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La Justicia yanqui suspendió pro tempore la entrega del 51% de las acciones de YPF a fondos buitres

ECONOMÍA

Argentina gana tiempo en el marco del juicio iniciado por Burford Capital y Eton Park, que compraron los derechos a litigar contra nuestro país en la quiebra del Grupo Petersen y obtuvo fallo favorable de la jueza Loretta Preska. Definirá la Cámara de Apelaciones de Nueva York.

Torres de YPF en Puerto Madero. (Foto tomada de La Nación)





La Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York dispuso la suspensión preventiva de la orden de la jueza Loretta Preska que obliga a la Argentina a entregar el 51% de las acciones de Yacimientos Petrolíferos Fiscales (YPF) a los fondos buitres Buford Capital y Eton Park, que litiga contra nuestro país tras adquirir los derechos de los accionistas minoritarios al momento de la expropiación. Argentina gana tiempo en el marco del juicio, al quedar suspendido el plazo de 72 horas que estipuló la citada magistrada.

Las partes involucradas informaron ayer su conformidad con la suspensión de la entrega del paquete mayoritario de acciones de YPF, de manera preliminar los efectos de la orden emitida por Preska, del Tribunal del Distrito Sur de Nueva York. “El Tribunal concede una suspensión administrativa temporal de la orden de transferencia del Tribunal de Distrito en espera de la resolución de la solicitud de suspensión por un panel de tres jueces”, dijo Catherine O’Hagan Wolfe, secretaria del Tribunal, en su escrito.

Seegún detalló el diario La Nación, La defensa argentina apela en paralelo dos decisiones judiciales. Por un lado, la sentencia de primera instancia que obliga al país a pagar una indemnización de US$16.100 millones más intereses a los fondos Burford Capital y Eton Park. Por el otro, el reciente pedido de Preska que exige la entrega del 51% de las acciones de YPF.

YPF, el Estado argentino y los fondos demandantes ya presentaron todos los escritos correspondientes. Ahora resta que se designe a los jueces de la Cámara y se fije la fecha de la audiencia oral, prevista para los próximos meses.

En Estados Unidos una sentencia no queda suspendida automáticamente cuando se apela, sino que el juez decide si se concede esa suspensión o no. Desde que se dictó el fallo, en septiembre de 2023, la Argentina logró ganar tiempo y evitó tanto el pago de la indemnización como la constitución de una garantía.

Pero en su último escrito, la jueza Preska cuestionó esa estrategia: “La República aprovechó al máximo el tiempo extra, pero no hizo ningún esfuerzo por cumplir con las condiciones impuestas por el Tribunal. Ahora alega un daño irreparable si no se suspende la orden de entrega, pero ese supuesto daño surge directamente de sus propias acciones al retrasar e intentar eludir sus obligaciones en virtud de la sentencia”.

Este jueves se espera que Burford, que compró en España el derecho a litigar en la quiebra de las empresas Petersen, presente su oposición a la suspensión definitiva de la orden. El martes próximo, la Argentina responderá con sus argumentos a favor de la suspensión.

El Estado argentino no puede transferir las acciones sin la previa autorización del Congreso, según el artículo 10 de la ley 26.741, que habilitó la expropiación de YPF.

La defensa del Estado argentino había dicho que el pedido de los demandantes implica un ataque directo contra su soberanía y detalló tres argumentos centrales:

Un caso sin precedentes. No se trata de una disputa comercial tradicional, sino de un juicio excepcional que involucra un fallo por US$16.100 millones, actualmente apelado, y que plantea cuestiones jurídicas complejas. Incluso —destacó la defensa— el propio gobierno de Estados Unidos expresó desacuerdos con la decisión del tribunal.

Daño irreparable. Cumplir con la orden implicaría violar la legislación local, específicamente la ley de expropiación de YPF, que prohíbe vender acciones sin la aprobación del Congreso. De avanzar, la Argentina perdería de forma irreversible el control de la petrolera.

Falta de perjuicio y defensa del interés público. Según el escrito, los demandantes no sufrirían daños si se suspende la medida, mientras que su ejecución inmediata podría perjudicar a terceros ajenos al juicio —como provincias y bonistas— y activar cláusulas contractuales en contra de YPF. Por eso, aseguran, lo mejor es mantener el statu quo.

El término "fondo buitre" se utiliza para describir a estos fondos porque su modelo de negocio implica adquirir activos con problemas financieros (como deudas o litigios) a precios bajos, y luego buscar obtener ganancias significativas a través de la resolución judicial de esos casos o la venta de los derechos a un precio más alto.

En el caso de YPF, Burford Capital adquirió los derechos de empresas del Grupo Petersen que poseían acciones de YPF y que habían dejado de recibir dividendos tras la estatización de la compañía.