Abogado de las dos partes: Juan Andrés Robles, abogado del clan Cisneros, llevó a Lourdes Parache a los Tribunales Federales y no le aceptaron la declaración
Juan Andrés Robles patrocinó a la denunciante de los exjugadores de Vélez, representó a la Caja Popular, litigó por Federico Petraglia y por las tres hijas de Carlos Cisneros contra eltucumano, volvió a representar a Parache ante la Corte y, apenas 17 días después, apareció defendiendo a Cisneros en la causa federal que investiga trata y sometimiento de la joven. También a Patricia Neme y a Federico Petraglia, los otros imputados junto a Cisneros. El pasado jueves 1 de octubre, por la mañana, el abogado de Cisneros, Neme y Petraglia —los tres investigados en la causa federal por presunta trata de personas— se presentó en los Tribunales Federales de calle Las Piedras con Lourdes Parache, presunta víctima, para hacerla declarar en la causa en la que sus representados están investigados. Intentó que declarara primero ante la Fiscalía y después ante el Juzgado Federal número 2. En ninguna de las dos oficinas quisieron recibir la declaración por la evidente incompatibilidad de la "defensa". La maniobra del abogado de Cisneros abre interrogantes: ¿su actuación del jueves es una prueba más de la coerción personal, la captación y el sometimiento funcional que el clan Cisneros ejercería sobre la -falsa- denunciante de la causa Vélez? ¿Le facilitó la estrategia del abogado el trabajo a la Fiscalía al protagonizar una maniobra más del delito de trata? ¿O fue un error de estrategia que podría costarle la condena al magnate Carlos Cisneros y a su círculo?
Los "defensores" de Luli Parache son los mismos de La Bancaria y Carlos cisneros.
El pasado jueves 1 de octubre de 2026, alrededor de las 10:30 horas - según confirmaron a este diario fuentes inobjetables bajo reserva-, el abogado Juan Andrés Robles llegó a Tribunales Federales acompañado por Lourdes Parache. Quería que le tomaran declaración a Parache. visiblemente nerviosos, primero fueron a la Fiscalía Federal y no le recibieron declaración. Después fueron al Juzgado Federal número 2 y tampoco allí se la recibieron.
Robles es, en la causa federal, el abogado de tres personas a las que el fiscal Rafael Vehils Ruiz pidió indagar por lo que habría ocurrido con Parache. El 28 de septiembre firmó como asistencia técnica el escrito de Carlos Cisneros. El 29 firmó el de la abogada Patricia Micaela Neme. El 30 acompañó a Federico Petraglia ante el fiscal.
La causa investiga si Parache fue captada, condicionada o sometida por personas del entorno del diputado, y el jueves quien la llevó a Tribunales fue el mismo profesional que defiende a esas personas. Hasta septiembre, además, firmaba por Parache ante la Corte. De ahí el título: durante meses Robles estuvo del lado de la denunciante y del lado de los investigados.
El abogado “estrella” de Cisneros y su doble discurso
Juan Andrés Robles, matrícula 5528, es el abogado más visible del diputado Carlos Cisneros y de La Bancaria. Su doble discurso tiene tres escenas y cada una consta en un documento.
Primera escena: pedir que alejen a Paola Tacacho
Robles defendió a Mauricio Parada Parejas desde la primera denuncia de Paola Tacacho, el 18 de marzo de 2016. El 2 de diciembre de 2016, en la causa por desobediencia judicial y amenazas (expediente 34121/2016), firmó un escrito que sostenía que su cliente no conocía el domicilio ni el lugar de trabajo de la docente y que ella tenía “pocos a nada de evidencia contundente”. El 5 de junio de 2017 el juez Juan Francisco Pisa sobreseyó a Parada Parejas. Pisa fue destituido después por no actuar con perspectiva de género en el caso. (nota de este diario; escrito de 2016, página 3)

El 1 de junio de 2020 Parada Parejas se presentó en la causa 30095/20 con Robles y con Claudia Cecilia Robles, matrícula 5708, designadas defensoras en el mismo escrito, que ambas firman. El texto dice que Tacacho, su ex profesora, lo persigue “irracionalmente” con “múltiples falsas denuncias”. Y en el apartado III, “Solicito medida cautelar”, pide “con urgencia” la prohibición de acercamiento y de actos de turbación o intimidación de Tacacho hacia él y su grupo familiar. (escrito de 2020)


Es decir: el abogado de Cisneros pidió una restricción de acercamiento contra la denunciante. Tacacho había presentado trece denuncias en Tucumán y su familia otras cuatro en Salta. Cinco meses después, el 30 de octubre de 2020, Parada Parejas la asesinó en pleno centro de San Miguel de Tucumán.
