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IVE: a un año de la sanción de la Ley, se realizaron 3.819 abortos en Tucumán

La ley 27.610 entró en vigencia el 24 de enero de este año y en la provincia se realizaron Interrupciones Voluntarias del Embarazo (IVE) como así tambien interrupciones legales del embarazo (ILE).

29 Dic 2021 - 12:05

La ley 27.610, de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), fue sancionada hace un año y entró en vigencia en todo el territorio nacional el 24 de enero de este año. En este período, en todo el país se realizaron más de 32 mil interrupciones de embarazos, mientras que en Tucumán fueron casi 3.819 los abortos que se garantizaron.

Dicha ley dispone que los servicios públicos de salud, las obras sociales nacionales y provinciales y las empresas y entidades de medicina prepaga incorporen la cobertura integral y gratuita de la práctica, hasta la semana 14 de gestación.

La cifra de abortos locales fue difundida por el portal La Nota Tucumán, luego de realizar un pedido de información pública a la Dirección Nacional de Salud Sexual y Reproductiva son los aportados por el Programa Provincial de Salud Sexual y Reproductiva de Tucumán. 

Se trata de los primeros datos oficiales que se registraron sobre la práctica. Desde  el Ministerio de Salud de la Nación, detallaron que  durante 2021 se realizaron 32.758 interrupciones del embarazo en el Sistema Público. Además en la gran mayoría de los casos se usa el aborto medicamentoso con misoprostol, y hasta la semana 14 de gestación el procedimiento es ambulatorio. Luego de la consejería, la persona recibe 12 pastillas de la droga, junto a las indicaciones correspondientes de aplicación y síntomas a los que debe estar atenta. En lo que va del año, a nivel nacional el Ministerio de Salud distribuyó 46.283 dosis del medicamento; mientras que en 2020 habían sido 18.560 dosis. También hay 250 equipos más para la aspiración manual endouterina (AMEU), el método recomendado por la Organización Mundial de la Salud para la evacuación uterina en forma quirúrgica.

La ley establece que las mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar tienen derecho a:

 a) Decidir la interrupción del embarazo de conformidad con lo establecido en la ley;

b) Requerir y acceder a la atención de la interrupción del embarazo en los servicios del sistema de salud, de conformidad con lo establecido en la ley;

c) Requerir y recibir atención postaborto en los servicios del sistema de salud, sin perjuicio de que la decisión de abortar hubiera sido contraria a los casos legalmente habilitados de conformidad con la ley;

d) Prevenir los embarazos no intencionales mediante el acceso a información, educación sexual integral y a métodos anticonceptivos eficaces.

 PLAZOS

La ley garantiza:

-El derecho a decidir y acceder a la interrupción voluntaria del embarazo hasta la semana 14, inclusive, del proceso gestacional.

-El derecho a decidir y acceder a la interrupción voluntaria del embarazo a partir de la semana 15 del proceso gestacional en las siguientes situaciones:

-Si el embarazo fuere resultado de una violación, con el requerimiento y la declaración jurada de la persona gestante, ante el personal de salud interviniente. En los casos de personas menores de 13 años de edad, la declaración jurada no será requerida.

-Si estuviera en peligro la vida o la salud de la persona gestante.


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