El Tribunal de Cuentas declaró la nulidad absoluta de los contratos celebrados bajo la gestión del exinterventor José Díaz ─puesto en el cargo por recomendación de Carlos Cisneros al por entonces gobernador Juan Manzur─ pone al descubierto un entramado de nepotismo y graves faltas éticas en las resoluciones dictadas en 2024 y 2025 que permitieron que el contador Octavio Concilio auditara la gestión de su propio hermano, el gerente de la ART de la CPA, Francisco Concilio, violando la independencia exigida por la Resolución Técnica N° 53. El escándalo se profundiza al confirmarse que el estudio incurrió en "auto-revisión", cobrando por auditar las mismas registraciones contables que ellos mismos elaboraban, lo que invalida cualquier control real sobre los fondos. Ante la sospecha de una elusión deliberada de los controles estatales y la posible comisión de delitos de abuso de autoridad, el organismo de control ya dio intervención al Ministerio Público Fiscal e inició una investigación sumaria para cuantificar el perjuicio económico tras el pago de honorarios bajo títulos que hoy son considerados ilegales.
Díaz, al centro, recibe indicaciones del "líder" de la mafia paraestatal y dueño de La Gaceta.-
Un nuevo escándalo de manejos turbios involucra a la exgestión de la Caja Popular de Ahorros, comandada por el diputado nacional Carlos Cisneros y ejercida por el exinterventor José Díaz. A través del Acuerdo N° 2132, el Tribunal de Cuentas de la Provincia (TC) desnudó otra trama de irregularidades que pone en duda la transparencia del manejo de los fondos públicos en la institución por parte de la anterior intervención. La resolución del ente de control fulminó las contrataciones directas y renovaciones otorgadas al estudio "Concilio & Sarralde S.A.S.", declarándolas nulas de nulidad absoluta e insanable debido a que el control externo de la entidad estaba, literalmente, en manos de parientes directos de los propios controlados.
La investigación del Tribunal de Cuentas, basada en el Expediente N° 2239-360-2026, sacó a la luz que el C.P.N. Octavio Concilio, socio gerente del estudio auditor contratado, mantiene un vínculo de consanguinidad en línea colateral de segundo grado ─es hermano─ con el C.P.N. Francisco Concilio, quien se desempeña como Gerente de ART de la Caja Popular. Esta relación de parentesco no es un detalle menor ni una mera desprolijidad administrativa: según la Resolución Técnica N° 53 de la FACPCE, que rige la ética y el desempeño de los contadores, existe una prohibición absoluta para que un profesional realice auditorías si es pariente de los gerentes o administradores de la entidad auditada. En este caso, el estudio Concilio debía auditar, entre otras áreas, la gestión de su propio hermano. En abril de este año, PopulART quedó bajo la lupa por el pago de seguros a futbolistas que no tenían póliza con la CPA y que desencadenó una denuncia penal de las actuales autoridades ─Guillermo Norry y Antonio Bustamante─ tras la publicación de eltucumano.com.
Sin embargo, el nepotismo fue solo la punta del iceberg. El Tribunal detectó una irregularidad técnica aún más alarmante: la "auto-revisión". Según consta en los antecedentes, al estudio Concilio & Sarralde no solo se le encomendó la auditoría externa, sino también la registración contable de las operaciones, es decir, la tercerización de la propia contabilidad de la Caja. En términos prácticos, el estudio preparaba los números y luego firmaba los informes asegurando que esos mismos números estaban correctos. Esta dualidad de funciones es considerada por el TC como un vicio "autónomamente invalidante", ya que borra cualquier rastro de independencia y convierte los informes de auditoría en documentos sin valor técnico real.
La figura de Francisco Concilio, actual Gerente de ART de la CPA de Ahorros, quedó en el centro de las miradas de las autoridades controladoras, no solo por el escándalo de nepotismo con su hermano auditor, sino por sus estrechos vínculos con el andamiaje político de Cisneros. El ascenso de Concilio desde la gerencia de la firma Ampere hacia un cargo estratégico en la ART de la institución respondería a una red de influencias que lo conectaría directamente con el círculo comercial del diputado. Esta conexión sugiere una arquitectura de poder diseñada para situar a personas de extrema confianza en áreas donde se manejan recursos críticos, garantizando que el control de la entidad permanezca dentro de un círculo cerrado de intereses políticos y empresariales.
El esquema de impunidad que rodea estas designaciones se completa con el aval de cargos jerárquicos dentro de la Caja Popular, quienes permitieron la vigencia de estos contratos pese a las incompatibilidades legales. En este escenario aparece la figura de Pablo Díaz Sánchez, señalado como el funcionario que aprobaría y pondría la firma a cada una de estas maniobras oscuras. Díaz Sánchez —quien percibe un sueldo mensual que ronda los 10 millones de pesos— se mantiene como una pieza clave en la estructura que permitió consolidar los vínculos de parentesco y los conflictos de intereses que hoy el Tribunal de Cuentas declara nulos de nulidad absoluta.
La cronología de los hechos sugiere una persistencia en la irregularidad que el TC calificó como un "vicio inexcusable". La primera contratación directa se autorizó en febrero de 2024, y a pesar de las advertencias internas realizadas por el Asesor de Intervención, C.P.N. Carlos Alberto Cainzo, y el Gerente Financiero, C.P.N. Carlos F. Ortiz Soler, la gestión cisnerista a cargo de Díaz decidió renovar el contrato en septiembre de 2025. Lo más llamativo es que la relación de parentesco figuraba en los propios instrumentos de contratación, lo que lleva al Tribunal de Cuentas a presumir que no se trató de un descuido, sino de una actuación orientada a fines distintos del interés público.