Segunda escena: las hijas de Cisneros invocan la perspectiva de género
El 25 de marzo de 2026 Robles presentó, como apoderado de Marta María, Cecilia Mariana y María Mercedes Cisneros, una demanda para que este diario retirara notas sobre el patrimonio de la familia. Según la nota de este diario, la presentación invocaba perspectiva de género, la Convención de Belém do Pará, la CEDAW, la Ley Micaela y la figura de violencia obstétrica de la Ley 26.485. (nota de este diario) Las notas que querían borrar se apoyan en el Boletín Oficial, el Registro Inmobiliario y las declaraciones juradas del propio Cisneros.
Lectura de este diario
En 2020, un escrito firmado por Robles presentó como falsas las denuncias de una mujer y pidió alejarla de su cliente. En 2026 el mismo abogado invoca la perspectiva de género para borrar notas periodísticas, y un juez le ordena callar y borrar publicaciones por violencia digital de género contra otra mujer. A eso este diario llama doble discurso: una misma herramienta, el lenguaje de género, que según el caso se desprecia, se invoca o se declara violada.
Es una lectura de este diario. Los escritos, la demanda de las hijas y la resolución del juez Pérez son los hechos en los que se apoya. Robles puede responder en el espacio de réplica.
Qué perdió y qué ganó Robles, el abogado estrella de Cisneros
El balance de sus últimos seis meses en los expedientes de Cisneros tiene más derrotas que victorias.
| Fecha | Resultado | Qué pasó |
|---|---|---|
| 5/6/2017 | Ganó | El juez Pisa sobresee a Mauricio Parada Parejas, su cliente en la causa por la denuncia de Paola Tacacho. (nota de este diario) |
| 22/4/2026 | Perdió | La jueza Andrea Abate rechaza la tutela autosatisfactiva de las tres hijas de Cisneros contra NUMEN (expediente 1680/26): la vía no es idónea y las costas son para las actoras. Los apoderados de las hijas habían reconocido en su escrito de desistimiento que “carece de sentido el utilizar este instituto procesal”, y la jueza lo citó en sus fundamentos. (nota de este diario) |
| 22/4/2026 | Ganó | Honorarios regulados a su favor: 523.125 pesos como apoderado de las hijas, a cargo de las actoras vencidas. A Díaz le corresponde la misma cifra y al abogado de NUMEN, 1.569.375 pesos. (nota de este diario) |
| 13/5/2026 | Perdió | Petraglia desiste de sus dos demandas contra eltucumano, con reserva del derecho a volver a intentarlo. (nota de este diario) |
| 2/9/2026 | Perdió | El juez Pérez hace lugar a la medida autosatisfactiva de Casella en su contra. (El Federalista) por violencia de género. |
| 11/9/2026 | Perdió | La Corte Suprema de Justicia de Tucumán rechaza la queja de Parache, patrocinada por él y por Díaz, y deja firme el sobreseimiento de los cuatro futbolistas. (Sentencia 1343) |
| 1/10/2026 | Perdió | Ni la Fiscalía ni el Juzgado Federal número 2 le reciben la declaración a Parache, según fuentes judiciales reservadas. |
Lo que dijo la Corte
El 11 de septiembre de 2026 la Corte Suprema de Justicia de Tucumán dictó la Sentencia 1343 en el legajo S-020390/2024-I13-Q1, la causa por abuso sexual agravado (artículo 119, cuarto párrafo, del Código Penal) seguida a Carlos Sebastián Sosa Silva, Braian Ezequiel Cufré, Abiel Alesio Osorio y José Ignacio Florentín Bobadilla. Rechazó la queja por control extraordinario denegado que había presentado la querellante, María de Lourdes Parache con el patrocinio de Robles, contra la resolución del 30 de junio de 2026 de la vocal Patricia del Valle Carugatti, que actuó como Tribunal de Impugnación unipersonal del Centro Judicial Capital. Esa resolución había rechazado la impugnación extraordinaria contra la sentencia del mismo tribunal del 9 de junio de 2026. (Sentencia 1343, texto completo)
“con el patrocinio letrado de los doctores Juan Andrés Robles y José César Díaz”
Corte Suprema de Justicia de Tucumán, Sentencia 1343, 11 de septiembre de 2026

Sentencia 1343, primera página, párrafo “Y VISTO” con los nombres de los patrocinantes. Fuente: Corte Suprema de Justicia de Tucumán
Los fundamentos con los que la Corte desarmó la queja son seis.
