneros
El empresario multimillonario Carlos Cisneros, en la celebración del día del Trabajador en el Club Caja Popular.
El argumento del retiro como método se vuelve más nítido cuando se mira el expediente paralelo que terminó hace apenas un mes.
El 22 de abril de 2026, en los autos "Cisneros Marta María y otros c/ Numen S.R.L. y otros s/ Tutela Autosatisfactiva", Expte. 1680/26, la misma jueza Abate dictó sentencia rechazando la pretensión de las tres hijas del diputado —Marta, Cecilia y Mercedes Cisneros— contra los mismos demandados que figuran ahora en el 7922/25: Numen S.R.L. y los Valenzuela. El letrado patrocinante: Juan Andrés Robles.
En aquel proceso, mediado el traslado de la demanda, Robles también había intentado desistir cuando advirtió que el resultado le sería adverso. Pero, por aplicación del art. 252, el desistimiento posterior al traslado puede ser enervado por la oposición de la contraparte. La oposición se planteó. El desistimiento careció de eficacia. La causa concluyó en sentencia con costas a la actora.
El escrito de mayo aplica la lección de abril. Sabiendo que un desistimiento posterior al traslado puede ser enervado, Robles escogió en el 7922/25 desistir justo antes del traslado, precisamente para impedir que la defensa pudiera oponerse.
El abogado Robles, conviene recordarlo, no patrocina solamente a Petraglia. Patrocina también a las tres hijas de Cisneros, en una pieza distinta del mismo dispositivo. Y patrocina a la Caja Popular de Ahorros de la provincia, entidad que el diputado controla desde 1995 por designación del entonces gobernador Julio Miranda. La continuidad de patrocinio no es coincidencia profesional: es estructura.
Petraglia y su "padrino" Cisneros señalado como "el de arriba" por el juez Lerario Babot
Que Federico Petraglia haya iniciado, vía Robles, una demanda de daños contra los periodistas que documentaron la estructura no es un episodio civil aislado. Es parte del operativo judicial coordinado del entorno cisnerista contra Numen S.R.L. y eltucumano que esta serie viene rastreando.
Petraglia no es sólo socio de la familia Cisneros en el negocio turístico de Tafí del Valle. Es empleado de la Caja Popular de Ahorros y figura en la estructura sindical de La Bancaria, los dos pilares económico-gremiales sobre los que el diputado nacional construyó tres décadas de control institucional. Su posición en esa estructura es la que explica que el operativo procesal contra eltucumano se haya activado, sostenido cinco meses y cerrado en retirada táctica, sin que el actor formal asumiera el costo de una sentencia.
Es además co-titular con las tres hijas de Carlos Cisneros de Emprendimiento Turístico S.R.L., sociedad propietaria del hotel familiar de lujo en Tafí del Valle, formalizada por el escribano Martín Aníbal Santillán del Registro 44. Y es uno de los nueve imputados en la denuncia por asociación ilícita que motivó los allanamientos del 30 de septiembre de 2025 ordenados por el juez Bernardo Lerario Babot, en la causa provincial S-077592/2025.
Su domicilio fue uno de los siete allanados simultáneamente ese día, junto con el departamento del propio Cisneros en barrio Norte y el estudio de Patricia Neme en barrio Sur. La diligencia desplegó más de 50 efectivos policiales y secuestró el material que las pericias UFED del Ministerio Público Fiscal —tecnología israelí Cellebrite— procesaron en los 530 megabytes de evidencia digital que cambiaron el caso Vélez.
Fue en la orden de allanamiento, justamente, donde Lerario Babot fijó por escrito el rol de Cisneros en la estructura.
"La expresión 'el de arriba' que da las órdenes de hacer 'pingo' a una jueza, es sin lugar a dudas, en referencia al Sr. Carlos Cisneros."Juez Bernardo Lerario Babot, orden de allanamiento del 30/09/2025
Petraglia, según el propio expediente, era el canal operativo por el que bajaban esas órdenes al terreno. La denuncia que motivó los allanamientos lo describe en ese rol específico: operador de campo.
