Luego del anuncio del nuevo paquetes de medidas, la AFIP estableció cómo funcionará este impuesto en la compra de divisas con destino a la importación de bienes y servicios.
El Decreto N° 377, publicado este lunes, apunta a “profundizar los incentivos a la inversión nacional que estimulen la producción y la realización de actividades económicas en el país, garantizando un escenario fiscal sostenible”. El mismo fue elaborado luego del acuerdo entre Sergio Massa y el Fondo Monetario Internacional. En este marco, desde la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentaron cómo se ampliará el Impuesto PAIS a la compra de divisas con destino a la importación de bienes y servicios, a través de la Resolución General 5393/2023 disponible desde este martes en el Boletín Oficial.
Según informó Télam, "el paquete de medidas incluye la equiparación del denominado dólar solidario o dólar ahorro (compra de divisa al que pueden acceder algunos ahorristas con cupo de US$ 200 mensuales) con el dólar tarjeta o dólar turista (compra al exterior en dólares con tarjeta de crédito de hasta US$ 300 mensuales), pasando a tributar ambos un 30% de impuesto PAIS y 45% de anticipo del Impuesto a las Ganancias". De esta manera, el dólar ahorro pasará a tributar un 10% de anticipo de Ganancias.
Además, la AFIP ratificó la ampliación del Impuesto PAIS (con una tasa del 25%) en el caso de que se compren divisas para importar todo tipo de servicios, con excepción de las operaciones que involucren a fletes (que serán gravadas con un impuesto del 7,5%), conciertos (mantienen el 30%); y salud y educación, que quedan exentos de todo tributo.
En lo que respecta a los bienes, la tasa para la compra de divisas con ese destino es del 7,5% para todos los productos, con excepción de los suntuarios (con tasa del 30%); combustibles, lubricantes, bienes vinculados con la generación de energía, productos e insumos intermedios relacionados con la Canasta Básica Alimentaria (CBA); y medicamentos y equipos para combatir incendios que seguirán exentos.
Quedarán por fuera de este impuesto las importaciones temporales (como en el sector automotriz o el agrícola) siempre y cuando la venta del producto terminado sea previa a la compra del insumo.
Esta noche también establece que no se grava la importación de los bienes y servicios sino la compra de billetes para hacer esa operación, ya que quien tenga dólares propios podrá utilizarlos sin pagar este impuesto.
Por último, habrá un pago a cuenta del 95% del Impuesto PAIS para compra de divisas con destino a la importación de bienes, quedando excluidas “las operaciones de importación que se registren con giro de divisas por parte de un tercero y las que ingresen a través de un prestador PSP/Courier”.