- La arbitrariedad era una discrepancia. Para la Corte, lo invocado “expresa una discrepancia con el modo en que fueron apreciados los hechos y las pruebas”, sin evidenciar “una grave transgresión lógica o normativa”.
- La prueba no se valoró por piezas. Los elementos que la querella destacaba “no fueron ponderados como pruebas autónomas y excluyentes, sino integrados dentro de un conjunto probatorio más extenso”.
- La perspectiva de género sí se aplicó. “Tampoco se evidencia que el Tribunal de Impugnación haya omitido la aplicación de la perspectiva de género. Todo lo contrario, dedicó un tramo específico de su sentencia a explicar su alcance”. Esa perspectiva, agrega, no implica una presunción absoluta de veracidad ni invierte la carga de la prueba.
- Belém do Pará tampoco fue desconocida. La sentencia cuestionada “no desconoció el deber estatal de actuar con debida diligencia”.
- No hubo doctrina contradictoria. La recurrente no demostró “circunstancias sustancialmente análogas” con respuestas jurídicas opuestas ni “una oposición concreta” entre los precedentes y la regla aplicada.
- La gravedad institucional no alcanzaba con afirmarla. Había que demostrar que los intereses comprometidos excedían los de las partes, y esa conclusión “permanece incólume ante los escasos argumentos recursivos”.
La conclusión de la Corte fue que el escrito “no logra refutar con precisión los fundamentos del Tribunal de Impugnación”. Robles ya estaba en ese expediente. Según una nota previa de este diario, fue querellante de Parache hasta que abandonó la audiencia decisiva de fines de diciembre de 2025 sin dar razones, y esa misma tarde Parache firmó la segunda demanda contra eltucumano, por 291 millones de pesos. (nota de este diario) Entre el 30 de junio y el 11 de septiembre volvió a firmar por ella, junto a Díaz, la queja que la Corte resolvió. La Gaceta informó que con ese fallo se agotaron los recursos provinciales y que solo queda la Corte Suprema de Justicia de la Nación. (La Gaceta)
Del 28 de septiembre al 1 de octubre
Diecisiete días después de la sentencia de la Corte, el 28 de septiembre de 2026 a las 13:50, Cisneros presentó por escrito su declaración indagatoria en el expediente FTU 23/2026, que tramita el Juzgado Federal número 2 de Tucumán, a cargo del juez Guillermo Díaz Martínez, con intervención del fiscal Rafael Vehils Ruiz. El escrito tiene dieciséis apartados, lleva la asistencia técnica de Robles y pide el sobreseimiento. Según el escrito, Cisneros niega haber captado o sometido a Parache. (nota de este diario) No era la primera vez que Robles hablaba por él: el 11 de marzo, cuando el fiscal pidió la indagatoria del diputado, de Neme y de Petraglia, La Gaceta publicó la respuesta de Robles: Cisneros “se encuentra, como ha sido su conducta histórica, a entera disposición de la Justicia Federal”. (La Gaceta)
El 29 de septiembre, a las 9:35, Neme presentó un escrito de quince páginas. Pide el sobreseimiento y, subsidiariamente, la falta de mérito, y sostiene que su condición de imputada no importa renunciar al secreto profesional que debe a Parache: “Mi condición de imputada no importa renuncia al secreto de Parache”. También la asiste Robles. (nota de este diario) Este diario señaló que un párrafo sobre las testigos es idéntico en los dos escritos, con una sola diferencia: en el de Neme se alude a “un empleado de Cisneros sin identificarlo” y en el de Cisneros, presentado el día anterior, a “un empleado mío”. Neme niega los hechos que se le atribuyen.
El 30 de septiembre, a las 14:00, después de que la audiencia se corriera desde las 9:30, Petraglia compareció ante Vehils Ruiz. Ratificó a Robles como defensor y designó en el acto como codefensor a Emilio Mrad. Dijo que no comprendía por qué se le atribuían los delitos, negó haber participado y se abstuvo de seguir declarando. (nota de este diario)
Del 11 de septiembre al 1 de octubre pasaron veinte días y cinco actuaciones: una por Parache, tres por las personas que la causa investiga y otra, el jueves, de nuevo con Parache.