El rol operativo de Petraglia en el caso Lourdes Parache contra los jugadores de Vélez
Es la misma figura que el fallo del juez federal Augusto José Paz Almonacid del 30 de diciembre de 2025 identificó como autor de la llamada al Hotel Hilton del 4 de marzo de 2024 a las 19:30 hs, cuarenta y ocho horas antes de la denuncia formal de Lourdes Parache, preguntando por las cámaras de seguridad de la noche del sábado anterior.
"Se comunicó un tal Petraglia solicitando hablar con el gerente comercial David Robles para consultar sobre las cámaras de seguridad de la noche del sábado."Manuel Ramírez, gerente del Hotel Hilton, declaración del 26/11/2025
Paz Almonacid identificó esa llamada como indicio de "secuencia de planificación previa" y como motor de la derivación federal por trata de personas. Pero el rol operativo de Petraglia, según las propias declaraciones testimoniales recogidas en sede judicial y las pericias UFED, no se agotó en aquella consulta sobre las cámaras.
También instruyó a Parache para que se sometiera a un examen ginecológico en los días posteriores al encuentro, cuando todavía no existía denuncia formal. La conversación fue recuperada por la pericia UFED del Ministerio Público y declarada ante la Fiscalía por Rosario Molina, amiga de Parache:
"Fede me hizo ir a la ginecóloga para que me dé una constancia. Eso es por si algún día quiero denunciar."Lourdes Parache a Rosario Molina, mensaje recuperado por pericia UFED
La constancia médica preventiva, obtenida antes de toda denuncia, configura uno de los elementos que el fallo Paz Almonacid identificó como instrumental al armado de la causa.
El segundo elemento es más explícito todavía. Las propias amigas de Parache declararon ante la Fiscalía que existía un plan de simulacro del robo del celular, mediante el cual —en palabras de las declarantes— "un empleado de Cisneros iba a hacerse pasar por choro" para sustraer el aparato y eliminar las conversaciones en las que Lourdes describía el encuentro como consentido, las mismas conversaciones que después la propia pericia UFED recuperaría. El plan figura entre los hechos por los que se pidió la detención de Cisneros en diciembre pasado.
Verificación previa de evidencia comprometedora; preparación de evidencia médica preventiva; planificación de destrucción de evidencia digital. Tres capas operativas, una sola firma: la del operador de campo.
A fines de 2025, además, Petraglia quedó incluido en la causa federal 23/2026: el dictamen 269/2025 del fiscal federal Rafael Vehils Ruiz pidió su indagatoria por trata de personas junto a Cisneros y Neme, con medidas de coerción y prohibición de salida del país.
El abogado que lo patrocina en la causa civil comparte domicilio profesional con Patricia Neme, también federalmente imputada. Y es el mismo del que el propio Patricio Char —letrado del entorno— dijo en audiencia, sin advertir el alcance de la frase: "Cada vez que aparece abogada, aparece Carlos. Siempre Carlos…"
El desistimiento no es la conclusión del caso. Es el reconocimiento documental de que el caso no buscaba sentencia sino hostigar y "apretar" a este diario
Una demanda que se inicia dos veces, ante juzgados distintos, con tres horas de diferencia, no busca un fallo: busca abrir frentes. Una demanda cuyo expediente se pide reservar a pedido del actor no busca esclarecimiento: busca opacidad. Un proceso en el que el actor intenta primero unificar y después archivar el expediente que él mismo duplicó no busca verdad procesal: busca direccionar el foro. Y un desistimiento firmado cinco días antes del dictamen fiscal, que cubre los dos frentes y conserva el derecho para reintentar, no es una decisión madurada de no avanzar: es una retirada táctica.
Lo que la firma de Petraglia escribió en el expediente 7922/25 no es el final de una demanda. Es el plano completo de un dispositivo de hostigamiento judicial contra el periodismo que documenta la estructura político-gremial-financiera que el diputado nacional Carlos Cisneros encabeza desde la Caja Popular de Ahorros y desde La Bancaria.
