La receta digital, cada vez más cerca de ser realidad
AVANCES MÉDICOS
El segundo proyecto de ley del diputado tucumano, Pablo Yedlin, obtuvo dictamen favorable y unánime de la Comisión de Salud que preside en la Cámara Baja del Congreso. La iniciativa podría ser debatida en la próxima sesión.
Siglos de caligrafía indescifrable podrían quedar atrás en los próximos días o semanas gracias la decisión de un diputado tucumano. Se trata del proyecto de “Ley de Receta Digital” elaborado por el doctor Pablo Yedlin, que hoy obtuvo el unánime apoyo de la Comisión de Acción Civil y Salud de Diputados, área que preside desde el mes pasado.
Esta iniciativa, que podría ser tratada en la próxima sesión parlamentaria, legaliza la prescripción digital y teleasistencia en salud tanto de aquellas que ya se realizan, como todas las otras actuaciones relacionadas con la generación de recetas y entrega de medicamentos que son realizadas de puño y letra.
En abril el Ministerio de Salud de la Nación autorizó mediante resolución 696/2020 la prescripción y venta de medicamentos con recetas digitales. Esto en el marco de la pandemia y hasta tanto se extienda el contexto de emergencia en todo el territorio argentino. Esta decisión de la repartición nacional otorga validez a las fotos tomadas a una receta escrita de puño y letra por un profesional médico para, de esa forma, evitar el traslado de pacientes fuera de sus hogares.
Yedlin destacó que "esta iniciativa va a posibilitar un mejor sistema de recetas médicas. Si bien actualmente se puede utilizar la imagen de la prescripción manuscrita, buscamos que también se puedan enviar a todas las farmacias de manera electrónica". Luego agregó que "en la mayoría de los países del mundo los sistemas permiten que las recetas de medicamentos sean prescriptas por el profesional y el paciente se dirija directamente a cualquier farmacia para adquirir ese remedio".
Este es un proyecto de ley que Yedlin cocina desde el año pasado, con numerosas reuniones con funcionarios del ministerio de Salud de la Nación, directivos de la Agencia Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), asociaciones médicas, de la COFA y aportes de todos los bloques partidarios hasta lograr un consenso técnico y político sobre el proyecto. En 2020, la pandemia mundial despertó el interés del gobierno del presidente Alberto Fernández ya que facilita trámites aun con aislamiento social, preventivo y obligatorio.
Para la confección de esta normativa, desde el departamento de Comunicación del diputado detallaron que se hizo un análisis pormenorizado de todas las disposiciones existentes en nuestro país (Ley 17132/1967, Ejercicio Profesional de la Medicina y Ley 17565/1967, Ejercicio Profesional de la Farmacia, Ley 23277, Ejercicio Profesional de la Psicología) y se contemplaron todos puntos que debían modificarse para hacer de la receta electrónica y de la teleasistencia en salud herramientas legales. Esta ley ordena también las leyes que regulan específicamente los medicamentos psicotrópicos y estupefacientes (Leyes 18818/1968 (Estupefacientes) y 19303/1971 (Psicotrópicos) que son medicamentos que requieren algunos controles integrales específicos y pautas de seguridad especiales en su manejo.
"Ante la actual pandemia y la necesidad de la atención a distancia entendemos que es el momento de avanzar en un mayor control de las plataformas para asegurar la protección de los datos del paciente y el resguardo de su historia clínica", concluyó Yedlin.
De la sesión a distancia de la Comisión participaron como invitados la presidenta de la Confederación de Farmacéutica Argentina (COFA), María Isabel Reinoso; el representante del ANMAT, Andrés Brandolini y por parte del ministerio de Salud de la Nación, Judith Díaz Bazán, que trabajaron el proyecto de ley con el equipo del diputado tucumano.

Segunda ley en menos de dos años
En enero de 2019, Pablo Yedlin logró que el entonces presidente Mauricio Macri promulgara la Ley de Vacunas 27.491, luego que en diciembre de 2018 fuera votada por consenso por todos los bloques partidarios tanto de Diputados como del Senado de la Nación.
¿En qué consiste la Ley de Vacunas?La Ley de Vacunas reafirma a la vacunación como una política de Estado: las vacunas continúan siendo gratuitas y obligatorias, como siempre.A esto se agrega que el Estado Nacional es el responsable de adquirir los insumos necesarios para la vacunación y proveerlos a las 24 jurisdicciones.Asi mismo, declara la vacunación para todas las etapas de la vida y a todos los componentes del Programa de Inmunizaciones de interés nacional.También define a la vacunación como un bien social y establece la prevalencia de la salud pública por sobre el interés particular.La ley también establece la vacunación obligatoria del personal de salud y de laboratorio, favorece la gestión de la autoridad sanitara para la exención de los impuestos a las vacunas y da fuerza de ley a las comisiones asesoras externas CoNaIn (Comisión Nacional de Inmunizaciones) y CoNaSeVa (Comisión Nacional de Seguridad en Vacunas).Por otro lado, genera la posibilidad de fortalecer el recurso humano para situaciones especiales a través del Registro de Vacunadores Eventuales.Crea el registro informatizado nominal de personas vacunadas que debe ser utilizado tanto en el sector público, como en la seguridad social y el sector privado.Además, busca favorecer el acceso al derecho de vacunarse en todo el ciclo de la vida, debiendo presentar el carnet de vacunas en el ingreso a la escuela (primaria y secundaria), a la universidad (pública y privada), en el examen pre laboral y en los controles periódicos. También para tramitar el DNI, la licencia de conducir, el pasaporte, además de las asignaciones familiares, sin impedir el trámite.Otro de los aportes de esta ley residen en la justificación de la inasistencia laboral, previa coordinación con el empleador para vacunarse o vacunar un menor a cargo.Inclusive, establece la generación de sanciones al personal de la salud que falsifique certificados o no adhiera a las recomendaciones nacionales. Los integrantes del equipo de salud y educación debrán notificar si se vulnera el derecho a la vacunación de los niños, niñas o adolescentes o si un adulto decide no vacunarse, para que la jurisdicción trabaje con un equipo multidisciplinario con el objeto de favorecer el cumplimiento de la ley.Y por último, entre los aportes que se destacan, se encuentra la asignación de espacios gratuitos de difusión en los medios de comunicación que integran el Sistema Federal de Medios y Contenidos Públicos.