Sobre ese jueves, el dato está protegido por reserva de fuente y fue corroborado por este medio en ámbitos judiciales. Lo que no consta en los documentos disponibles es a qué título acompañó Robles a Parache. En su descargo, Neme sostiene que Parache compareció ante la Justicia provincial el 6 de febrero de 2026 con el patrocinio de Díaz, sin revocar la designación de Neme, y que después se presentó en sede federal “con patrocinio propio”. Con esos documentos no se puede establecer quién patrocina hoy a Parache en la causa federal ni si Robles actuó como su abogado el 1 de octubre.
Lo que dicen los tres investigados y lo que escribió Parache

Cisneros sostiene que Parache nunca estuvo sometida y su defensa describe lo ocurrido como acompañamiento gremial y asistencia jurídica. (nota de este diario) Neme sostiene que su actuación fue profesional y que el ejercicio de la abogacía no puede convertirse en indicio de trata. (nota de este diario) Petraglia dijo que no entiende los delitos que se le atribuyen. (nota de este diario) Los tres conservan el estado de inocencia.
En la causa figura un mensaje que Parache escribió a unas amigas el 7 de noviembre de 2025. Este diario lo transcribió el 3 de octubre y señaló que ninguno de los tres lo abordó de manera específica en sus defensas. (nota de este diario)
“siendo prisionera de muchas cosas que no compartía ni comparto, haciendo la vista ciega porque no me queda opción pero sobre todo sin poder de decisión y teniendo que cumplir órdenes sin preguntar ni chistar”
Mensaje de Lourdes Parache, 7 de noviembre de 2025, según la nota del 3 de octubre de 2026
Parache es mayor de edad y tiene derecho a elegir abogado y a declarar cuando lo decida. La pregunta que abre el expediente no es si pudo ir a Tribunales. Es quién la acompañó, en qué carácter y qué relación tiene ese profesional con quienes la causa investiga.
Lo que dice la ley y lo que falta saber
La Ley 5.233, que regula el ejercicio de la abogacía en Tucumán, establece en el inciso 1 de su artículo 7 que los abogados no podrán:
“Patrocinar o asesorar a ambos litigantes en juicio simultánea o sucesivamente, o aceptar la defensa de una parte si ya hubieran asesorado a la otra.”
Ley 5.233, artículo 7, inciso 1 (texto consolidado) · texto completo
El artículo 30 encomienda al Colegio de Abogados fiscalizar el correcto ejercicio de la abogacía. El artículo 31, inciso 3, prevé sanciones por violar las prohibiciones de la ley. Las aplica el Tribunal de Ética y Disciplina (artículo 36), y el procedimiento puede iniciarse de oficio o por denuncia (artículo 37). El artículo 38 fija que la acción disciplinaria prescribe al año del hecho generador, o a los tres años si pudiera dar lugar a la exclusión, y que la actuación administrativa o judicial interrumpe el plazo. Por eso las fechas importan.
La norma habla de “ambos litigantes en juicio”. Que Parache y Cisneros sean partes contrarias en el sentido de la ley es algo que debe determinarse: cuáles eran los intereses representados, cuál fue el alcance de cada patrocinio, cuándo cesó cada vínculo y en qué carácter acompañó Robles a Parache el jueves. Esa evaluación le corresponde al Colegio de Abogados, que puede actuar de oficio.
Lectura de este diario
Para eltucumano, el recorrido que describen los documentos —abogado de la querellante en la causa provincial, apoderado de la Caja que demandó al medio, de Petraglia y de las hijas de Cisneros, y hoy defensor de las tres personas cuya indagatoria pidió la Fiscalía Federal— hace de Juan Andrés Robles el punto donde se cruzan casi todos los expedientes que rodean a Lourdes Parache. De ahí el título: abogado de las dos partes.
Es una tesis de este medio y no una conclusión judicial. Este diario sostiene que esa superposición debe ser explicada públicamente por quienes la protagonizan y examinada por el Colegio de Abogados.
