El día después del Día del Padre: en Tucumán abundan los deudores alimentarios
“Me demoré en denunciar porque guardé durante años la esperanza de que recapacitara solo”: según la Justicia tucumana, más de la mitad de los padres no paga cuota alimentaria a sus hijos. Entre los miedos a denunciar y una realidad que tiene como principales víctimas a niños, niñas y adolescentes, se asoma un hecho concreto: “No tener trabajo o tener una nueva pareja y nuevos hijos no te exime de pagar alimentos”.
157 años: ese es el tiempo que lleva establecida en el Código Civil de la Nación Argentina la obligación de manutención económica de los padres para con sus hijos menores de edad. A pesar de ello, y según aseguran desde ámbitos judiciales, parece que gran parte de la población masculina todavía no se ha enterado.
Casos como el de Rosario o el de Vanina (nombres ficticios para este artículo de eltucumano.com) son representativos de una situación que miles de mujeres viven día a día en nuestra provincia: esperar en vano que un gesto humano, legal y obligatorio surja de manera espontánea de hombres que alguna vez dijeron o demostraron quererlas.
“Estuve siete años de novia. Ya estaba conviviendo cuando quedé embarazada. Nació mi hijo y sus primeros tres años fueron muy desafiantes, emocional y económicamente. Un día me sentía agotada de que el dinero no alcanzara y armé un Excel para comparar mis gastos y los suyos. Resulta que yo pagaba todos los gastos de alquiler, impuestos y alimentos, y él solo se pagaba sus cosas. Ese día decidí separarme. No fue fácil, pero elegí dejarle los muebles porque sabía que no tenía la posibilidad de comprarse cosas nuevas y yo quería que mi hijo tuviera comodidades cuando lo visitara. Me endeudé para comprarme muebles nuevos”, contextualiza Rosario para eltucumano.com
“Pasó el tiempo y todo se hizo cuesta arriba porque tuve que pagar niñera; era algo que mínimamente me ahorraba cuando estaba con él. Me vi sumamente endeudada. Ya llevaba casi dos años separada y, con suerte, me pasaba a veces 20 mil pesos. Me decidí a denunciarlo y fue lo mejor que pude hacer. Mi abogada presentó una cautelar que le retenía el 15% del sueldo. No era mucho, pero era algo, al menos para pagar una niñera y poder trabajar”, recuerda con satisfacción, sin saber que eso iba a durar poco.
“Nosotros fijamos por mediación el monto. El tipo no se hacía cargo de la parte de cuidados de nuestro hijo y, para colmo, quedó sin trabajo a los dos años. Vino a mi casa a decirme sin anestesia, en enero: ‘Ya no vas a tener pensión’. Y así fue. No tuve más desde ese momento. No doy más, estoy agotada. En marzo me ayudaron con los útiles mi mamá y mis tías”.
El caso de Vanina comenzó con una amistad adolescente. Ella y David se conocían del barrio, eran amigos.
“Había una diferencia de edad de más de diez años. Nuestra amistad pasó a otra cosa y, a pesar de que crecían nuestros sentimientos, no éramos novios. Pero quedé embarazada a los 16 años. Desde el día que le avisé, se borró. Lo busqué muchas veces y no cambió de parecer”, confesó para eltucumano.com.
Fueron 12 años en los que Vanina crio a su hija solamente con ayuda de su madre y sus hermanos. Hasta que una enfermedad la llenó de miedo y decidió avanzar por el reconocimiento de la identidad de su hija y por una cuota alimentaria.
“Fue una decisión difícil de tomar. Yo sentía que había pasado mucho tiempo y, en realidad, siempre hubo miedo y dudas al momento de hacerlo. Miedo por lo que iba a pasar mi hija y dudas de no saber si estaba haciendo las cosas bien. Siempre tuve la esperanza de que recapacitara solo y cumpliera voluntariamente. El tiempo fue pasando, la economía se fue haciendo pesada y una sola no puede. Los hijos crecen y las demandas son cada vez mayores. Esa esperanza nunca se concretó”.
Así fue como Vanina pudo, después de 13 años, realizar un test de ADN y acceder a una cuota alimentaria por parte del progenitor de su hija.
“A veces siento que fui egoísta porque nunca pensé en mi hija, en que ella siempre lo necesitó y en que era su obligación aportar económicamente. Pero mis dudas y mis miedos nunca dejaron de estar presentes. Igualmente, no es nada lo que me pasa. Obviamente la situación está difícil, pero debería ser de otra manera. Emocionalmente no me genera nada, ni alivio. Es solo una ayuda, pero bueno, es lo que impuso la ley”.
La Dra. Ana Carolina Cano es jueza de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, en Documentos y Locaciones, Familias y Sucesiones de Concepción. Especialista en Derecho de Familia, cuenta con una amplia trayectoria en defensoría de la niñez, gestión y políticas públicas.