Por eso el cisnerismo arrugó. No porque hubiera perdido un fallo —ningún fallo se dictó—. Porque el sistema empezaba a procesar lo que la firma del actor reconoció: que había dos demandas, que las dos estaban coordinadas, que el momento del desistimiento se escogió para impedir oposición, y que el derecho quedaba a salvo para volver a intentarlo. El propio actor escribió la trama. La misma trama que esta serie viene documentando desde el primer día: la fabricación de la denuncia por violación en manada contra los cuatro jugadores de Vélez Sarsfield, sobreseídos por el juez Paz Almonacid en diciembre pasado.
Petraglia se retiró sin sentencia. La maniobra quedó en evidencia.
Para eltucumano, ese mecanismo no es un exceso aislado. Es una pieza más del dispositivo político, gremial, judicial y comunicacional que esta investigación denomina Mafia Paraestatal. Aquí una galería gráfica del hostigamiento del aparato mafioso de Carlos Cisneros.


Milagros Castellote, en marcha pública, sostiene el afiche que llama "violador" y "cómplice" al director de eltucumano, Julio Valenzuela.
Castellote no es una manifestante cualquiera. Es la testigo cuya declaración sostuvo la acusación contra los cuatro jugadores de Vélez Sarsfield, hoy sobreseídos por el juez Augusto José Paz Almonacid. Es también co-imputada en sede federal por falso testimonio —junto a Rosario Molina— en la causa que el dictamen 269/2025 del fiscal Rafael Vehils Ruiz proyectó sobre Patricia Neme como instigadora. Y es la misma testigo que, el 14 de marzo de 2024, le confesó por escrito a su amigo Santiago Sheriff una frase que la propia pericia UFED del Ministerio Público recuperó: "Lourdes no fue violada".
Trece días después, el 27 de marzo de 2024, fue dada de alta como empleada del Banco Macro. El mismo día en que declaró por primera vez como testigo en la causa contra los jugadores. El alta se efectivizó en la misma sucursal donde trabaja Jorge Rafael Parache, padre de Lourdes y también imputado en el legajo provincial S-077592/2025. El juez Bernardo Lerario Babot, en la orden de allanamiento del 30/09/2025, señaló esa "coincidencia temporal" como evidencia de retribución por testimonio.
La foto cierra el círculo del operativo. La testigo cuya declaración sostuvo la acusación falsa contra los jugadores, y cuya designación en el Banco Macro coincide en fecha con esa declaración, marcha hoy con un cartel que acusa al periodista que documentó la fabricación de la denuncia. Es la misma estructura: criminalizar a quien expone. Lo que Petraglia intentó en sede civil con el desistimiento del 13 de mayo, Castellote lo replica en la vía pública con un afiche.
"Coincidencia temporal: evidencia de retribución por testimonio."
— Juez Bernardo Lerario Babot, orden de allanamiento del 30/09/2025
Milagros Castellote es una de las amigas íntimas del círculo cercano de Lourdes Parache —el grupo de WhatsApp identificado como "Reinas de la Noche", que reunía a compañeras del colegio Los Cerros de Yerba Buena con dieciocho años de relación previa al caso—. En la causa por la denuncia contra los cuatro jugadores de Vélez Sarsfield, Castellote ocupó el rol de testigo clave de cargo: prestó tres declaraciones testimoniales sucesivas que sostuvieron documentalmente la versión de la querella, hasta que las pericias UFED del Ministerio Público Fiscal recuperaron de los dispositivos secuestrados sus propias conversaciones privadas, que la contradecían directamente.
En la denuncia de 61 páginas presentada por José Ignacio Florentín Bobadilla y en el legajo provincial S-077592/2025 que motivó los allanamientos del 30 de septiembre de 2025, Castellote figura entre los nueve imputados con roles diferenciados: ocupa la categoría de testigo instrumentalizada, con tres tipos penales atribuidos.