Quedan preguntas por responder. Quién eligió a los abogados de Parache en cada etapa y quién pagó esas defensas. Qué información recibió cada profesional y cómo se preservó la independencia entre representaciones cuyos intereses pueden no coincidir. Y en qué carácter el defensor de Cisneros, de Neme y de Petraglia llevó a Parache a la Fiscalía y al Juzgado para que declarara.
La Fiscalía no recibió la declaración y el Juzgado tampoco. Quedaron los expedientes.
¿Quién es Juan Andrés Robles?
Juan Andrés Robles, matrícula 5528, es abogado en San Miguel de Tucumán. Este diario lo caracterizó como dirigente radical. Fue defensor de Mauricio Parada Parejas contra Paola Tacacho, querellante de Lourdes Parache y apoderado de la Caja Popular de Ahorros, de Federico Petraglia y de las tres hijas de Carlos Cisneros. Hoy defiende a Cisneros, a Patricia Neme y a Petraglia en la causa federal. Esta es su ficha.
El estudio de General Paz
Comparte estudio con Patricia Micaela Neme, a quien el Tribunal de Cuentas le abrió un juicio de responsabilidad por ejercer la abogacía en privado mientras cobraba una licencia psiquiátrica con goce de haberes de la Caja Popular. (nota de este diario) Según este diario, ambos figuraban como apoderados de la Asociación Civil Red de Defensa al Consumidor (REDECU), presidida por Cecilia Sánchez Blas, secretaria general de La Bancaria Tucumán, el gremio que conduce Cisneros. (nota de este diario)
El abogado del Arzobispado
En julio de 2020 Robles habló en Radio Bicentenario como “el abogado que representa al Arzobispado de Tucumán”. Explicó que la Iglesia intervenía en la causa por el homicidio del sacerdote Oscar Juárez como amicus curiae. (entrevista, iVoox) Qué vínculo mantiene hoy con el Arzobispado es una pregunta que le corresponde contestar a él.
Cisneros, la Caja y el juego
El 31 de octubre de 2023, cuando el gobernador Osvaldo Jaldo le tomó juramento a José Díaz como interventor de la Caja Popular de Ahorros, con Carlos Cisneros presente, definió al organismo como una institución que “tiene que ver con el juego, con la actividad comercial, con los seguros”. (nota de este diario) Dos años después Díaz firmaba como presidente la demanda de la Caja contra eltucumano, y el apoderado era Robles. Todos los que demandaron a este diario lo hicieron con él.
Derecho a réplica
Juan Andrés Robles, José César Díaz, Patricia Micaela Neme, Federico Petraglia, Carlos Cisneros, Lourdes Parache, y la Caja Popular de Ahorros disponen de este espacio para responder. Cualquier respuesta que se reciba se publicará íntegra y con el mismo despliegue.
Todas las personas mencionadas conservan el estado constitucional de inocencia respecto de los delitos que no hayan sido establecidos por sentencia firme.
Seguí la serie
- Lo que Cisneros calla: su abogado es el mismo que defendió a Parada Parejas contra Paola Tacacho
- La Corte rechazó la queja de Parache, patrocinada por Robles y Díaz
- Derrota cisnerista: las hijas de Cisneros perdieron la acción de censura contra eltucumano
- Ante la Justicia Federal, Cisneros negó haber usado su poder en la Caja Popular
- Neme pide ser sobreseída: “Mi condición de imputada no importa renuncia al secreto de Parache”
- Petraglia dijo que no entiende los delitos que le atribuyen
- Cisneros y su círculo íntimo dejaron sola a la denunciante
- El Tribunal de Cuentas enjuicia a una abogada por litigar en privado durante su licencia
- Cuatro demandas, 346 millones de pesos y una licencia psiquiátrica
- Petraglia desistió de las dos demandas contra eltucumano
Fuentes
Sentencia 1343 de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán (11 de septiembre de 2026); escritos de Juan Andrés Robles del 2 de diciembre de 2016 y del 1 de junio de 2020; Acuerdo 1708 del Tribunal de Cuentas (19 de mayo de 2026); orden de allanamiento del juez Bernardo Lerario Babot, legajo S-077592/2025 (30 de septiembre de 2025); texto consolidado de la Ley 5.233; El Federalista (3 de septiembre de 2026); Contexto (4 de julio de 2026); La Gaceta, notas del 11 de marzo y del 14 de septiembre de 2026; notas publicadas por eltucumano enlazadas en el cuerpo. El hecho del 1 de octubre se apoya en fuentes judiciales reservadas.