Ante la gravedad de las irregularidades, el Tribunal de Cuentas no solo ordenó frenar cualquier pago pendiente, sino que inició una Comprobación Sumaria para determinar el perjuicio fiscal global. El objetivo es identificar a cada uno de los funcionarios responsables y cuantificar cuánto dinero percibió el estudio por servicios que, al carecer de independencia, resultan inútiles para el Estado. Además, se dio intervención inmediata al Ministerio Público Fiscal ante la posible comisión de delitos de abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público, previstos en el artículo 248 del Código Penal.
Para el Tribunal de Cuentas, la transparencia y la legalidad presupuestaria fueron vulneradas para favorecer un esquema de contrataciones que carecía de la independencia técnica mínima exigida por ley y, a partir de este momento, la Justicia penal deberá determinar si este entramado de favores familiares y falta de ética profesional constituye un delito liso y llano contra la administración pública.
La designación ilegal de Díaz que le costó millones al Estado tucumano
En mayo de este año, una investigación del Tribunal de Cuentas y la posterior auditoría interna de la Caja Popular de Ahorros revelaron otra escandalosa maniobra del cisnerismo al mando de la CPA: el intento de asegurar estabilidad laboral y sueldos millonarios para el exinterventor José César Díaz mediante un esquema de impunidad administrativa. Según los informes del organismo de control, en junio de 2023, el entonces subinterventor Hugo Ledesma —cuñado del sindicalista Cisneros— firmó la Resolución N° 494/23 para nombrar a su propio jefe, Díaz, en un cargo de planta permanente de altísima jerarquía: Subgerente General Adscripto (Nivel 3).
Este nombramiento fue calificado como una "desviación de poder", ya que el cargo está reservado exclusivamente para empleados de carrera con años de antigüedad que acceden mediante concurso de méritos. Sin embargo, la designación se realizó "a dedo" por instrucciones directas del exgobernador Juan Manzur. La jugada incluyó una irregularidad adicional: en el mismo acto administrativo se le concedió a Díaz una "licencia política" para que pudiera seguir ejerciendo como interventor, dejando el cargo de planta "materialmente inactivo" pero reservado como un refugio de estabilidad para cuando cesara en sus funciones políticas.
El perjuicio económico de esta maniobra es grave para el patrimonio público. El Tribunal de Cuentas advirtió que Díaz violó el Artículo 9° de la Constitución de Tucumán, que prohíbe taxativamente cobrar dos sueldos del Estado. Al aceptar el cargo de planta permanente, Díaz debería haber cesado automáticamente en su rol de interventor; no obstante, siguió percibiendo ambos beneficios, llegando a acumular ingresos mensuales de hasta $30 millones. Los cálculos preliminares del organismo de control estiman que el desfalco total al erario público podría superar los $700 millones, considerando los 31 meses en los que cobró de forma irregular.
El pasado 19 de mayo de 2026, la nueva intervención de la CPA dictó la Resolución N° 339/26, declarando la nulidad absoluta e insanable de la designación de Díaz. El despido se fundamentó en que el acto original no buscaba satisfacer el interés público, sino garantizar un "paracaídas de oro" personal. Además, se descubrió que Ledesma ni siquiera tenía facultades legales para firmar ese nombramiento, ya que no estaba acreditada la ausencia del interventor que justificara su subrogancia, configurando un conflicto de intereses flagrante.
La situación de Díaz se agravó aún más al detectarse que, tras ser desplazado, gozaba de una licencia psiquiátrica de largo tratamiento percibiendo su salario completo, mientras en la realidad ejercía activamente la abogacía privada representando a las hijas de Carlos Cisneros en un intento de censura contra eltucumano.com y formando parte de la querella de Lourdes Parache en su intento de revertir el sobreseimiento dictado a favor de los exjudores de Vélez denunciados falsamente de violación en mandada.
El martes de la semana pasada, el Tribunal de Cuentas de la Provincia instruyó formalmente a las autoridades de la CPA para que pongan en conocimiento del Ministerio Público Fiscal la reciente anulación de la designación de Díaz. Esta medida, plasmada en el Acuerdo N° 2343 con fecha del 23 de junio, surge tras considerarse que el dictado de la Resolución N° 339/26 constituye un "hecho nuevo" de relevancia jurídica en el marco de las investigaciones por anomalías administrativas. La notificación busca que los fiscales analicen el alcance de un acto que el propio organismo de control calificó como nulo de nulidad absoluta e insanable, al haber sido emitido con vicios graves en su competencia, causa y finalidad.
La decisión de involucrar al Ministerio Público se encuentra directamente vinculada con las actuaciones iniciadas bajo el Acuerdo N° 1348, orientadas a determinar la existencia de perjuicios al erario público y deslindar responsabilidades por el nombramiento de Díaz en la planta permanente mientras se desempeñaba como Interventor. Al confirmarse que la designación fue firmada por un subinterventor sin facultades legales y que beneficiaba directamente a su superior jerárquico, el Tribunal advirtió la necesidad de dar intervención a la Justicia ordinaria ante la posible configuración de un conflicto de intereses y desviación de poder. De este modo, se pretende que la instancia fiscal evalúe las responsabilidades legales derivadas de una maniobra que buscaba garantizar estabilidad laboral fuera de los procedimientos estatutarios vigentes.