II. Cronología detallada de su participación documentada
| Fecha | Hecho |
|---|---|
| 2-3/03/2024 (noche) | El encuentro en el Hotel Hilton Garden Inn de Tucumán. Castellote es referenciada en los chats de "Reinas de la Noche" como una de las amigas a quienes Lourdes Parache contó que "la había pasado de diez". |
| 04/03/2024 — 19:30 hs | Petraglia llama al Hotel Hilton preguntando por las cámaras de seguridad. Castellote ya estaba en el grupo de amigas que conocía el relato consentido. |
| 06/03/2024 | Denuncia formal de Lourdes Parache. |
| 14/03/2024 | Castellote le confiesa por escrito a su novio Reguera: "Lourdes no fue violada". La frase es recuperada por la pericia UFED del Ministerio Público Fiscal. |
| 14/03/2024 (mismo día) | Lourdes Parache y su padre Jorge Rafael Parache borran "todo" del celular "por miedo a que lo pinchen". |
| 27/03/2024 | Castellote es dada de alta como empleada del Banco Macro. El mismo día declara por primera vez como testigo en la causa contra los jugadores. El alta se efectiviza en la misma sucursal donde trabaja Jorge Rafael Parache, padre de Lourdes. |
| 08/04/2024 | Castellote relata a su amigo Santiago Sheriff la operación de eliminación masiva coordinada de mensajes ejecutada por la abogada Patricia Neme sobre los teléfonos de Castellote y Parache. La conversación es recuperada por pericia UFED. |
| 27/12/2024 | Informe psicológico de la Lic. Natalia Alba Mendieta (CIPROSO, matrícula 912): detecta "reinterpretación retroactiva" en Parache. Documento que circuló en el entorno de testigos. |
| 30/09/2025 | Allanamientos ordenados por el juez Bernardo Lerario Babot. La orden de allanamiento señala expresamente la coincidencia temporal Castellote-Macro como evidencia de retribución por testimonio. |
| 30/12/2025 | El juez Paz Almonacid sobreseyó a los cuatro jugadores. eltucumano.com publica la nota "No la violaron: la confesión de la testigo clave Milagros Castellote...". |
| 2026 (en curso) | Castellote aparece en marcha pública sosteniendo afiche contra Julio Valenzuela, director de eltucumano.com. |
Las dos confesionesde Castellote documentadas por pericia UFED
El núcleo evidencial contra Castellote no surge de inferencias periodísticas: surge de conversaciones privadas suyas recuperadas por la pericia forense Cellebrite UFED del Ministerio Público Fiscal sobre los 530 megabytes de evidencia digital secuestrada en los siete allanamientos del 30/09/2025.
Confesión 1 — "Lourdes no fue violada" (14/03/2024, a Reguera, su novio)
Es la frase fundacional. Pronunciada por Castellote ocho días después de la denuncia formal de Parache —cuando ya había contacto con la organización Cisneros— y comunicada por escrito a su pareja Reguera. La pericia UFED la recuperó como conversación privada. La nota de la serie "No la violaron: la confesión de Milagros Castellote" documentó la frase pocas horas antes del sobreseimiento de los jugadores el 30/12/2025.
"Lourdes no fue violada."
— Milagros Castellote a Reguera, 14/03/2024 — pericia UFED del Ministerio Público
Confesión 2 — La eliminación masiva coordinada (08/04/2024, a Santiago Sheriff, su amigo)
Veinticinco días después de su primera confesión, y once días después de su declaración testimonial inicial, Castellote describió a Santiago Sheriff —amigo, no novio— una sesión coordinada de destrucción de evidencia digital dirigida por la abogada Patricia Neme sobre los teléfonos de Castellote y Parache. La conversación, también recuperada por UFED, es uno de los pilares del cargo por adulteración de documento y eliminación de evidencia.
"La abogada nos agarró los 2 teléfonos de Castellote y Parache y se puso a eliminar mensajes. TENÍAMOS QUE ELIMINAR MENSAJES PARA QUE COINCIDAN LAS CONVERSACIONES Y NO SALGAN LOS AUDIOS. HEMOS ESTADO COMO UNA HORA Y PICO."
— Milagros Castellote a Santiago Sheriff, 08/04/2024 — pericia UFED del Ministerio Público
Las dos frases configuran un patrón confesional inverso al testimonial: lo que Castellote firmó bajo juramento como testigo ante el fuero contradice directamente lo que escribió en privado al novio y al amigo.
El alta de Castellote en Banco Macro el mismo día de su declaración como testigo de Lourdes: ¿ retribución de La Bancaria de Cisneros?