Desde Concepción, maneja estadísticas concretas:
“Tenemos datos de UNICEF y otras fuentes que verifican esta información y aseguran que el 50% de las mujeres separadas no reciben cuota alimentaria. Y este porcentaje crece si pensamos que muchas de las que sí la reciben lo hacen de manera informal: a veces se cumple con la cuota, a veces no”, detalló para eltucumano.com.
El Registro de Deudores Alimentarios es una base de datos oficial donde se inscribe a las personas que, teniendo una obligación judicial de pagar alimentos a sus hijos —o a otras personas con derecho a recibirlos—, no cumplen con ese pago. Su objetivo es garantizar la tutela judicial efectiva, que en casos de menores de edad, es reforzada por la justicia. Actua también como un mecanismo de presión civil.
En Argentina, cada provincia tiene su propio registro y, además, existe el Registro Nacional de Deudores Alimentarios Morosos (ReNDAM), que articula la información de distintas jurisdicciones. En Tucumán, la inscripción se realiza por orden judicial cuando se verifican los requisitos previstos por la ley provincial.
“El 90% de los deudores alimentarios son hombres. Es una cuestión que no es para nada actual; gracias a la información y a la visibilización, muchas mujeres se animan a denunciar. Desde la Justicia abordamos esta problemática con perspectiva de género porque la crianza involucra cuestiones estructurales e impacta fuertemente en los proyectos personales de quien asume el cuidado”, explicó la magistrada.
En un contexto económico complejo, el desempleo impacta fuertemente en la vida de los NNyA (niños, niñas y adolescentes).
“Con tanto desempleo hay muchos chicos que quedan desamparados. Por eso vemos cómo se han incrementado los pedidos de alimentos respecto de abuelos o tíos, porque existe una obligación subsidiaria reconocida por la Ley”, explicó Cano.
La cantidad que se debe pasar por mes: un monto que no es estático ni único
La Dra. Cano explicó que el monto ya no se determina únicamente en función de la canasta básica alimentaria o el salario mínimo vital y móvil, sino que intervienen otras variables.
“Se ha modificado el valor de referencia para fijar la cuota. Hoy se realiza un análisis más exhaustivo de lo que y se aplica la Canasta de Crianza, conforme a los datos proporcionados por el INDEC. No es solo el dinero, sino también el tiempo que le lleva a una persona criar y cuidar. Aplicamos el principio del interés superior del niño y de máxima satisfacción de sus derechos, entendiendo que aportar el menor porcentaje posible constituye una forma de violencia económica”.
La magistrada explicó que la determinación del monto tiene en cuenta la realidad concreta del niño o adolescente:
“Tiene que ver con la realidad de la persona menor de edad, con su contexto, con cómo vivía, cómo se cubrían sus necesidades y qué tipo de vida llevaba cuando los padres estaban juntos. Se prioriza el derecho de los niños por sobre el de los adultos”.
En la actualidad se conocen casos de hombres que tienen hijos con distintas mujeres y acumulan más de un embargo por alimentos sobre sus salarios. En esos casos, la Justicia prioriza el bienestar de las personas menores de edad, aun cuando al progenitor le quede una porción reducida de sus ingresos.
“Ya no se piensa en el bienestar de la mamá o del papá al momento de fijar un monto. El derecho de la persona menor de edad debe ser garantizado. Tener otros hijos o no contar con ingresos fijos o registrados no exime a nadie de hacerse cargo de los gastos de sus hijos”.
Según explicó la jueza, actualmente es frecuente que algunos hombres aleguen insolvencia económica o incapacidad para afrontar una cuota mensual.
“Hoy sucede mucho que algunos se declaran insolventes o incapaces de efectuar cuotas mensuales, pero las redes sociales terminan siendo el espejo que muestra otra realidad respecto de cómo utilizan su dinero. Y todo eso puede servir como prueba”.
Sin embargo, en medio de este panorama, la magistrada destacó un aspecto fundamental:
“Siempre será prioridad el bienestar de los NNyA. Por eso, si para ellos es positivo y manifiestan interés en compartir tiempo con su progenitor, tienen derecho a verlo y a vincularse con él, aunque esté atravesando un proceso judicial por alimentos. Siempre se escuchará el deseo del niño”.
Para finalizar, Cano remarcó un concepto que resume gran parte de los conflictos que llegan a los tribunales:
“Tener una nueva pareja y nuevos hijos no exime de pagar cuota alimentaria. No tener empleo tampoco. Muchas personas no reclaman sus derechos por desconocimiento. Nosotros debemos hablar de estos temas y acercar la información. En la oficina vemos contextos muy difíciles: recuerdo procesos de alimentos para niños sin tratamientos médicos, sin diagnósticos y con necesidades básicas insatisfechas. Hay que reclamar. Hay que pedir y hay que acercar la información. Quienes no cuenten con recursos para abogados particulares pueden acceder a las defensorías oficiales civiles, están en todos los centros judiciales y garantizan el acceso a la justicia”.








