Top

"Por aquí no debería pasar un vendedor de salames", la Corte Suprema tucumana gasta millones para cercar sus despachos

Paranoia y aislamiento institucional

Invocando supuestas “razones de seguridad” gastó casi 4 millones de pesos para aislar un sector del Palacio de Tribunales y afectarlo a su "circulación exclusiva". Aristocracia asalariada, privilegios impositivos y jubilatorios, obsolescencia y corrupción marcan una distancia cada vez mayor de la “familia judicial” con el resto de los tucumanos.

Supremos e inaccesibles: Daniel Leiva, Daniel Posse, Claudia Sbdar, Antonio Estofán y Eleonora Rodríguez Campos





Los miembros de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán llevan gastados $3.881.187 (y proyectan gastar aún más en un ascensor privado) para evitar que cualquier ciudadano -ya sea abogado, justiciable u ocasional vendedor ambulante- se acerque a sus despachos.

“Queremos generar una zona de relativa seguridad para el funcionamiento de la Corte. Hoy no la tenemos: cualquiera puede entrar. Necesitamos más seguridad: por aquí no debería pasar un vendedor de salames, pero pasa. Se trata de eso”, precisó en su oportunidad el vocal de la Corte Daniel Posse al diario La Gaceta.

El aislamiento físico y funcional de las máximas autoridades del Poder Judicial tucumano se ordenó mediante  la Acordada 846/2019. Con la Acordada 1313/2019 los "supremos" resolvieron "adjudicar la Obra Pública Nº 04/2018: Cerramiento para la Corte Suprema de Justicia en el Palacio de Tribunales” a la empresa Baronetto S.R.L. en un todo de acuerdo a su propuesta" y llevar el el monto de la obra que adjudicó a $3.881.187 cuando había establecido un presupuesto original de $2.874.953.

La medida de restricción a la ciudadanía se concreta en momentos en que la Corte tucumana enfrenta un pedido de acceso a la información pública de la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación (UEJN) a fin de conocer los tres últimos estados contables para que de transparencia y difusión de los datos referidos al presupuesto y a su ejecución.

Sin embargo, el Poder Judicial tucumano aún no responde al pedido formal del Colegio de Abogados que lleva dos años solicitando se den a conocer las estadísticas de funcionamiento de la justicia tucumana que tiene, por ejemplo, en su turno vespertino un claro ejemplo de ineficacia e ineficiencia en el manejo de recursos.

El Poder Judicial tucumano cuenta con un presupuesto para el 2020 de más de $ 13.000 millones (casi el doble que el de la Municipalidad de San Miguel de Tucumán o el de la Universidad Nacional de Tucumán); la inmensa mayoría de sus jueces, fiscales y relatores perciben de bolsillo cerca de medio millón de pesos mensuales, no pagan Impuesto a las Ganancias (los nombrados antes de enero de 2017); hacen su Declaración de Bienes ante la Corte y no ante la AFIP; se jubilan con el 82% móvil (es decir, con movilidad y porcentualidad garantizada); y tienen vacaciones anuales de 6 semanas como mínimo - durante todo enero y durante la mitad de julio-.

Además, en Tucumán los jueces pueden jubilarse con más de 100 años si quieren ya que sólo ellos deciden cuándo irse: no rige el límite de 75 años confirmado para el orden nacional.

Al esquema previsional de privilegio ingresaron no sólo los vocales de la Corte tucumana; el ministro público fiscal, y los jueces, fiscales y defensores oficiales, sino también los secretarios; relatores y prosecretarios hasta la categoría “D”, y los jueces de Paz.

La familia judicial tucumana no es una metáfora sino un acabado ejemplo de endogamia institucional: está compuesta por 4.300 empleados con grandes "bolsones" que tienen entre sí grados comprobables de consanguineidad y parentesco entrecruzados. Los nombramientos discrecionales de parientes se continúan a la fecha mediante el subterfugio de designaciones previas en juzgados de Paz (que no requieren concurso). A diferencia del resto de los empleados estatales, los judiciales tucumanos aún gozan de la actualización de sus supersueldos mediante la cláusula gatillo.

Por el público y notorio desapego al esfuerzo laboral de esta casta privilegiada, en septiembre de 2019 la Corte se vio obligada a emitir la Acordada 1.132/19  en la que les recordó “nuevamente” a los jueces de todas las instancias la vigencia plena de la reglamentación de 1991 que establece que como mínimo deben acudir a sus despachos cinco horas diarias, entre las 8 y las 13.

A pesar de esta proverbial asignación de recursos para el Poder Judicial tucumano, su ignominiosa ineficacia e ineficiencia es reconocida por los propios abogados de la provincia: “Hoy este sistema judicial, este modelo obsoleto y agotado, es el principal obstáculo que tenemos los abogados para ejercer libre y eficazmente nuestra profesión; cuando no la ha sumido en el desprestigio y la precarización. Este sistema obsoleto y caduco - y muchas veces de ribetes kafkianos- es también el principal obstáculo que encuentran los ciudadanos para alcanzar una convivencia pacífica en el marco de un Estado de Derecho”, reconoció Marcelo Billone al asumir como presidente del Colegio de Abogados local.

Según un informe del sitio Chequeado.com la casta judicial es responsable de que la corrupción quede impune en Tucumán: 219 denuncias de corrupción en 13 años y una sola condena firme a pesar del enorme dispendio de recursos públicos de todos los tucumanos.

Antes de la feria de enero 2020, y a pesar de la discriminación pública a la ciudadanía en general y a los vendedores de salames en particular consolidada por la Acordada 846/2019, la actual presidenta del tribunal supremo tucumano Claudia Sbdar repitió la muletilla del deber ser que aprendió en la Facultad de Derecho de la UNT:  “la Constitución es directamente operativa y la esencia de la función jurisdiccional es custodiar su cumplimiento. El Poder Judicial es el fiel guardián de este pacto fundacional, y, consecuentemente, nuestro gran esfuerzo debe estar dirigido a afianzar la justicia, esto es, a consolidar unos Tribunales fuertes, autónomos, independientes, y capaces de defender los derechos y garantías de la ciudadanía. La Justicia es una pieza clave en la construcción del Estado de derecho, no mediante meras declaraciones, sino a partir de la resolución justa, y, por lo tanto, fundada y oportuna de las controversias”.

La Acordada 1313/2019


Descargar

La Acordada 846/2019


Descargar