Este sistema busca agilizar los controles migratorios en los pasos internacionales.
El Gobierno nacional pondrá en marcha un nuevo sistema digital para autorizar viajes internacionales de menores de edad, con el objetivo de simplificar los trámites y mejorar la seguridad en los controles fronterizos. A partir de ahora, la autorización podrá quedar registrada electrónicamente en el pasaporte del menor al momento de su emisión.
La medida será implementada por la Dirección Nacional de Migraciones, dependiente de la Vicejefatura de Gabinete del Ministerio del Interior, en coordinación con el Registro Nacional de las Personas (Renaper). El nuevo esquema, que comenzaría en junio, busca reducir la carga burocrática que enfrentan madres, padres y tutores al momento de planificar un viaje al exterior.
Según el diario digital Ambito, con esta innovación el permiso para que un menor salga del país se registra directamente en su pasaporte, lo que elimina la necesidad de llevar documentación adicional. Además, el formulario emitido por Migraciones incorpora un código QR que permite validar en tiempo real la firma digital y la autenticidad del documento, agilizando así el procedimiento en los controles de egreso.
Otro cambio importante es que el control queda exclusivamente a cargo de Migraciones, eliminando la obligación que antes recaía sobre las empresas de transporte internacional (aerolíneas, micros o navieras), que debían verificar los permisos antes del embarque.
Actualmente, existen tres modalidades para tramitar la autorización:
- Normal: con un plazo de 10 días hábiles.
- Exprés: se otorga en 48 horas.
- Al instante: se entrega en 2 horas.
El trámite puede realizarse en más de 100 delegaciones de Migraciones en todo el país, incluyendo pasos fronterizos, oficinas regionales y delegaciones provinciales.
¿En qué casos sigue siendo obligatorio?
El permiso sigue siendo obligatorio cuando el menor viaja:
- Solo.
- Con uno solo de sus progenitores o tutores.
- Acompañado por un tercero.
Si viaja con ambos padres, solo se debe acreditar el vínculo con la documentación correspondiente (por ejemplo, libreta de familia o partida de nacimiento).