Es el dato indicial más demoledor de la causa contra Castellote y el que el propio juez Lerario Babot caracterizó técnicamente como evidencia de retribución por testimonio.
Tres elementos en sincronía perfecta:
- Fecha del alta: 27 de marzo de 2024.
- Fecha de su primera declaración testimonial en la causa contra los jugadores: 27 de marzo de 2024.
- Sucursal del Banco Macro donde fue dada de alta: la misma donde trabaja Jorge Rafael Parache, padre de Lourdes Parache y también imputado en el legajo provincial S-077592/2025.
El juez Bernardo Lerario Babot, en la orden de allanamiento del 30/09/2025, calificó la coincidencia como:
"Coincidencia temporal: evidencia de retribución por testimonio."
— Juez Bernardo Lerario Babot, orden de allanamiento del 30/09/2025
La caracterización judicial es la que permite a la serie periodística referirse al alta como "premio" sin incurrir en exceso editorial: la imputación de retribución por testimonio es del juez, no del medio.
La participación de "Mili" Castellote en la eliminación coordinada de evidencia
Más allá de su rol de testigo, Castellote es participante directa en la operación de destrucción de evidencia digital documentada en la causa.
La sesión del 08/04/2024 que ella misma relató a Sheriff describe:
- Dos teléfonos involucrados: el suyo propio y el de Lourdes Parache.
- Una abogada ejecutora: Patricia Neme.
- Duración: aproximadamente una hora y quince minutos.
- Objetivo declarado por ella misma: "que coincidan las conversaciones y no salgan los audios".
Eso configura simultáneamente: (i) adulteración de documento por destrucción coordinada; (ii) preparación de declaraciones armonizadas para sostener una versión alternativa a la documentada; y (iii) instigación recíproca a falso testimonio. Es exactamente el tramo del operativo por el que el dictamen federal 269/2025 del fiscal Rafael Vehils Ruiz proyectó sobre Patricia Neme la imputación por instigación a falso testimonio (art. 45 CP) y adulteración de evidencia digital.
Es importante la distinción procesal: Neme está federalmente imputada por instigar el falso testimonio de Castellote y Molina (entre otros), no por trata directa respecto de Parache. Castellote es, en este tramo, la testigo cuyo falso testimonio Neme instigó — y simultáneamente coautora material de la destrucción de evidencia.
Situación procesal actual de la portadora de carteles injuriantes contra eltucumano y su director
Sede provincial: legajo S-077592/2025
Carátula: "CISNEROS CARLOS ANIBAL, PARACHE MARIA DE LOURDES Y OTROS s/ Falso testimonio, Estafa procesal y otros delitos".
Imputaciones específicas contra Castellote:
- Adulteración de documento (por su participación en la sesión de eliminación coordinada del 08/04/2024).
- Falso testimonio en tres oportunidades, en concurso real (por las tres declaraciones testimoniales sucesivas que contradicen sus propias conversaciones privadas recuperadas por UFED).
- Estafa procesal (por contribuir a la deformación del cuadro probatorio que sostuvo la imputación contra los cuatro jugadores).
Su domicilio no figura entre los siete allanados el 30/09/2025 —los allanamientos fueron al departamento de Cisneros en barrio Norte, al estudio de Neme en barrio Sur, al domicilio de Petraglia y a otras cuatro propiedades vinculadas—. La evidencia que la incrimina fue obtenida indirectamente: por los chats recuperados de los dispositivos secuestrados a otros integrantes de la organización.
Sede federal: causa 23/2026
Castellote no está imputada por trata de personas en sede federal. La imputación federal del dictamen 269/2025 (fiscal Vehils Ruiz, juez Díaz Martínez, Juzgado Federal N°2 de Tucumán) se concentra en Carlos Cisneros, Patricia Neme y Federico Petraglia. Sin embargo, su rol como testigo cuyo falso testimonio Neme instigó es elemento de la imputación de Neme en sede federal.
El pedido de detención del 26/02/2026 (escrito Florentín Bobadilla) incluye, sin embargo, a Castellote entre las personas cuya detención preventiva se solicita, junto con Cisneros, Neme, Petraglia y Venditti. Ese pedido está pendiente.








