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La estaciones de servicios podrán decidir si aplicar el autodespacho de nafta

La Secretaría de Energía publicó la Resolución 147/2025, donde establece cómo deberán operar las estaciones de servicio que quieran implementar el autodespacho de combustible líquido y qué medidas de seguridad deberán cumplir.

08 Abr 2025 - 10:52

Imagen ilustrativa.

La Secretaría de Energía del Ministerio de Economía publicó este martes en el Boletín Oficial la Resolución 147/2025, que establece las reglas que deberán seguir las estaciones de servicio que quieran implementar el autoservicio de combustibles líquidos, una práctica común en muchos países y que ahora empieza a regularse en nuestro país.

La resolución detalla el paso a paso administrativo, las medidas de seguridad que serán obligatorias y el certificado técnico que deberán presentar las estaciones para poder ofrecer este servicio directamente al cliente, sin necesidad de un operador.

Este cambio va en línea con las reformas del Gobierno, que busca fomentar la libre competencia, reducir regulaciones y limitar la intervención del Estado. El objetivo principal es que el autoservicio funcione de manera segura, tanto para quienes cargan combustible como para el personal, por lo que las estaciones deberán adaptar sus instalaciones según lo que indica la norma.

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